Como consecuencia de la evolución favorable de la pandemia, se hace posible una mayor apertura de los establecimientos educativos. Los protocolos podrán ser modificados o ratificados conforme la evaluación que realicen las autoridades de Salud de las condiciones sanitarias.

A partir del 18 de diciembre se podrán ofrecer espacios de recreación estival según lo dispuesto por la normativa que prevé las particularidades de dichas actividades presenciales, resultando aplicable el «PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS COLONIAS DE VACACIONES DE VERANO» (descargar aquí), aprobado por Resolución N.° 32-SECDCI/2020 y avalado por el Ministerio de Salud por Nota N.° 29145914-GCABA-SSPSGER/2020 (descargar aquí) ante la solicitud del Ministerio de Educación vía Nota N.° 29141329-GCABA-SSCPEE/2020 (descargar aquí).

Considerando la singularidad del grupo etario del Nivel Inicial y que los protocolos ya existentes así como sus homologaciones y demás normativa continúan vigentes, las actividades recreativas de verano deberán encuadrarse teniendo en cuenta los siguientes lineamientos, avalados por el Ministerio de Salud por Nota N.° 29893778-GCABA-SSPSGER/2020 (descargar aquí) ante la solicitud del Ministerio de Educación vía Nota N.° 29885425-GCABA-DGEGP/2020 (descargar aquí), cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones:

• Los/as niños/as de 1 año y menores de 1 año (a la fecha de apertura de las actividades recreativas de verano) deberán organizarse en burbujas de hasta 5 niños/as y 1 o 2 adultos/as.
• Los/as niños/as a partir de los 2 años deberán organizarse en burbujas de hasta 12 integrantes.
• La asistencia podrá ser de medio turno o de turno completo.
• Los/as niños/as que deben dormir en espacio cubierto, podrán hacerlo en un aula, sala u otro local siempre que cuente con suficiente ventilación natural. Se prohíbe el uso de acondicionadores de aire a puertas cerradas.
• Para el descanso, los/as niños/as deberán proveer sus propias sábanas y, en caso de utilizar cuna o colchoneta, no deberá ser compartida con otro/a niño/a sin antes cumplir con su desinfección.
• Los/as niños/as deberán llegar al espacio de recreación con protector solar y repelente para mosquitos ya colocados por la familia. Se reforzará cada 3 horas en el jardín, con lavado de manos previo y posterior a la colocación de protector a cada niño/a.
• No se permite la exposición directa al sol en el horario comprendido entre las 12 y las 15 h.
• El cambiado de ropa y pañales deberá realizarse con cuidados básicos como tapabocas y aseo de manos. Deberá realizarse la desinfección de espacios en forma previa y posterior a la asistencia del niño/a. Las toallas deberán ser propias de el/la niño/a y deberán llevarse al hogar todos los días para que regresen limpias.

En el caso de utilizarse una pileta, además de lo dispuesto por el «PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ACUÁTICAS EN NATATORIOS PÚBLICOS Y/O PRIVADOS AL AIRE LIBRE PARA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS DE COVID-19», aprobado por Resolución N.° 29-GCABASECDCI/2020, o el que en un futuro lo reemplace, se deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición N.° 1/DGFYC/DGHP/DGEGP/2008 (descargar aquí).

La verificación de las pautas establecidas en el protocolo y los lineamientos mencionados se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que integran cada grupo.

Les recordamos que están exceptuados/as de concurrir aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

Las instituciones que ofrezcan actividades recreativas de verano deberán informar antes del 18 de diciembre al supervisor/a del RIEA, enviando una nota firmada (descargar aquí modelo) a través de un correo electrónico, y especificando la fecha de apertura de dichas actividades.

Es importante tener en cuenta que las instituciones educativas asistenciales deberán contar con la correspondiente declaración de conocimiento y aceptación de los protocolos y los lineamientos citados, firmada por el/la responsable de cada niño/a que asista a las actividades recreativas de verano (descargar aquí modelo).

A los fines de optimizar el vínculo y brindar una rápida respuesta ante la consulta de casos por parte de los equipos directivos escolares, el equipo del Comité Operativo de Emergencia – COE COVID del Ministerio de Salud del GCABA diseñó un formulario a los fines de realizar la evaluación de riesgos correspondiente a la situación que se va a reportar, que deberá ser completado exclusivamente por el/la directivo/a o referente institucional: COVID-19 – Formulario para el reporte y acompañamiento de las instituciones escolares ante la aparición de casos.

Estaremos atentos/as para informarlos/as de cualquier cambio que sea requerido por el Ministerio de Salud.

DGEGP – Ministerio de Educación – Ciudad de Buenos Aires
Saludamos a Uds. muy atentamente

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