Últimas Modificaciones Impuesto a las Ganancias

Informamos a ustedes que por medio de la RG AFIP 4546, se reglamenta el Decreto 561/2019 del PEN, referido a ganancias de cuarta categoría.

Se incrementa un 20% el mínimo no imponible y la deducción especial, para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores.

El resto de las deducciones (cargas de familia, prima seguro de vida, gastos de sepelio, etc. no han sido incrementadas. El aumento del mínimo no imponible (MNI) repercute asimismo en los siguientes ítems:

  • Tope de Deducción por Personal de casas particulares: tope equivalente al MNI;
  • Tope de Deducción por Alquiler: tope equivalente al MNI;
  • Tope de Deducción por Gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones: tope 40% del MNI;
  • Exención de Material didáctico: hasta el 40% del MNI.-

Las diferencias que surjan en la liquidación por la aplicación de los nuevos importes, si generan una devolución a favor del empleado, deben ser reintegradas en dos cuotas iguales, en los meses de septiembre y octubre 2019, indicándolas en el recibo como “Beneficio Decreto 561/19”. Las deducciones acumuladas en los períodos septiembre – diciembre de 2019, según anexo I de RG AFIP 4546, son las siguientes:

El artículo 1 de ley 23272 refiere a las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.-

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