La AFIP ha dictado la Resolución General Nº 4716 por el cual dispone la apertura del servicio ATP (en la propia AFIP) a partir del día 14/5/2020 hasta el día 21/5/2020, ambos días inclusive.

SITUACIÓN ESPECIAL DE LOS INSTITUTOS EDUCATIVOS PRIVADOS
Con relación al ATP del mes de abril y en la medida que el mismo hubiere sido otorgado y luego denegado, hacemos referencia a nuestra anterior comunicación donde dividíamos a aquellos que eran institutos sin aporte estatal y aquellos que eran institutos con aporte estatal.

Los institutos educativos sin aporte estatal, les será depositado el importe del 50% del salario neto de febrero, en las cuentas de cada uno de los trabajadores, probablemente entre el lunes y el miércoles de la semana próxima. Los institutos educativos con aporte estatal deberán completar una serie de datos contenidos en el Acta del Comité de Evaluación y Seguimiento del ATP. A la fecha se desconoce la fecha y forma de presentación de los mismos, motivo por el cual habrá que seguir esperando.

Insistimos que solo los institutos educativos que habían recibido el beneficio y luego se les denegara podrán completar este paso.

Con relación al ATP del mes de mayo, hay que inscribirse en la AFIP tal como se indica en los puntos generales anteriores y esperar las novedades de parte de la AFIP.

También aquí deberá respetarse la norma general de que la facturación de abril de 2020 no sea superior en un 5% a la facturación de abril de 2019.

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