Nos estamos refiriendo al CCT 88/90 que abarca al personal no docente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos del Gran Buenos Aires. –
El acuerdo alcanzado y que será suscripto a la brevedad implica lo siguiente:

a) Mantener por el primer semestre del año 2020 los salarios básicos vigentes al mes de febrero de 2020

b) Momentáneamente no trasladar los $ 4.000 establecidos por el decreto 14/2020 a los básicos del CCT, debiendo ser liquidados en una línea aparte

c) Redistribuir el pago de la cuota solidaria de los empleadores que recordarán alcanzaba al 11% del salario distribuido en tres cuotas de 3%, 4% y 4% y pasar a ser distribuido a razón del 1% mensual desde marzo de 2020 a enero 2021.

d) Analizar individualmente por instituto de gestión privada la posibilidad de aplicar para el personal no docente los términos del art. 223 bis de la LCT. Respecto a esto último es importante señalar que alcanza al personal que no está desarrollando tareas mediante teletrabajo sino al personal que actualmente está sin actividad alguna. De todas formas, hay que tener cuidado con esta solicitud porque día a día se van incorporando a nivel de cada jurisdicción la apertura de las administraciones escolares. La apertura implica que deban concurrir todos los trabajadores no docentes y en consecuencia ninguno de ellos estará sin trabajo a llevar a cabo. Así por ejemplo los trabajadores no docentes de las instituciones educativas de la Ciudad de Buenos Aires, no podrán presentarse en este sistema, por cuanto ya están trabajando.

El punto d) debe ser analizado junto a los abogados de cada colegio y el sindicato.

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