PARA CONOCIMIENTO Y AMPLIA DIFUSION DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS

Informar pautas recibidas para la liquidación de las planillas de sueldos docentes Ley N°10579

A partir del 1 de Junio de 2019:

1.- Se fija el Sueldo Básico del Preceptor (Índice Escalafonario 1) en $ 8.189,00.-
2.- Se fija la bonificación remunerativa no bonificable establecida en el artículo 4° del Decreto N° 1145/18 (código 455) en $ 5.152,00.-
3.- Se fija la bonificación remunerativa establecida en el artículo 5° del Decreto N° 1145/18, bonificación para cargos con Índice escalafonario 1.1 (código 438) en $ 2.339,00.-
4.- Se fija la bonificación remunerativa para Directores y Vicedirectores establecida en el artículo 6° del PV-2019-23959135-GDEBA-DEGPDGCYE Decreto N° 1145/18 (código 456) en $ 619,00.-
5.- Se fija la bonificación remunerativa para Secretarios y Prosecretarios establecida en el artículo 7° del Decreto N° 1145/18 (código 668) en $ 372,00.-
6.- Se establece el monto de la Garantía Salarial: el valor vigente al 31/07/2008 calculado según Decreto N° 2794/08 artículo 8°, se incrementará en un 101,96%. –

A partir del 1 de Julio de 2019:

1.- Se fija el Sueldo Básico del Preceptor (Índice Escalafonario 1) en $ 8.710,00.-
2.- Se fija la bonificación remunerativa no bonificable establecida en el artículo 4° del Decreto N° 1145/18 (código 455) en $ 5.029,00.-

DIEGEP, 24 de julio de 2019.-
JUAN CRUZ RODRIGUEZ – Director