COLONIA DE VACACIONES EN LA PROVINCIA DE BS AS

Adjuntamos la Resolución de la Jefatura de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires N° 3755/2020 en la cual se determinan las condiciones en las que deben funcionar las colonias de vacaciones estatales y privadas.

Del análisis de la norma queda claro que el protocolo vigente puede ser tomado por los jardines maternales para el desarrollo de la actividad enunciada precedentemente, sin que dicha actividad deba ser objeto de
autorización municipal o de la Dirección de Educación de Gestión Privada (DIEGEP) por cuanto estas actividades se desarrollan fuera del calendario escolar normal. En el Anexo I donde se establecen las actividades autorizadas para funcionar se indican los puntos 125 “Colonias de vacaciones” y 126 “Jardines maternales y centro infantiles”.

Deberán respetar el protocolo respectivo que como Anexo III de la presente resolución estamos adjuntando.

Descargar Anexo I
Descargar Anexo II
→Descargar Anexo III

PRÓRROGA EN IPS PARA DDJJ 2019

VISTO, el expediente 2020-05547702-GDEBA-DPSYCTIPS, el Decreto Nacional Nº 297/2020 y Nº 814/2020, el Decreto Nº 132/2020, la situación epidemiológica del coronavirus (COVID-19), la Resolución HD Nº 672/2020, la Resolución HD Nº 297/2020 y

CONSIDERANDO
Que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto Nº 297/2020 dicta la medida de «aislamiento social, preventivo y obligatorio” y la consecuente prohibición de circular, en el marco de la declaración de pandemia emitida por la OMS, prorrogada sucesivamente por los Decretos N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N° 459/2020, N° 493/2020, N° 576/2020, N° 605/2020, N° 641/2020, N° 677/2020, N° 714/2020, N° 754/2020, N° 792/2020, N° 814/2020, N° 875/2020 y N°956/2020;

Que, en tal sentido, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires declara la emergencia sanitaria y la consecuente prohibición de circular mediante Decreto Nº 132/2020 ratificado por Ley Nº 15174 por el término de ciento ochenta (180) días a partir del 12 de marzo del corriente y prorrogado en su vencimiento por Decretos Nº 180/2020,N° 255/2020, N° 282/2020, N° 433/2020, N° 498/2020, N° 583/2020, N° 604/2020, N° 689/2020, N° 701/2020, N° 771/2020, N° 774/2020, N° 884/2020, N° 944/2020, N°976/2020 N° 1103/2020 sucesivamente;

Que por Resolución HD Nº 672/2020 este Organismo adhiere al Protocolo – Enfermedad por coronavirus 2019, producido por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, aprobando el Plan de Acción que garantice el funcionamiento del IPS y determinando en su Artículo 3º los plazos para la presentación de documentación inherente a las distintas prestaciones;
Que dicho Artículo 3º fue modificado oportunamente por Resolución HD Nº 297/2020 prorrogando los plazos allí establecidos hasta el 31 de Diciembre del corriente año;

Que, teniendo en cuenta razones de estricta emergencia sanitaria, se extienden las medidas preventivas a nivel nacional como así también en ámbito del estado provincial a los efectos de evitar la propagación del virus
que causa el COVID-19, resultando imperioso prorrogar los plazos determinados precedentemente;
Que el Honorable Directorio, en su reunión del día de la fecha, según consta en Acta N° 3545 ha resuelto proceder al dictado de la presente;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 8587; Por ello

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Modificar el Artículo 3º de la Resolución HD Nº 672/2020, modificado por Resolución Nº 297/2020 el cual quedará redactado en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 3º: Prorrogar los plazos para la presentación de Recursos y Reclamos, Declaraciones Juradas cuatrimestrales de presentación anual para los establecimientos educativos de gestión privada, Certificados de
Supervivencia, Certificados de Estudios y Declaración Jurada comprendidos en el artículo 37 del Decreto Ley Nº 9650/80, Declaraciones Juradas de los beneficiarios de la Ley Nº 5675, comprendidas en el artículo 5º del Decreto-Ley Nº 8009/57 y Poderes para percibir al 31 de Marzo del 2021.”.

ARTÍCULO 2º: Registrar. Comunicar. Cumplido archivar.

Eduardo Santin Presidente
Instituto de Previsión Social

SOLUCIONES CON LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ADJUNTARSE AL F1

Nos dirigimos a Uds. con el objeto de informarles que al intentar completar el formulario on line que debe adjuntarse con la Declaración jurada de Aranceles (F1), en aquellos casos donde las cuotas totales del nivel sean distintas, en la medida que existan diferente cantidad de unidades de enseñanza (módulos extracurriculares), el sistema no permite una discriminación de distintas cuotas dentro de un mismo servicio educativo.

Ante esa circunstancia y habiendo efectuado una consulta a la DIEGEP nos fue comunicado que debía incorporarse al sistema on line la cuota más cara, es decir aquella que tiene la mayor cantidad de extracurriculares.

Recordamos que la cuota curricular no puede contener diferencias dentro de un mismo nivel, es decir que las diferencias no se pueden producir en este ítem del arancel.

Aquellos que tengan este problema pueden a continuación de la cuota total, hacer alguna mención en el rubro observaciones relacionado con este tema, informando allí la cantidad de unidades de enseñanza que tiene cada sala, grado o año, según el nivel.

Asimismo, y con relación a los institutos educativos sin aporte estatal, los mismos no deberán discriminar las cuotas bajo ninguna circunstancia, puesto que la DIEGEP no es la autoridad de contralor de sus aranceles.

Consecuentemente el total de la cuota, sin ninguna discriminación, deberá ser incorporada en el casillero de “cuota curricular”. Obviamente y ante distintas cuotas dentro de un mismo nivel educativo, deberán colocar la
mayor. Asimismo les informamos que el F1, para estos institutos, solo deberá ser completado, en el frente, con el total de la cuota de cada sala, grado o año del nivel que corresponda sin ninguna discriminación.

En el dorso deberán discriminar los horarios curriculares, pero no los extracurriculares.

CIERRE DE CICLO LECTIVO 2020

DGEGP INFORMA N.° 2218:

Estamos cerrando este año y seguramente estarán evaluando con sus
equipos las acciones que han llevado adelante para hacer frente a las situaciones nuevas que se fueron presentando.

Sin dudas, estarán también celebrando los logros y sentirán orgullo por los esfuerzos y el compromiso que pusieron en juego, yendo más allá de lo imaginado inicialmente: con el uso intensivo de la tecnología, creando nuevas formas de hacerse cercano a la distancia, aprendiendo a usar nuevas estrategias, acordando nuevos criterios institucionales, volviéndose a preguntar por lo que ya estaba consolidado, acompañando a las familias y preocupándose porque nadie quede en el camino.

Los procedimientos administrativos también se convirtieron en un desafío. Fue necesario adaptarse al trabajo y a las presentaciones digitales, y desarrollar habilidades para el uso de sistemas que acompañan la tarea escolar.

En este último tiempo muchas instituciones tuvieron experiencias de presencialidad que permitieron volver a encontrarse cara a cara, e incluso pudieron cerrar el año con actos de finalización del nivel.

En el marco del proceso de los “100 días” en el que el Ministerio se ha propuesto enlazar el fin del ciclo lectivo 2020 con el comienzo del ciclo lectivo 2021, queremos compartir algunas ideas y recursos que pueden serles útiles para el trabajo previo al comienzo de las clases.

  1. Les proponemos retomar el documento enviado para las EMI de fin de año (noviembre y/o diciembre), en el cual les acercamos una serie de preguntas y materiales para la reflexión, que intentan apoyar la tarea de diagnóstico y planificación de los equipos docentes. Seguramente cada
    escuela tendrá distintos grados de avance en esa tarea. Les sugerimos, por lo tanto, planificar el espacio de trabajo conjunto de modo tal que permita enfocarse en aquellos aspectos que hayan quedado pendientes de abordaje. Es esperable que la tarea de los equipos directivos y docentes previa al inicio de las clases permita:
    → -establecer metas para el año 2021, orientadas por la pregunta acerca del sentido de aprender los contenidos que se propongan enseñar, así como definir las estrategias más adecuadas para abordarlos;
    → -considerar como punto de partida el diagnóstico preciso al que se haya llegado sobre los resultados del 2020, en relación con dos cuestiones centrales: qué se enseñó y qué lograron aprender los/as estudiantes, identificando la diversidad presente en cada grupo para contemplarla en las planificaciones docentes;
    → -generar las articulaciones entre las asignaturas / áreas que favorezcan los aprendizajes centrales a partir de un abordaje integrado.
    Asimismo, en el mes de febrero les enviaremos un nuevo documento que podrán utilizar para apoyar el desarrollo de la jornada EMI. Estimamos que dicha jornada se dedicará a ajustar la planificación según el escenario sanitario que se presente.
  2. Los/as invitamos a estar atentos a las ofertas de formación de la Escuela de Maestros, especialmente a los cursos autoasistidos que ofrecen flexibilidad en los tiempos de dedicación. A manera de ejemplo, mencionamos el curso “Enseñar y aprender en escenarios virtuales”: https://www.buenosaires.gob.ar/educacion/docentes/escuelademaestros/noticias/nuevocurso-autoasistido-ensenar-y-aprender-en

La Dirección General y todo el equipo que conforma la DGEGP, queremos desearles muy felices fiestas. Es el momento de reflexionar sobre todo lo que ha sucedido y celebrar el esfuerzo comprometido y sus frutos.

Esperamos que disfruten de un merecido descanso y repongan energías para poder encarar los desafíos que nos esperan en el próximo ciclo lectivo, que seguiremos recorriendo juntos.

¡FELICES FIESTAS!

Dirección General y Equipo de la DGEGP

NIVEL SUPERIOR: PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS PARA EL CICLO LECTIVO 2021

DGEGP INFORMA N° 2215

El Ministerio de Educación de La Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra trabajando en la planificación del desarrollo de las actividades educativas del ciclo lectivo 2021 bajo el régimen de presencialidad.

Asimismo, las instituciones de Nivel Superior podrán optar por continuar y ampliar el trabajo remoto, el cual deberá ser definido y aplicado de acuerdo a las características propias del plan de estudios y con el acuerdo de el/la Supervisor/a correspondiente. Esta flexibilización permitirá un mejor aprovechamiento de los tiempos de cursada, priorizando la presencialidad para las prácticas.

Las instituciones deberán presentar antes del 12 de marzo de 2021 un documento que describa la modalidad de cursada para el ciclo lectivo 2021. El equipo de supervisores/as hará llegar el formulario que deberán completar para presentar el plan de trabajo que da continuidad al plan de excepcionalidad iniciado durante el ciclo lectivo 2020.

Las decisiones que orienten cada una de las etapas del ciclo 2021 estarán fundamentadas en las condiciones sanitarias que existan en cada momento, y se informará oportunamente al respecto. Estamos a disposición para recibir las inquietudes que se presenten.

Cordialmente,

Cristina Carriego Constanza Ortiz
Directora Pedagógica Directora General

LIQUIDACIÓN SUMA EXTRA FONID – DICIEMBRE 2020

Por el presente, se informa que deberá liquidarse con haberes de diciembre 2020, al personal docente de la Provincia regido por la Ley N° 10.579, la Suma Extra FONID de pesos UN MIL DOSCIENTOS DIEZ ($1.210).

Saludo a Ud. muy atentamente
Mariano Di Santo
Director
Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada
Dirección General de Cultura y Educación

NUEVOS TOPES ARANCELARIOS MARZO 2021 – PROCEDIMIENTO

INSTITUTOS INCORPORADOS PROVINCIA DE BUENOS AIRES CON APORTE ESTATAL


Con el objeto de informarles que por Resolución de la DGCYE N°
2631/2020 se han autorizado los nuevos topes arancelarios aplicables a la primera cuota del año 2021. Por archivo adjunto se acompañan los nuevos topes arancelarios vigentes. Asimismo, es importante señalar lo siguiente:

a) Los servicios educativos cuyo arancel curricular se encontraban por encima del tope establecido por la Resolución DGCYE N° 6701/2019 (últimos topes establecidos para marzo 2020), podrá incrementar, en relación al arancel curricular vigente a marzo 2018, como máximo el valor en pesos que surja de la diferencia entre el valor correspondiente a su nivel/modalidad y porcentaje de aporte estatal del presente anexo y el establecido en el anexo I de la Resolución DGCYE N° 1686/2017. A esta
diferencia habrá que deducirle el 10% (diez por ciento) atento lo establecido en el anexo IV de la resolución DGCYE N° 34/2017. En ningún caso el nuevo arancel curricular, producto de este cálculo, podrá implicar una cuota curricular menor al tope arancelario correspondiente al nivel/modalidad y
porcentaje de aporte estatal que se adjunta a la presente. Recordar que en el caso de los institutos educativos con aporte estatal del 100% deberán aplicar las pautas especiales también establecidas para los colegios de esa categoría de aporte en el en Anexo IV de la citada resolución N° 34/2017.

b) Los servicios educativos cuyo arancel curricular se encontrare por debajo del tope arancelario aquí establecido, podrán incrementar –en relación al arancel curricular vigente a marzo 2018- como máximo el valor en pesos que surja de la diferencia entre el valor correspondiente a su
nivel/modalidad y porcentaje de aporte según lo establecido por la Resolución DGCYE N° 1686 (aranceles a regir en marzo 2021) y el establecido en el anexo I de la Resolución DGCYE N° 1686/2017 (aranceles vigentes en marzo 2018). Estos establecimientos también podrán incorporar
el 25% de la diferencia entre el valor del tope arancelario efectivamente percibido en marzo del año 2018 y el valor del tope arancelario vigente a marzo 2018 (Res. 1686/2017). Ese monto que no podrá superar el 15% del valor de la cuota curricular efectiva del establecimiento cobrada en el
mes de marzo de 2018, se podrá agregar a la nueva cuota. Asimismo bajo ningún aspecto el valor incrementado total podrá superar al nuevo tope arancelario.

c) Los importes que se adjuntan corresponden al cálculo de los topes arancelarios curriculares para el año 2021, motivo por el cual cada colegio agregará un 20% de ese valor curricular, como arancel extracurricular por cada unidad de enseñanza (módulo extracurricular) que se dicte o vaya a dictar para el año 2021: Valor de la unidad de enseñanza = Cuota curricular x 0,20. En ningún caso el valor de la cuota extracurricular podrá superar el valor de la cuota curricular.

d) Recordamos que la cuota de equipamiento y de mantenimiento tienen el mismo valor: Cuota equipamiento o mantenimiento = (cuota curricular + cuota extracurricular) / 10

e) Por otro lado, los montos de las cuotas curriculares de todas las salas de nivel inicial (excepto jardín maternal), de todos los grados del nivel primario y de todos los años del nivel secundario deben ser iguales. En el caso de que actualmente las cuotas sean diferentes (lo que equivaldría a un error anterior), al hacer los cálculos deberá optarse por el menor valor de todas ellas. Por supuesto las diferencias podrán producirse en lo relativo a la cantidad de unidades de enseñanza extracurricular que obviamente podrán variar dentro de un mismo nivel educativo.

f) Los otros conceptos, excepto la cuota de equipamiento que está relacionada con la cuota curricular y extracurricular, pueden ser modificados de acuerdo a las proyecciones que los distintos proveedores
puedan haber llevado a cabo.

g) Sugerimos que en todos los casos tanto para el F1 como para la Secretaría de comercio se informen las cuotas puras obtenidas de los cálculos correspondientes a su máximo valor, no incorporando bonificaciones en dicha información. Luego cada establecimiento podrá bonificar parte de la cuota si le pareciera importante. El cumplimiento de esta sugerencia implicará que durante el año 2021 puedan eliminar total o parcialmente la bonificación, sin que esa eliminación pueda ser considerada un aumento de la cuota.

h) Por último, se hace mención al hecho que en esta oportunidad no se ha hecho lugar a ningún aumento preventivo con relación a los aumentos de costos que pudieran producirse durante el año 2021.

Asimismo, aquellos establecimientos que tengan actualmente topes arancelarios menores a los establecidos para el mes de marzo del año 2020, directamente pueden calcular sus aranceles llevando su arancel curricular
al nuevo tope arancelarios para el año 2021 y luego efectuar los cálculos adicionales sobre la cuota extracurricular, la cuota de mantenimiento y la cuota de equipamiento. Este procedimiento es muy sencillo.

DESCARGAR TOPES ARANCELARIOS MARZO 2021

PRÓRROGA PRESENTACIÓN DE F1

JEFATURAS DE REGIÓN 1 A 25 – GESTIÓN PRIVADA
A LAS ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR

Para su conocimiento y difusión a los servicios educativos, se informa que se prorroga el plazo de presentación del formulario F1 hasta el día 22 de diciembre del corriente de acuerdo a la PV-2020- 23433942-GDEBA-DLHRYAEPDGCYE en formato pdf al correo electrónico que cada jefatura informo a tal fin.

Para cumplimentar con la presentación deberán completar simultáneamente el Formulario Digital de «Información declarada en Formulario F1 de Aranceles correspondiente al ciclo lectivo 2021».

Deberá requerirse a los servicios educativos de todas las modalidades y niveles que accedan mediante el link https://forms.gle/ZKTfKadQzUWXh6rC8, a los efectos de completar los datos respetando lo que consignaron en la declaración jurada de aranceles correspondiente al ciclo lectivo 2021 (F1).

Una vez completado el formulario recibirá una constancia del contenido del formulario al mail declarado en el mismo; este mail deberá adjuntarse como PDF junto a la declaración jurada F1 enviada a las Jefaturas. Se aclara que este formulario on line NO reemplaza la presentación en formato pdf al correo electrónico de las Jefaturas de Región, sino que forma parte de la misma.

Se solicita a los servicios educativos que no cuenten con aporte estatal y aquellas modalidades y niveles no alcanzados por la Resolución N° 34/17 ingresen al link y efectúen la carga de los datos; de esta manera lograremos contar con información completa, oportuna y representativa específica del sector.

En caso de existir dudas al respecto puede comunicarse al correo cooradmdipregep@abc.gob.ar

Saludamos a Uds. muy atentamente

Mariano Di Santo Director
Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada
Dirección General de Cultura y Educación