PRÓRROGA PRESENTACIÓN POF Y ANTICIPO SALARIAL

1.- PRÓRROGA PRESENTACIÓN POF:
 
Comunicación 113 de DIEGEP – Jefaturas de Región 1 a 15
 
Se informa a todas las Jefaturas de Región que la entrega en papel y carga de POF en Drive extiende su plazo, siendo la
fecha límite 30 de mayo del corriente.
 
Atentamente.
ASESORÍA DOCENTE – DIEGEP, 20 de abril de 2018.
 
2.- ANTICIPO SALARIAL Res. 3/18 – Aclaraciones:
 
Analizando los casos que podrían darse, y atento haber recibido un comunicado de DIEGEP con más aclaraciones,
remitimos nuevamente la información, con nuestros aportes al respecto.-
 
Nos dirigimos a Uds. para ofrecer más información referida a la IC enviada el día 13/04/2018 con respecto al anticipo a cuenta de la paritaria que aún no ha sido consensuada para docentes curriculares.
 
Al respecto la norma que lo establece es la Resolución firma conjunta Número RESFC-2018-3-GDEBA-MECP del 12/04/2018. La misma establece lo siguiente:
 
CARACTERÍSTICAS
Se trata de un pago remunerativo por persona pagadero en el mes de abril 2018, en carácter de anticipo, y a cuenta del
aumento que se acuerde en el primer trimestre de dicho año de acuerdo al cuadro:
 
Dicha suma es neta de aportes asistenciales y previsionales (por lo tanto entendemos que hay que pagar una suma tal, que luego de los descuentos se arribe a tal monto neto, teniendo en cuenta únicamente los descuentos de IPS y OBRA SOCIAL, es decir que si el docente tiene otros descuentos tales como SADOP o CAJA COMPLEMENTARIA, percibirá una suma menor).
 
Además, dicha suma se pagará teniendo en cuenta:
· La remuneración neta percibida a 12/2017 por la totalidad de los cargos del docente
· Se abonará a aquellos docentes que estuvieran activos en el primer trimestre de 2018, en forma proporcional a los días trabajados en el mismo.
· En el caso de las horas cátedra se pagará a aquellos agentes que cumplan quince horas cátedra de nivel medio y sus equivalencias, otorgándose en forma proporcional cuando la cantidad de horas cátedra sea inferior.
· Aquellos colegios con aporte estatal, percibirán aporte por esta suma y dichos importes serán liquidados junto a los haberes correspondientes a abril 2018.
 
ALGUNAS CUESTIONES A TENER EN CUENTA
Esta suma ofrece las mismas características de las sumas otorgadas en el año 2017, con la salvedad de que en aquel
año si bien se dispuso que eran sumas “a cuenta” finalmente no se descontaron del aumento que se dispuso cuando se
llegó al acuerdo paritario.
 
Desconocemos si esta situación puede volver a repetirse.-
En principio, cuando se arribe a un acuerdo, estas sumas serán descontadas del retroactivo.
 
En aquellos institutos educativos con aporte estatal, se ha recibido la mecanizada y el aporte; lo cual contradice a la resolución ya que la misma estipulaba el pago junto con los haberes de abril.
 
Según comunicado de DIEGEP, en el caso de pluriempleo, se paga en un solo colegio:
· Si trabaja en el estado percibirá la suma total en dicho cargo.
· Si trabaja en colegios subvencionados, DIEGEP eligió uno para enviar la suma total, que será quien deba pagarlo.
· Si no vino en mecanizada, el motivo sería:
o Porque lo cobró en el estado
o Porque lo cobró en otro colegio
o Porque no tenía sueldos en 12/2017 y por lo tanto no le corresponde.
 
Es por eso que nuestra recomendación es:
 
· Para institutos educativos con aporte estatal: de abonar las sumas que vinieron en la mecanizada, hacerlo en un recibo aparte ya que los fondos ya fueron depositados la semana pasada. Tener en cuenta que si el docente además de los cargos subvencionados, tenía en el colegio cargos no subvencionados, deberán calcular el monto a pagar por anticipo (que será mayor al que vino en mecanizada) y abonar la diferencia por DIEGEP 20. De todos modos queda a criterio de la institución como proceder.
 
· Para institutos educativos sin aporte estatal: se recomienda abonar teniendo en cuenta únicamente lo cobrado en la institución en 12/2017 y proporcional a los cargos que el docente tuviere solo en ese establecimiento. Si hubieren otorgado aumentos a cuenta que superaran estas sumas, entendemos que no correspondería pagarlas.
 
Lo lógico sería que si es un anticipo a cuenta del aumento que se dará, se calculase por cargo y no por persona, ya que al ser una suma por persona, sobre todo en el caso de pluriempleo, se generan varias situaciones:
 
· Lo cobra en un solo empleo, cuando en realidad se originó en varios, por lo cual, cuando se quiera descontar del aumento podrá suceder que el monto anticipado por el que lo pagó, sea mayor al monto que ese colegio debe pagar.
 
· Una persona podría haber tenido dos cargos en diciembre, y hoy tener uno solo, con lo cual el pago quizás sea mayor a lo que finalmente se le aumente, y no se pueda compensar con el futuro aumento.
 
· Una persona podría haber tenido un cargo en diciembre y hoy tener dos cargos, con lo cual el anticipo es sensiblemente menor al que pareciera corresponder
 
En definitiva, es un mecanismo poco claro, y a todas luces injusto, ya que no sigue los lineamientos de lo que serán los aumentos.
 
Cualquier aumento, se maneja por cargo y no por persona, además de estar relacionado con el mes de trabajo y no con meses anteriores, (en este caso diciembre) y así debería ser el anticipo.
 
Con respecto al cálculo:
 
La remuneración a tomar en cuenta a 12/2017, entendemos que debería ser la remuneración habitual, no teniendo en cuenta
a. Asignaciones familiares
b. Descuentos por inasistencia
c. Descuentos por ganancias, SADOP o cualquier otro descuento que no fuera el de obra social e IPS.
d. Cualquier otra suma no habitual percibida en dicho mes.

LA ESCUELA VA A LOS JUEGOS

Buenos Aires, Miércoles 16 de Abril de 2018

Estimados Directivos de Instituciones Educativas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Los invitamos a participar del programa “La escuela va a los Juegos”, que tendrá lugar entre los días 6 y 18 de octubre de 2018.

En dicho período, la Ciudad de Buenos Aires se verá inmersa en un clima festivo gracias a la llegada de una de las competencias multideportiva más grande del mundo, los Juegos Olímpicos de la Juventud – Buenos Aires 2018, en los que participarán 3.998 atletas de entre 15 y 18 años de edad, provenientes de 206 países.

En este marco, se invita a las escuelas de la ciudad de Buenos Aires a ser parte de esta experiencia, oportunidad en la que sus alumnos/as podrán recorrer los cuatro parques donde se desarrollarán los Juegos y participar de actividades culturales, educativas y de iniciación deportiva que promueven los valores del Olimpismo.

Las escuelas están a tiempo de anotarse, ya que aún quedan cupos disponibles. La inscripción permanecerá abierta hasta el 20 de abril de 2018 inclusive.

Para realizar la carga de datos debes ingresar, a través de cualquier PC o Teléfono Mobile, a la siguiente plataforma digital:
www.buenosaires2018.com/laescuelavaalosjuegos

Al respecto, habrá dos formatos de participación, conforme se destalla a continuación:

Grupo N° 1 – Destinatarios:
– Niños/as de 6° y 7° grado de Escuelas de Gestión Estatal de Nivel Primario de la Ciudad de Buenos Aires;

– Niños/as de 4°, 5°, 6° y 7° grado de escuelas de Educación de Gestión Estatal de Nivel Primario intensificadas en Educación Física de la Ciudad de Buenos Aires.

Esta participación incluye:
– Traslado al parque;
– Entrada grupal diferenciada del resto del público;
– Participación en tres actividades: 1) presenciar una competencia, 2) participar de una actividad de iniciación de deportiva, 3) participar de una actividad cultural y educativa;
– Vianda;
– Guía de acompañamiento al grupo.

Grupo N°2 – Destinatarios:
– Niños/as de escuelas de Educación de Gestión Privada, de los Niveles Primario y Secundario, de la Ciudad de Bs. Aires;
– Niños/as de escuelas de Gestión Estatal, de Nivel Primario de la Ciudad de Bs Aires. (que no pertenezcan al Grupo N°1);
– Niños/as de escuelas de Gestión Estatal, de Nivel Secundario de la Ciudad de Buenos Aires.

Esta participación incluye:
– Entrada grupal diferenciada del resto del público;
– Participación libre en las distintas propuestas dentro del parque.

Para más información se podrá acceder a la plataforma digital y consultar las preguntas frecuentes.

Para obtener más información sobre los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, ingresar en nuestra web:
https://www.buenosaires2018.com/es

Para todo otro tipo de consultas relacionadas a «La escuela va a los Juegos», escribirnos a laescuela@buenosaires2018.com

Atentamente,
Ministerio de Educación
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Lic. Beatriz Jáuregui – Directora General – Dirección General de Educación de Gestión Privada

Anticipo Sueldos Docentes Curriculares (Res.3/18):

DESTINATARIOS: Jefaturas de Región 1 a 25
Se solicita a esa Jefatura de Región, comunicar las pautas para la liquidación de la planilla mecanizada correspondiente al procedimiento efectuado para el cálculo de Adelanto a cuenta de futuros aumentos, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Gabinete.
 
Para el cálculo de la liquidación del pago remunerativo por persona a docentes de DIEGEP se tuvieron en cuenta los siguientes parámetros:
 
 Se genera un sueldo neto que resulta de considerar el sueldo bruto percibido en el mes de Diciembre 2017
tanto en la gestión pública como privada, menos los descuentos ley y sin considerar el FONED.
 
 Se aplica el rango establecido en el acto administrativo correspondiente (Resol. Conjunta Nro. 3/18) de acuerdo al sueldo obtenido para el cálculo de la suma neta a percibir.
 
 Los rangos a tener en cuenta son los siguientes:
Menos de $ 15.000 $ 1.800 (netos)
Entre $ 15.000 y $ 20.000 $ 2.700 (netos)
Entre $ 20.000 y $ 30.000 $ 3.600 (netos)
Más de $ 30.000 $ 4.500 (netos)
 
 Se paga proporcional al peso que tenía cada sueldo, sobre el total teniendo en cuenta la conversión a cargo de cada persona.
 
 En referencia a la devolución o reclamo de estas sumas, una vez cerrada la política salarial se procederá al ajuste, reteniendo o remitiendo el dinero faltante en los casos que corresponda.
 
Cabe destacar que con respecto al pago de la bonificación extraordinaria – Reconocimiento 2017. Si tuvo un día de inasistencia no se debe percibir (Resol. Nro. 1/18).
Departamento Establecimientos e Inspecciones.
DIEGEP. La Plata, 17 de abril de 2018-04-20
 
Firman: Dr. Juan Cruz Rodríguez – Director / Lic. Miriam Lizaur – Jefa Liquidaciones
 
2.- Aptos Psicofísicos Personal Docente Curricular:
A los efectos de clarificar un tema sobre el que ha habido versiones diversas en los últimos años, hecha la consulta en DIEGEP, se nos ha informado que rige para todo este personal lo prescripto en la Res. 294/18 (Nueva Guía de Trámites-Anexo IV): “Certificado de Aptitud Psicofísica suscripto por médico clínico de institución
estatal o privada”.
 
3.- Docentes PAT (Escuelas Promotoras Nuevos Formatos de Educación Secundaria):
Se recomienda tener presente, más allá de las prescripciones de la Comunicación DIEGEP 93/18, que los mismos serán incluidos en mecanizadas de marzo a diciembre de cada año. Por tanto, se sugiere que se suscriban Contratos de Trabajo a Plazo Fijo, por estas horas, hasta el último día de clases del ciclo 2018.
 
4.- Devoluciones Suma Fija Res.1/18 (Presentismo 2017):
Las mismas deben ser efectuadas por Diegep 7. No obstante, y dadas las dificultades y dudas acerca de su liquidación, y dado que están los plazos vencidos para presentar dicho formulario, se recomienda hacer las devoluciones como presentación espontánea (formulario libramiento de deuda, que se adjuntará luego a la mecanizada al momento de la rendición).

ANTICIPO A CUENTA DEL AUMENTO PRIMER TRIMESTRE 2018

COLEGIOS INCORPORADOS PROVINCIA DE BUENOS AIRES CON Y SIN APORTE ESTATAL
 
Brindamos más información con respecto al anticipo a cuenta de la paritaria que aún no ha sido consensuada para docentes curriculares.
La norma que lo establece es la Resolución firma conjunta Número RESFC-2018-3-GDEBA-MECP del
12/04/2018, que establece lo siguiente:
 
CARACTERÍSTICAS
Se trata de un pago remunerativo por persona pagadero en el mes de abril 2018, en carácter de anticipo, y a cuenta
del aumento que se acuerde en el primer trimestre de dicho año de acuerdo al cuadro que se deja en la publicación.
 
Dicha suma es neta de aportes asistenciales y previsionales (por lo tanto entendemos que hay que pagar una suma tal,
que luego de los descuentos se arribe a tal monto neto, teniendo en cuenta únicamente los descuentos de IPS y OBRA SOCIAL, es decir que si el docente tiene otros descuentos tales como SADOP o CAJA COMPLEMENTARIA,
percibirá una suma menor).-
 
Además, dicha suma se pagará teniendo en cuenta:
 La remuneración neta percibida a 12/2017 por la totalidad de los cargos del docente
 
 Se abonará a aquellos docentes que estuvieran activos en el primer trimestre de 2018, en forma proporcional a
los días trabajados en el mismo.
 
 En el caso de las horas cátedra se pagará a aquellos agentes que cumplan quince horas cátedra de nivel medio y
sus equivalencias, otorgándose en forma proporcional cuando la cantidad de horas cátedra sea inferior.
 
 Aquellos colegios con aporte estatal, percibirán aporte por esta suma y dichos importes serán liquidados junto a
los haberes correspondientes a abril 2018.
 
ALGUNAS CUESTIONES A TENER EN CUENTA
Esta suma ofrece las mismas características de las sumas otorgadas en el año 2017, con la salvedad de que en
aquel año si bien se dispuso que eran sumas “a cuenta” finalmente no se descontaron del aumento que se dispuso
cuando se llegó al acuerdo paritario.
Desconocemos si esta situación puede volver a repetirse.-
En principio, cuando se arribe a un acuerdo, estas sumas serán descontadas del retroactivo.
 
En aquellos institutos educativos con aporte estatal, se ha recibido la mecanizada y el aporte; lo cual
contradice a la resolución ya que la misma estipulaba el pago junto con los haberes de abril.-
 
Es por eso que nuestra recomendación es:
 
 Para institutos educativos con aporte estatal: recomendamos abonar las sumas que vinieron en la mecanizada, en un recibo aparte ya que los fondos ya fueron depositados la semana pasada.- Ese pago siempre deberá
proporcionarse a los cargos que posee el docente en cada instituto educativo y por los sueldos que tiene en
dicho instituto, independiente de otros cargos que el docente tuviere en otros establecimientos.- Si bien esto
contradice de alguna forma la norma general, ello se sugiere para evitar problemas futuros.- Es decir que si se
recibió un dinero mayor al que se tiene que pagar en función de los cargos de la escuela, habrá que devolver
la diferencia.-
 
 Para institutos educativos sin aporte estatal: se recomienda abonar teniendo en cuenta únicamente lo cobrado en
la institución en 12/2017 y proporcional a los cargos que el docente tuviere solo en ese establecimiento. Si
hubieren otorgado aumentos a cuenta que superaran estas sumas, entendemos que no correspondería pagarlas.
 
Con respecto al cálculo:
La remuneración a tomar en cuenta a 12/2017, entendemos que debería ser la remuneración habitual, no teniendo
en cuenta
a.Asignaciones familiares
b.Descuentos por inasistencia
c.Descuentos por ganancias, SADOP o cualquier otro descuento que no fuera el de obra social e IPS.
d.Cualquier otra suma no habitual percibida en dicho mes.

REDUCCIÓN CONTRIBUCIÓN PATRONAL PREVISIONAL Y SOEME

1) – DECRETO 310/18 – REDUCCIÓN CONTRIBUCIÓN PATRONAL PREVISIONAL:
 
Con fecha 17/04/18 ha sido publicado en el Boletín Oficial el decreto PEN Nº 310/2018 por el cual se suspende desde el 1º de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018, la aplicación para los establecimientos educativos privados, de las normas del decreto PEN Nº 814/2001.-
 
En síntesis hasta el 31 de diciembre del corriente año continuará vigentes la reducción de las contribuciones patronales previsionales en todas las jurisdicciones.-
 
2 – SOEME:
El APORTE SOLIDARIO, conforme al Acta Acuerdo firmada en el mes de Diciembre de 2016, ha tenido vigencia hasta el mes de febrero inclusive del 2018. Por tal motivo los establecimientos con personal que pertenezcan al
CCT 318/99 hubieron debido depositar dicho aporte –por última vez- con sueldos febrero 2018. A partir de Marzo NO CORRESPONDE EL PAGO.

INCREMENTO EN LOS MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y TOPES SALARIALES PARA PERCIBIRLAS

Por medio de la Resolución ANSES Nº -32/2018 se modifican los nuevos valores de asignaciones familiares y topes para su percepción; en consonancia con la ley 27160 del año 2015 que fija que las asignaciones familiares se actualizan en marzo y septiembre de cada año, junto con la movilidad jubilatoria.
 
Este cambio opera con las remuneraciones de MARZO 2018
Recordamos a Uds. que los topes se calculan en función de la totalidad de los ingresos del grupo familiar.
Se consideraran ingresos a:
 
– Remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados (se excluye horas extras, plus por zona desfavorable y aguinaldo)
 
– Asignación familiar por maternidad.
 
– Rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas.
 
– Sumas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
 
Si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $ 47.393,- (Cuarenta y siete mil trescientos noventa y tres), ese grupo familiar está excluido de la percepción de asignaciones, aun cuando la suma de sus ingresos conjuntos no supere el tope máximo de $94.786,-(Noventa y cuatro mil setecientos ochenta y seis).-
 
Estos topes no se aplican para liquidar Hijo discapacitado, ni para la asignación por maternidad.
 
Este incremento no es aplicable para los docentes de planta funcional, tanto de Provincia de Buenos Aires, como de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dado que hasta el momento no se han dictado normas específicas aplicables a dichos trabajadores.
 
Respecto del personal no docente y extracurricular, de acuerdo a lo establecido por la Resolución CGEP 08/2012, dicho aumento es aplicable.
 
Las nuevas tablas serán las siguientes:
TOPE INDIVIDUAL $ 47.393,00 TOPE IGF $ 94786,-


CARGA DE PERSONAL NO SUBVENCIONADO

El Instituto de Previsión Social ha determinado, que TODOS los Establecimientos Educativos de Gestión Privada deberán ingresar en el Sistema de Administración Previsional (SAP) los datos de sus docentes no subvencionados y sus cargos, siguiendo el procedimiento descripto en el MANUAL del SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN PREVISIONAL (SAP).-
 
La fecha límite para la carga de estos datos es el 31/05/2018.-
El manual del uso del SAP podrá ser consultado en la página del IPS.
 
Para acceder deben:
1. Ingresar con el usuario y clave generados,
2. Seleccionar el número de DIEGEP al cual pertenece el personal a cargar
3. En el menú, seleccionar “Mis agentes”  “Alta”
4. Una vez cargados los datos personales, deberá ingresarse a “Cargos”  “Alta” e indicar para cada persona ingresada, el/los cargo/s que ocupa en el instituto.-

Pautas para la Implementación de la permanencia

Comunicamos la Resolución Nº 962/MEGC/18 y sus ANEXOS I, II, III y IV. de aplicación en el Nivel Inicial de las escuelas de Gestión Privada, Gestión Estatal y Superior, las mismas pueden ser consultadas en esta nota.

Esta normativa sostiene el carácter excepcional, fundamentado y pedagógico de la implementación de la permanencia de las niñas/niños en salas del nivel inicial, permanencia que “…es entendida como una estrategia pedagógica destinada a fortalecerla trayectoria escolar de los niños/niñas de éste nivel de las escuelas de gestión Estatal y Privada, con el objeto de lograr la inclusión e integración en el sistema educativo…”

Las Resoluciones Nº 174/CFE/12 y Nº 3278/MEGC/13, son los antecedentes que dan marco a esta Res. 962/18.

ANEXOS RES-MEGC-MEGC-962-18-ANEXOS

VISITAS DE SUPERVISIÓN DE ORGANIZACIÓN ESCOLAR

El siguiente es un Comunicado de la Dirección General de Educación de Gestión Privada – DGEGP- Sector Supervisión de Organización Escolar- de importancia para los Institutos con aporte gubernamental:
 
A los Institutos de Gestión Privada con Aporte Gubernamental:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a fin de informarles que a partir del martes 3 de abril de 2018, daremos inicio a las visitas de Supervisión de Organización Escolar.
 
Por tal motivo, les recordamos que es necesario se encuentre en la institución, toda la documentación actualizada, relacionada con el aporte gubernamental.
 
IMPORTANTE: Se recuerda que a partir de la rendición de Marzo 2018, tal como fue comunicado en el DGEGP Informa N° 1634, los establecimientos deberán adjuntar al final de la rendición las planillas de FONID enviadas en el mes en curso, firmadas por los docentes.
 
De esta manera, en la rendición de los salarios de Marzo 2018 (que se presentan en DGEGP en abril), deberán agregarse las planillas del FONID cuyos fondos fueron transferidos en el mes de Abril. (Segunda cuota del cuarto trimestre 2017)
 
Para más consultas pueden comunicarse al teléfono: 4773-2400/09 int. 122, o enviar mail a
organización_dgegp@bue.edu.ar
 
Con cordial saludo,
Equipo de Coordinación y Supervisión de Organización Escolar / DGEGP
 
Lilian Suffert, Coordinadora de Supervisión de Organización Escolar – DGEGP

APLICACIÓN DEL ACTA PARITARIA DOCENTE PARA EL MES DE ABRIL 2018

A continuación se detallan las pautas para la implementación del aumento salarial docente que se aplicará a partir del 1° abril de 2018 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se encuentra reflejado en el Acta Paritaria de la siguiente manera: Otórguese POR ÚNICA VEZ en los sueldos del mes de abril del corriente año, una suma fija no remunerativa y no bonificable en concepto de “Suma Extraordinaria NR NB”.