Adjuntamos a continuación el Calendario de Vencimientos correspondientes a la primera mitad del año 2020:

Por Resolución General AFIP Nº 4687 se determinó que serán tomados como pago dentro de los términos legales, aquellos que por Autónomos se paguen en las siguientes fechas:

CUIT FINALIZADO 0 – 1 – 2 – 3 Vencimiento 10/2
CUIT FINALIZADO 4- 5 – 6 Vencimiento 11/2
CUIT FINALIZADO 7 – 8 – 9 Vencimiento 12/2

Asimismo, durante el plazo comprendido entre el 1º de enero de 2020 y el 31/01/2020 estará vigente la feria fiscal, que implica que durante todo ese período no correrán los plazos para contestar intimaciones, recursos, impugnaciones y medidas similares. Sin embargo las presentaciones deberán hacerse en tiempo y forma manteniéndose los vencimientos originalmente establecidos. La excepción serán los vencimientos y pagos que se produzcan entre el 27/01/2020 y el 07/02/2020 que se prorrogarán automáticamente al día 14/02/2020 incluyendo las fechas de vencimiento (RG Nº 4687).

Categorías: Nación