A los Institutos con aporte estatal

Atento a que por Disposición 193/DGEGP/2018 se han fijado los nuevos aranceles máximos por categoría a partir del 1º de Agosto, de establecimientos, niveles, regímenes y modalidades para la enseñanza programática, que deberán observar las Escuelas Públicas de Gestión Privada que perciben aporte gubernamental, se recuerda que:

1) En virtud de dicho incremento, los establecimientos educativos comprendidos en el párrafo anterior deberán presentar ante esta dependencia, una nueva declaración jurada anual de aranceles correspondiente al presente ciclo lectivo.

2) Junto con el formulario del Anexo II de la Disposición 528/DGEGP/2016 deberán incluir copia de la comunicación enviada a las familias/alumnos con la información de los nuevos valores de las cuotas.

3) Se debe incluir en la presentación, copia de los recibos de cuotas en los cuales se vean reflejados los nuevos montos (uno por cada nivel de enseñanza donde se cobre cuota diferente) y copia de la autorización de cobro de módulos extraprogramáticos para el ciclo lectivo 2018.

4) Recordar que las DDJJ presentadas en el período marzo – octubre 2018, son rectificativas de la presentada en noviembre 2017. Por tal motivo, el valor de la matricula, debe ser el informado en la DDJJ de noviembre 2017, ya que son los autorizados para el presente ciclo lectivo. El nuevo importe de dicho concepto, deberá declararse en la DDJJ de noviembre próximo, cuando informen todo lo relacionado al ciclo lectivo 2019.

5) Tener en cuenta que los montos que se declaran por los conceptos: Mantenimiento, Materiales para uso didáctico del alumno y Matrícula deben informarse en valores anuales y no mensuales.

6) Las condiciones de matriculación, deberán presentarse en la DDJJ de noviembre 2018.

Atentamente.

Equipo de Supervisión de Organización Escolar Lilian Suffert Nogueira –
Coordinadora de Supervisión de Organización Escolar
Dirección General de Educación de Gestión Privada

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