PRORROGA VENCIMIENTOS APORTES Y CONTRIBUCIONES PREVISIONALES DEVENGADO 08-2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General N 4811 ha establecido en su artículo 8º la prórroga del vencimiento general de presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado agosto de 2020, conforme el siguiente cronograma:

Sin perjuicio de lo expuesto, aquellos contribuyentes que se registren y resulten alcanzados por el beneficio de postergación previsto en el artículo 3°, deberán ingresar el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino según el vencimiento fijado en dicho EL artículo.

El aludido artículo tercero manifiesta que los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades publicado en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar), catalogadas como no
críticas, que cumplan con los parámetros de facturación definidos en la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 1.581 del 27 de agosto de 2020, y siempre que hayan cumplido con las obligaciones previstas en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.693, su modificatoria y sus complementarias, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) del período devengado agosto de 2020, debiendo realizar el mismo hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se detallan a continuación:

GESTIONES JUDICIALES DE IPS

Comunicado del IPS recibido desde DIEGEP.

Por la presente, nos dirigimos a Ustedes a efectos de poner en vuestro conocimiento que, desde este Instituto de Previsión Social, a través de la Dirección de Recaudación y Fiscalización – Departamento Recursos Entes no Oficiales, en virtud de la actual situación que nos encontramos afrontando, sólo se están llevando a cabo de manera excepcional las gestiones de cobro judiciales que resulten imprescindibles respecto de todas aquellas circunstancias que pudiesen implicar un menoscabo o pérdida de derechos para el recupero de obligaciones impagas por parte de los Establecimientos
Educativos de Gestión Privada.

ASIGNACIÓN ESTÍMULO POR ÚNICA VEZ

DGEGP Informa 2153:

A todos/as los/as Representantes Legales de los establecimientos
educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial:

Les informamos que, desde el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Ministerio de Hacienda, se determinó el pago de una asignación estímulo por única vez, a ser liquidada junto al sueldo del mes de septiembre 2020. Dicha asignación deberá ser calculada, tanto para docentes como para cargos de conducción, de la siguiente manera:

• CARGOS DOCENTES DE JORNADA SIMPLE:
$2.500,00 para el cargo testigo Maestro de Grado Jornada Simple o cargos con puntaje de 1.135 o más puntos y proporcional para los cargos con puntaje menor.

• CARGOS DOCENTES DE JORNADA COMPLETA:
$5.000,00 para el cargo testigo Maestro de Grado Jornada Completa o cargos con puntaje de 2.070 o más puntos y proporcional para los cargos con puntaje menor.

En todos los casos, las equivalencias serán de 19 h/c para los cargos de Jornada Simple y 38 h/c para los cargos de Jornada Completa. La presente asignación estimulo tendrá un tope por persona de $5.000,00.

La liquidación de esta será de carácter no remunerativo no bonificable y se computará por fuera del cálculo del Complemento Mínimo Garantizado.

Cordialmente,
Mg. María Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

SOLICITUD DE APROBACIÓN DE MÓDULOS EXTRA PROGRAMÁTICOS 2021

DGEGP INFORMA 2152

A todas las instituciones educativas con aporte gubernamental:

Les informamos que a partir del 15 de septiembre se encuentra habilitada la carga para la solicitud de aprobación de módulos extra programáticos para el ciclo lectivo 2021. En esta oportunidad, TODOS LOS INSTITUTOS QUE COBREN MODULOS EXTRAPROGRAMÁTICOS deberán hacer la presentación, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a. Los que no modifiquen nada, informarán que no habrá cambios en los módulos ya autorizados conforme al procedimiento indicado en el instructivo que se adjunta al presente DGEGP Informa.

b. Los que agreguen módulos o hagan cambios en los mismos, informarán las modificaciones pertinentes (aunque sea solo un módulo el que se modifique).

c. Los institutos pueden verificar los módulos aprobados al día de hoy ingresando al SINIGEP con clave y usuario administrativo, y haciendo clic en el signo + al final de la página; allí se desplegará la información obrante en el sistema con las fechas y detalles de todas las presentaciones realizadas por el instituto.

Al llegar al número de Actuación donde dice Aprobación de Módulos Extra programáticos podrán observar el número de la misma, que les permitirá ingresar en Resolución para visualizar e imprimir el detalle de la última autorización.

La fecha límite para la presentación, que se realizará en línea, es el 30 de septiembre. Se recuerda que los módulos ya autorizados en años anteriores o los que se aprueben por medio de esta presentación, no podrán ser modificados para el ciclo lectivo 2021, una vez que los mismos se encuentren autorizados por esta Dirección General.

Es responsabilidad del/de la Representante Legal el cumplimiento de las normas que rigen sobre la correcta aplicación de los módulos extra programáticos, así como su cobro, que en ningún caso puede superar los
cinco por curso /sala /grado; no obstante, lo cual se deberán declarar en el formulario la TOTALIDAD de los módulos a implementar durante el ciclo lectivo 2021.

Para mayor información, pueden descargar aquí el instructivo con las indicaciones elaboradas por la Supervisión de Organización Escolar (SOE).

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

NUEVO PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE GUARDIA ADMINISTRATIVA CON ATENCIÓN AL PÚBLICO

Por su importancia para Administradores y Representantes Legales de los Institutos enviamos la información proporcionada por la DGEGP, Resolución Conjunta Nº 2 que sustituye el Anexo de la Resolución N° 132- GCABA-MDEPGC/20, por un nuevo protocolo anexo que autoriza y regula
la prestación de los servicios de guardia administrativa con atención al público, a los que podrán acceder en los respectivos Links.

El informe aclara que el personal afectado en cada Institución debe tramitar el certificado único habilitante en el enlace: https://www.argentina.gob.ar/circular y a la vez anuncia las indicaciones
que enviará sobre los informes que los Responsables de los Institutos deberán efectuar respecto a las guardias.

ANEXO RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 2

ANEXO PROTOCOLO GUARDIAS ADMINISTRATIVAS CON ATENCIÓN AL PUBLICO

INCREMENTO EN LOS MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y TOPES SALARIALES

Por medio de la RESOLUCION DE ANSES Nº 312/2020 se establecen nuevos valores de asignaciones familiares y topes para su percepción.
También se modifica el mínimo de haberes para percibir las asignaciones familiares, así como los rangos de ingresos para determinar el monto a cobrar.

El incremento es de aproximadamente 7,50%

Este cambio opera con las remuneraciones de Septiembre 2020.-

Recordamos a Uds. que los topes se calculan en función de la totalidad de los ingresos del grupo familiar.

Se consideraran ingresos a:

→ Remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados (se excluye horas extras, plus por zona desfavorable y aguinaldo)
→ Asignación familiar por maternidad.
→ Rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas
→ Sumas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $ 77.664,00, ese grupo familiar está excluido de la percepción de asignaciones, aun cuando la suma de sus ingresos conjuntos no supere el tope máximo de $ 155.328,00 –

Estos topes no se aplican para liquidar Hijo con discapacidad, Ayuda Escolar Anual para hijo con discapacidad, ni para la asignación por maternidad.

Este incremento no es aplicable para los docentes de planta funcional, tanto de Provincia de Buenos Aires, como de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dado que hasta el momento no se han dictado normas específicas aplicables a dichos trabajadores.

Respecto del personal no docente y extracurricular, de acuerdo con lo establecido por la Resolución CGEP 08/2012, dicho aumento es aplicable.
Las nuevas tablas serán las siguientes:

Descargar Modelo DJ de Ingresos de Grupo Familiar

Saludamos a Uds. muy atentamente

NUEVA FERIA FISCAL AFIP

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. LA AFIP EXTIENDE LA FERIA FISCAL HASTA EL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2020

La AFIP establece para los días comprendidos entre el 31 de agosto y el 20 de setiembre de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.

Recordamos que entre dichas fechas no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.

Se exceptúan de la presente medida los procedimientos de fiscalización relacionados con la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo OCDE).

Saludamos a Uds. muy atentamente

SOLICITUD DE EXCEPCIÓN PARA PERMANENCIAS EN NIVEL INICIAL

DGEGP INFORMA 2150
Estimados Equipos Directivos:

Los/as supervisores/as responsables del Nivel Inicial y de Jardines del RIEA recibirán hasta el 30 de octubre del corriente las solicitudes de excepción para las permanencias.

Siguen vigentes los criterios de excepcionalidad expuestos en la Resolución N°962 MEGC / 18 (descargar aquí) y Anexo (descargar aquí), y este año se pondrá especial énfasis en que dicha excepción será contemplada para alumnos/as que se encuentren cursando salas de escolaridad obligatoria.

En atención al contexto y lo estipulado por la Disposición N° 53-DGEGP/2020, la solicitud debe ser presentada desde la casilla de correo electrónico del Representante Legal o Apoderado/a de la institución. Adicionalmente, conjuntamente con el Representante Legal, podrá suscribir la solicitud una autoridad pedagógica. Deberá dirigirse a la casilla de correo electrónico del supervisor/a, quien iniciará el trámite y dará respuesta una vez analizado el pedido.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

SUELDOS, FONID, MATERIAL DIDÁCTICO Y SUMA FIJA EXTRAORDINARIA NACIONAL AGOSTO 2020

DGEGP INFORMA 2148

Les comunicamos que desde el 2 de septiembre del corriente tienen disponibles en sus respectivas cuentas bancarias los fondos para atender los sueldos de agosto 2020, y los correspondientes al FONID (4° Cuota 1° Trimestre 2020 y 1° Cuota 2° Trimestre 2020), Material Didáctico y Suma Fija Extraordinaria Nacional 2020; en razón de ello informamos a continuación las fechas límites de rendición de sendos aportes gubernamentales:

 Depósito de excedentes y cierre rendición digital: 09 de septiembre 2020
 Solicitud de faltantes: 14 de septiembre 2020
 Presentación en línea de la rendición vía SINIGEP (ex rendición papel): 17 de septiembre 2020

Aquellos establecimientos inscriptos en el Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), que obtuvieron el beneficio de prórroga en el ingreso de las contribuciones SIPA correspondiente al período devengado junio, y comprobantes de pago l período junio deberán presentar con esta rendición, el comprobante de pago o el comprobante de pago de la primera cuota del acogimiento al plan de facilidades de pago en los términos de la RG 4734 AFIP. Asimismo, en el
punto “8d- otras notas”, deberán adjuntar copia de la pantalla del Sistema Registral con la caracterización “Sistema Registral” con el código “460 – Beneficio Dto. 332/2020 Postergación pago de contrib. S.S.”

De igual modo, si hubieran instituciones que hayan resultado alcanzadas por el beneficio de reducción de hasta el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), correspondientes al período devengado junio de 2020, deberán adjuntar en el punto “8d- otras notas” copia de la pantalla del Sistema Registral con la caracterización “Sistema Registral” con el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”.

Se solicita que en la rendición adjunten en el mismo campo que el F 104/1, una nota en carácter de declaración jurada firmada por el representante o apoderado legal, con el detalle de los montos transferidos a las cuentas bancarias de los/as docentes en concepto de pago de haberes correspondientes al mes de agosto. En esta oportunidad, no será condición necesaria que la firma se encuentre certificada por entidad bancaria. Reiteramos que todos los comprobantes adjuntados a la rendición deben ser presentados en formato PDF.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

LÍNEA DE CRÉDITO DEL BANCO CIUDAD

DGEGP INFORMA 2147

Estimados representantes legales y equipos de conducción:

Les informamos que, en función de la emergencia sanitaria actual por coronavirus (COVID-19), el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires junto con el Banco Ciudad lanzan una nueva línea de crédito a tasa preferencial para instituciones educativas de todos los niveles y jardines
educativos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires inscriptos en esta Dirección General de Educación de Gestión Privada.

Pueden descargar aquí el documento en el que se detallan las principales características que ofrece esta línea. Para más información, hacer clic aquí.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada