Tal como habíamos remitido en una información anterior denominada “El aislamiento obligatorio y el pago de las cuotas” quedaba claro que los padres debían abonar la cuota mensual ya que el colegio proseguía brindando el servicio de enseñanza aprendizaje aún en forma virtual. Solo se podía contemplar eliminar cargos como comedor y viandas porque eran servicios que no se estaban brindando.

Por otro lado, habrá que pensar en eliminar aquellas materias extracurriculares optativas tales como talleres y similares.

En el día de hoy la CONFEDERACION ARGENTINA DE INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA PRIVADA (CAIEP), entidad madre de la Asociación de Entidades Educativas Privadas Argentinas (ADEEPRA) mantuvo una reunión con el Sr Ministro de Educación de la Nación, Lic. Nicolás Trotta, con el objeto de intercambiar opiniones respecto al pago de los aranceles educativos en esta situación extraordinaria que estamos atravesando.

En esa reunión se le informó al Sr. Ministro que la mayor parte de los costos de una institución educativa son costos laborales motivo por el cual los institutos debían sí o sí percibir sus cuotas.

Que, sin embargo, las familias a las cuales le brindamos el servicio también están sufriendo las consecuencias económicas de este aislamiento y probablemente algunas no cuenten con el dinero para poder pagar las cuotas aun cuando quisieran hacerlo.

En consecuencia, hay que actuar muy prudentemente atendiendo las realidades de cada familia, pero a la vez ser inflexibles con aquellos que aprovechándose de la situación soliciten descuentos, quitas o planteen no pagar la cuota, aun pudiendo hacerlo.

Este es el delicado equilibrio que le proponemos en estas líneas.

De la reunión citada quedó acordado lo siguiente:

  • Los institutos educativos eliminarán de la cuota los conceptos: comedores, vianda, y aquellos ítems que por la situación actual no se estén brindando. – Esto excluye a los cargos por seguros y/o atención médica. – Aquellos conceptos que se pudieran haber incorporado a la factura del mes de abril deberán ser descontados en la cuota del mes de mayo.
  • Cada institución educativa establecerá un porcentaje del total del arancel facturado cuyo pago pueda ser diferido para más adelante ya sea percibiendo esas bonificaciones en algún mes donde no haya cobro de cuotas (por ejemplo, algunas entidades no cobran cuota en diciembre) o distribuyéndolas entre las cuotas a cobrar en los meses posteriores al inicio de las clases presenciales. Aquellas instituciones educativas que a la fecha posean bonificaciones especiales podrán utilizar aquellas para el cumplimiento de este acuerdo. No se ha establecido un porcentaje mínimo, pero entendemos que todos deberemos hacer los máximos esfuerzos para que ese porcentaje sea satisfactorio para todas las partes. Tomen en cuenta que no es un importe perdido, sino que se recuperará más adelante. – Ello, sin embargo, no puede dejar de recordarnos que los montos a percibir deben ser los suficientes para poder pagar los sueldos de nuestro personal
  • Se aceptarán pagos parciales del arancel educativo y siempre que esos pagos parciales se lleven a cabo dentro del mes facturado, no tendrán intereses.
  • Aquellos pagos que se hagan fuera del mes facturado podrán o no ser pasibles de recargos por mora o incluso estos podrían diferirse para más adelante a opción del establecimiento.
  • No deberá aplicarse ninguna medida restrictiva al acceso a las herramientas de aprendizaje por cuestiones vinculadas al pago de los aranceles
  • Aún por encima de estas medidas, las instituciones educativas atenderán las situaciones familiares especiales, ampliando el ya existente porcentaje de becas y ayudas transitorias que se encuentren vigentes en cada institución educativa.

Sobre estos puntos, en el día de mañana el Ministerio de Educación sacará un comunicado con los puntos acordados en la reunión incluyendo una apelación a los padres para que paguen los aranceles educativos puesto que caso contrario podrían poner en riesgo la continuidad de un porcentaje muy elevado de escuelas y obviamente un daño enorme a la educación argentina.

Asimismo, se le solicitó la inclusión de los institutos privados en un punto específico del DNU Nº 332/2020 el cual es la disminución significativa de los aportes patronales que abonan los institutos educativos. – Estamos trabajando para cuantificar esos montos y llegar a un acuerdo sobre el tema. Le recordamos que el DNU Nº 332/2020 excluía a los institutos educativos, en la medida que estos no cumplían con una de las disposiciones de la norma.

Como lo expresamos, en el día de mañana se brindará información oficial desde el Ministerio de Educación al respecto. Mientras tanto, acercamos a nuestros afiliados este anticipo para que reúnan herramientas que les permitan gestionar la cobranza del mes de abril en las mejores condiciones posibles.

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