INSTITUTOS INCORPORADOS PROVINCIA DE BUENOS AIRES CON APORTE ESTATAL


Con el objeto de informarles que por Resolución de la DGCYE N°
2631/2020 se han autorizado los nuevos topes arancelarios aplicables a la primera cuota del año 2021. Por archivo adjunto se acompañan los nuevos topes arancelarios vigentes. Asimismo, es importante señalar lo siguiente:

a) Los servicios educativos cuyo arancel curricular se encontraban por encima del tope establecido por la Resolución DGCYE N° 6701/2019 (últimos topes establecidos para marzo 2020), podrá incrementar, en relación al arancel curricular vigente a marzo 2018, como máximo el valor en pesos que surja de la diferencia entre el valor correspondiente a su nivel/modalidad y porcentaje de aporte estatal del presente anexo y el establecido en el anexo I de la Resolución DGCYE N° 1686/2017. A esta
diferencia habrá que deducirle el 10% (diez por ciento) atento lo establecido en el anexo IV de la resolución DGCYE N° 34/2017. En ningún caso el nuevo arancel curricular, producto de este cálculo, podrá implicar una cuota curricular menor al tope arancelario correspondiente al nivel/modalidad y
porcentaje de aporte estatal que se adjunta a la presente. Recordar que en el caso de los institutos educativos con aporte estatal del 100% deberán aplicar las pautas especiales también establecidas para los colegios de esa categoría de aporte en el en Anexo IV de la citada resolución N° 34/2017.

b) Los servicios educativos cuyo arancel curricular se encontrare por debajo del tope arancelario aquí establecido, podrán incrementar –en relación al arancel curricular vigente a marzo 2018- como máximo el valor en pesos que surja de la diferencia entre el valor correspondiente a su
nivel/modalidad y porcentaje de aporte según lo establecido por la Resolución DGCYE N° 1686 (aranceles a regir en marzo 2021) y el establecido en el anexo I de la Resolución DGCYE N° 1686/2017 (aranceles vigentes en marzo 2018). Estos establecimientos también podrán incorporar
el 25% de la diferencia entre el valor del tope arancelario efectivamente percibido en marzo del año 2018 y el valor del tope arancelario vigente a marzo 2018 (Res. 1686/2017). Ese monto que no podrá superar el 15% del valor de la cuota curricular efectiva del establecimiento cobrada en el
mes de marzo de 2018, se podrá agregar a la nueva cuota. Asimismo bajo ningún aspecto el valor incrementado total podrá superar al nuevo tope arancelario.

c) Los importes que se adjuntan corresponden al cálculo de los topes arancelarios curriculares para el año 2021, motivo por el cual cada colegio agregará un 20% de ese valor curricular, como arancel extracurricular por cada unidad de enseñanza (módulo extracurricular) que se dicte o vaya a dictar para el año 2021: Valor de la unidad de enseñanza = Cuota curricular x 0,20. En ningún caso el valor de la cuota extracurricular podrá superar el valor de la cuota curricular.

d) Recordamos que la cuota de equipamiento y de mantenimiento tienen el mismo valor: Cuota equipamiento o mantenimiento = (cuota curricular + cuota extracurricular) / 10

e) Por otro lado, los montos de las cuotas curriculares de todas las salas de nivel inicial (excepto jardín maternal), de todos los grados del nivel primario y de todos los años del nivel secundario deben ser iguales. En el caso de que actualmente las cuotas sean diferentes (lo que equivaldría a un error anterior), al hacer los cálculos deberá optarse por el menor valor de todas ellas. Por supuesto las diferencias podrán producirse en lo relativo a la cantidad de unidades de enseñanza extracurricular que obviamente podrán variar dentro de un mismo nivel educativo.

f) Los otros conceptos, excepto la cuota de equipamiento que está relacionada con la cuota curricular y extracurricular, pueden ser modificados de acuerdo a las proyecciones que los distintos proveedores
puedan haber llevado a cabo.

g) Sugerimos que en todos los casos tanto para el F1 como para la Secretaría de comercio se informen las cuotas puras obtenidas de los cálculos correspondientes a su máximo valor, no incorporando bonificaciones en dicha información. Luego cada establecimiento podrá bonificar parte de la cuota si le pareciera importante. El cumplimiento de esta sugerencia implicará que durante el año 2021 puedan eliminar total o parcialmente la bonificación, sin que esa eliminación pueda ser considerada un aumento de la cuota.

h) Por último, se hace mención al hecho que en esta oportunidad no se ha hecho lugar a ningún aumento preventivo con relación a los aumentos de costos que pudieran producirse durante el año 2021.

Asimismo, aquellos establecimientos que tengan actualmente topes arancelarios menores a los establecidos para el mes de marzo del año 2020, directamente pueden calcular sus aranceles llevando su arancel curricular
al nuevo tope arancelarios para el año 2021 y luego efectuar los cálculos adicionales sobre la cuota extracurricular, la cuota de mantenimiento y la cuota de equipamiento. Este procedimiento es muy sencillo.

DESCARGAR TOPES ARANCELARIOS MARZO 2021