La Dirección General de Educación de Gestión Privada ha comunicado la Disposición N° 193/DGEGP/18 sobre aranceles programáticos máximos por categoría para las Escuelas Públicas de Gestión Privada que perciben aporte estatal. El mismo rige a partir del 1 de Agosto del 2018, y asciende a un 9.5% con respecto a lo establecido por la Disposición N° 123/DGEGP/18 para el mes de junio pasado.

En virtud de esto, los establecimientos deberán presentar una nueva DDJJ de Aranceles antes del 30 de septiembre incluyendo copia de la comunicación a los padres y demás documentación requerida habitualmente a tal fin.

Transcribimos el comunicado y la disposición:

Disposición

Numero: DI-2018-193-DGEGP

Buenos Aires, Lunes 3 de Septiembre de 2018

Referencia: S/Aranceles Institutos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial con aporte estatal

VISTO: La Ley 24.240, los decretos Nº 2542-PEN/91, Nº 2417-PEN/93 y Nº 2075-CABA/07, las resoluciones Nº 567-MEGC/08 y Nº 960-MEGC/09, las Resoluciones Nº 678-SICM/99, Nº 167-SCI/08 y Nº 43-SCI/08 y las Disposiciones Nº 504-DGEGP/17, Nº 86-DGEGP/18 y Nº 123-DGEGP/08, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 2542-PEN-1991 crea la Comisión Asesora honoraria determinada por los artículos 12 y 13, la cual ha sido conformada en la jurisdicción para el ciclo lectivo 2018 por Disposición Nº 86-DGEGP/18;

Que de acuerdo con lo establecido por las normas que regulan el sistema de financiamiento de la educación pública de gestión privada, corresponde analizar la actualización del valor de los aranceles y contribuciones de las escuelas que desarrollan su actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en cumplimiento de la normativa vigente corresponde aprobar los criterios a aplicar para la comunicación a los padres de la modificación de las pautas arancelarias para el ciclo lectivo 2018 que han sido elaboradas a partir de la reunión mantenida con la Comisión Asesora honoraria;

Que, oportunamente, por Disposición Nº 123-DGEGP/18 se definieron los aranceles para el Ciclo Lectivo 2018, siendo comunicados a los padres en el mes de junio de 2018;

Que atento al incremento salarial docente en virtud del acta paritaria suscripta oportunamente por los gremios docentes en el mes de marzo de 2018, corresponde analizar el impacto de los valores salariales en los aranceles oportunamente informados;

Que en virtud de dicho incremento los establecimientos educativos deberán presentar ante esta dependencia antes del 30 de septiembre, una nueva declaración jurada anual de aranceles correspondientes al presente ciclo lectivo, incluyendo copia de la comunicación de las condiciones de matriculación y aranceles enviada a los padres y demás documentación requerida para la supervisión por parte de esta Dirección general:

Que el presente acto administrativo se realiza en orden a las facultades otorgadas a esta Dirección General por el Decreto Nº 252/18 y concordantes.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA DISPONE

Artículo 1º.- Fíjense los aranceles máximos por categoría para el ciclo lectivo 2018 de establecimientos, niveles, regímenes y modalidades para la enseñanza programática, que deberán observar las Escuelas Públicas de Gestión Privada que perciben aporte estatal a partir del 1º de agosto de 2018 que como Anexo I (DI-2018-24136922-DGEGP) forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 2º.- Apruébense los “Pautas para fijar los aranceles y contribuciones que podrán percibir las Escuelas Públicas de Gestión Privada de la C.A.B.A para el ciclo lectivo 2018 a partir del 1º de agosto de 2018” y que como Anexo II (DI-2018-24135787-DGEGP) forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Beatriz Jauregui – Director General
D.G. DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA (SSCPEE)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

ANEXO I

Aranceles y/o Contribuciones Máximas

Vigencia 01/08/2018 al 31/12/18

Beatriz Jauregui – Director General
D.G. DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA (SSCPEE)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

ANEXO II

“Pautas para fijar los aranceles y contribuciones que podrán percibir las Escuelas Públicas de Gestión Privada de la C.A.B.A para el ciclo lectivo 2018 a partir del 1º de agosto de 2018”

1. Se establece un ajuste de las bandas que prevé el Decreto Nº 2542-PEN/91, definidas de acuerdo con lo establecido por la comisión de aranceles e informadas por Disposición Nº 540-DGEGP/17, las que serán aplicadas al contrato educativo del Ciclo 2018 a partir del 1 de agosto de 2018 y se reflejarán en el Anexo I de la presente disposición.

2. Dicho ajuste responde a los aumentos salariales surgidos del acta paritaria docente oportunamente suscripta por los gremios docentes en marzo de 2018, basado en la aplicación del Decreto Nº 2417/93 que autoriza el traslado a los aranceles de los aumentos de sueldos docentes.

3. Se mantiene la autorización, en caso de que la institución haya definido la necesidad de cobrar la cuota de mantenimiento para el ciclo lectivo 2048 según lo previsto en el Art. 9 del Decreto 2542/91, en los mismos términos de la Disposición Nº 540-DGEGP/17.

4. Las escuelas informarán a las familias, la Disposición que fija los nuevos valores tope correspondientes al porcentaje de aportes que recibe cada nivel de enseñanza para el ciclo lectivo 2018, explicitando en su desarrollo los puntos 2 y 3 de la presente.

Beatriz Jauregui – Director General
D.G. DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA (SSCPEE)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

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