Declaración Jurada Becas 2019

A los Institutos con aporte estatal:

Desde el día 8 de mayo de 2019, se encuentra habilitado el sistema para la carga de la Declaración Jurada de Becas. Se debe ingresar a la misma a través del SINIGEP con usuario administrativo (característica y contraseña). Todos los institutos que reciben aporte estatal deben completar el formulario de becas de acuerdo al Anexo I de la Disposición 66/2011. Una vez completado deben imprimir el formulario y presentarlo en Mesa de Entradas. Asimismo, recordamos que, en el instituto deberán tener a disposición de los Supervisores de Organización Escolar lo siguiente:

-A. El Anexo I con el número de Actuación y fecha en la que fue presentado.
-B. Los criterios utilizados para el otorgamiento de becas (reglamento de becas).
-C. La nómina de los alumnos becados por nivel, indicando el porcentaje de beca otorgado a cada alumno, el curso al que pertenece y el total final de porcentaje de becas en cada nivel, tal como se establece en el Anexo II de la Disposición 66/2011.
-D. Recibos de aranceles de los alumnos becados

Les recordamos tal como lo establece la Agenda Educativa, que la fecha tope de la presentación es el viernes 31 de mayo de 2019 y debe efectuarse en Mesa de Entradas de esta Dirección General en el horario de 10 a 14 hs.
IMPORTANTE: Todos los institutos deben presentar esta DDJJ bajo los procedimientos vigentes. No se admitirán presentaciones en otro formato.

Pueden descargar los archivos adjuntos haciendo click aquí.

Atentamente.
Equipo de Supervisión de Organización Escolar

Lic. Beatriz Jáuregui
Directora General
Dirección General de Educación de Gestión Privada

 

 

JUBILACIÓN DIGITALIZADA

COMUNICACIÓN N°76
JEFATURAS DE REGIÓN 1 A 25
COMUNIDAD EDUCATIVA EN GENERAL:

Como continuación de las acciones de digitalización iniciadas en cumplimiento del DECTO-2018-241-GDEBA-GPBA y la RESFC2019-2009-GDEBA-DGCYE (que en esta Dirección se vieron reflejadas en las Comunicaciones N°68 y 71), se pone en conocimiento de toda la comunidad que únicamente para los casos de trámites ya iniciados ante el Instituto de Previsión Social que cuenten con turno de atención ya otorgado para los meses de junio, julio y agosto 2019, se implementará el Certificado de Cese con el compromiso de iniciar el trámite en forma Digital (de acuerdo al modelo que se adjunta).

El formulario se presentará en esta Dirección, que únicamente lo recepcionará para certificar la firma del representante legal del establecimiento y que luego del formulario sea entregado por el interesado al IPS.

El día del turno, el Instituto de Previsión Social recibirá el formulario (además de la documentación que dicho organismo reglamentariamente exija), y el trámite en formato papel quedará a la espera de la Certificación Digital, con la cual luego continuarán las actuaciones en los términos ya indicados en la Comunicación Nº 71.

Se acompaña a la presente, en forma digital, el modelo de formulario de cese, el Instructivo Plataforma SAP-DIEGEP (emanado de IPS) y el Instructivo Plataforma GLPI para Representantes Legales (elaborado por DIEGEP).

Atentamente.
DIRECCIÓN DE EDUCACION DE GESTIÓN PRIVADA.
JUAN CRUZ RODRIGUEZ

AUMENTO DE ARANCELES INSTITUTOS PRIVADOS CON APORTE ESTATAL

Informamos a Uds. que la DIEGEP a través de la Comunicación Nº 70 ha autorizado un incremento en los aranceles de los institutos educativos privados con aporte estatal. Dicho aumento se plasmará en una suma fija pero relacionada con el nivel educativo y el porcentaje de aporte que cada establecimiento tenga.-

El incremento tiene vigencia desde marzo, motivo por el cual de aplicar el presente aumento en las cuotas del mes de mayo surgirán dos retroactivos: uno por marzo y otro por abril.-

Sugerimos que la suma de ambos retroactivos se distribuya uniformemente entre las cuotas restantes, con el objeto de no cargar demasiado las primeras cuotas.- Los anticipos serán los siguientes:

La forma de aplicación es muy sencilla.- Los establecimientos educativos adicionarán a sus actuales cuotas curriculares el valor del anticipo que les correspondiera.- Obviamente surgirá una nueva cuota curricular, la cual implicará un aumento proporcional en la cuota extracurricular (20% de la cuota curricular por cada unidad de enseñanza que se preste (módulo de 40’). Asimismo se incrementará la cuota de mantenimiento ((cuota curricular + cuota extracurricular) / 10) y la cuota de equipamiento didáctico (misma fórmula que la anterior).

Aconsejamos que los aumentos se apliquen en su totalidad.- Si algún colegio viera necesario percibir una cuota inferior a la teórica por cuestiones comerciales, deberá llegar a aquel valor generando una bonificación, lo cual permitiría más adelante reducir la misma para ver incrementado el ingreso neto.- De todas formas y atento el contexto económico nacional nos parece que los institutos educativos deben aplicar el aumento sin bonificación alguna. Por otro lado hacemos notar que será muy difícil que haya un nuevo aumento arancelario hasta que finalicen las elecciones de este año, motivo por el cual deberán adoptar las previsiones presupuestarias que estimaran correctas.-

AUMENTO SALARIAL DOCENTE A PARTIR DEL 1 DE MARZO 2019

Transcribimos Comunicación N° 67 recibida de la DIEGEP
DESTINATARIOS: Jefaturas de Región 1 a 25

PARA SU CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN A LOS SERVICIOS EDUCATIVOS
Informar pautas recibidas para la liquidación de las planillas de sueldos a percibir con el mes de Abril de 2019.

A partir del 1° de Marzo de 2019:

1. Se fija en pesos siete mil quinientos uno ($7.501) el sueldo básico del Preceptor, correspondiente al índice escalafonario 1.

2. Se fija en pesos cuatro mil quinientos veintinueve ($4.529) la bonificación remunerativa no bonificable (código 455) establecida en el artículo 4° del Decreto N° 1145/18.

3. Se fija en pesos dos mil ciento treinta y seis ($2.136) la bonificación remunerativa para cargos con índice escalafonario 1.1 (código 438) prevista en el artículo 5° del Decreto N° 1145/18.

4. Se fija en pesos quinientos sesenta y seis ($566) la bonificación remunerativa por índice escalafonario (código 456) establecida en el artículo 6° del Decreto N° 1145/18 para los Directores y Vicedirectores que presten funciones en Establecimientos Educativos.

5. Se fija en pesos trescientos cuarenta ($340) la bonificación remunerativa no bonificable por índice escalafonario (código 668) establecida en el artículo 7° del Decreto N° 1145/18 para los cargos de Secretario y Prosecretario que presten funciones en Establecimientos Educativos.

Departamento Establecimientos e Inspecciones, DIEGEP, La Plata 25 de abril de 2019.
Firman: Juan Cruz Rodríguez – Director
Miriam Lizaur – Jefa de Departamento Liquidaciones

INSCRIPCIÓN/ACTUALIZACIÓN ON-LINE EN EL REGISTRO FEDERAL DE INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL

DGEGP INFORMA N° 1879

Estimadas Autoridades de los Institutos de Nivel Superior Técnico

Enviamos información MUY IMPORTANTE correspondiente a la inscripción / actualización en el Registro Federal de Instituciones de Educación Técnico Profesional (RFIETP) correspondiente al ciclo 2019 que nos hicieran llegar desde la Dirección Nacional de Asuntos Federales del INET.

Para descargar el Manual del Usuario haciendo aquí.

Nota de la Dirección Nacional de Asuntos Federales del INET:
Estimados/as Referentes Técnico Políticos:

Desde la Dirección Nacional de Asuntos Federales enviamos este correo en relación al nuevo procedimiento de carga on line para la actualización de información del Registro Federal de Instituciones de Educación Técnico Profesional (RFIETP) correspondiente al ciclo 2019.

Les recordamos que las Instituciones que ya se encuentren inscriptas en el RFIETP deberán actualizar la información institucional y de los planes de estudio brindados. Se podrá acceder desde el link www.rfietp.educacion.gob.ar y/o desde la Web del INET – www.inet.edu.ar.

La nueva carga de información se realizará en dos etapas:

  • El lunes 06/05 se habilitará el acceso a todas las Instituciones de nivel secundario técnico y a todos los Institutos Superiores Técnicos.
  • El lunes 20/05 podrán comenzar a actualizar su información todos los Centros de Formación Profesional y a las Instituciones de Otro Nivel y modalidad.

Para todos los establecimientos que posean usuario SITRARED el acceso a la plataforma se realizará de manera automática ingresando su nombre de usuario y contraseña. Los establecimientos que no poseen usuario SITRARED deberán solicitar su nuevo usuario al INET.

Los establecimientos que al 06 de mayo de 2019 NO se encuentran inscriptos en el RFIETP y cumplan con todos los requisitos establecidos en la Ley 26.058 (Ley de Educación Técnico Profesional) y sus respectivas resoluciones, deberán continuar con el envío de los formularios para la inscripción al RFIETP, a sus referentes jurisdiccionales para que sean evaluados; y luego las jurisdicciones enviarán dichas solicitudes de ingreso al INET donde se realizará una segunda evaluación para el ingreso definitivo al RFIETP.

  • Adjuntamos el instructivo con la información y procedimiento de los usuarios institucionales y jurisdiccionales.
  • Ante los posibles inconvenientes y/o dudas que el nuevo sistema de carga on line pueda generar en los diferentes usuarios, se habilitarán los siguientes canales de consulta, vía e-mail a: rfietp.inet@educación.gob.ar o comunicándose telefónicamente al 0114129-2000 interno 4032.

Agradecemos su colaboración. Cordiales saludos.

Lic. María José Licio Rinaldi
Directora Nacional de Asuntos Federales – Instituto Nacional de Educación Tecnológica
Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación
Tel. (+54) 11 4129 -2043 Saavedra 789 (C1229ACP) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires www.inet.edu.ar

OPERATIVO APRENDER 2018

COMUNICACIÓN DIEGEP N° 57/19

JEFATURAS DE REGIÓN 1 A 25
ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR

Se pone en conocimiento de todos los establecimientos educativos de gestión privada que frente a cualquier consulta, duda o inconveniente respecto a los resultados de la Pruebas Aprender, realizadas por el Ministerio de Educación Nacional, podrán remitirse a: resultadosaprender@abc.gob.ar

Atentamente.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
Dr. JUAN CRUZ RODRIGUEZ – DIRECTOR

Resolución N° 2341/MEIGC/2019 y Cambios de Informes Pedagógicos

DGEGP INFORMA N° 1875

Les enviamos la Resolución N° 2341/MEIGC/2019, firmada por la Lic. Maria Soledad Acuña, Ministra de Educación e Innovación de la Ciudad de Buenos Aires, la cual autoriza la cobertura de interinatos y suplencias para cargos docentes de idiomas en establecimientos de gestión estatal para el Nivel Primario y Secundario, por parte de estudiantes avanzados de las carreras de Profesorados en Idiomas para Nivel Primario y Secundario de gestión estatal y privada, con reconocimiento oficial. Pueden descargar la Resolución N° 2341/MEIGC/2019 y su Anexo, haciendo click aquí.

Atentamente,
Lic. Beatriz Jáuregui – Directora General
Dirección General de Educación de Gestión Privada

 

Cambios – Informes Pedagógicos – IP
DGEGP INFORMA N° 1876

Les comunicamos que a partir del ciclo lectivo 2019 los Informes Pedagógicos correspondientes a todos los niveles educativos serán descargados a través del SINIGEP, ingresando con el usuario pedagógico del nivel.

Al momento de la aprobación se enviará un correo electrónico comunicando la disponibilidad del documento.

En la pantalla de inicio, dentro del recuadro “Documentos” se deberá clickear sobre el mencionado IP registrándose de esta manera la notificación de la escuela.

Cabe aclara que dicho documento estará disponible en todo momento para su consulta, descarga y/o impresión.

Este nuevo procedimiento tiene como objetivo, agilizar y digitalizar el trámite evitando el uso innecesario de papel.

Atentamente,
Prof. Baruj Zaidenknop – Director Pedagógico
Dirección General de Educación de Gestión Privada

Lic. Beatriz Jáuregui – Directora General
Dirección General de Educación de Gestión Privada

Transcripción de la Disposición N° 82/DGEGP/19

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
«2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires»

Disposición Número: DI-2019-82-GCABA-DGEGP Buenos Aires, lunes 8 de abril de 2019 Referencia: S/Designación Coordinador de Supervisión Técnico Pedagógica VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nº 684/09, N° 363/15 y sus modificatorios y N° 92/19 y las Disposiciones N° 90-DGEGP/16, Nº 342-DGEGP/16, Nº 446-DGEGP/16, Nº 449-DGEGP/16, Nº 230-DGEGP/17, Nº 391-DGEGP/17 y N° 55-DGEGP/18, y

CONSIDERANDO:
Que por la Ley 5460 se aprobaron las funciones y objetivos de cada uno de los Ministerios que asisten al Jefe de Gobierno de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere a cada uno de ellos; Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que Por Decreto N° 92/19 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinando sus objetivos y responsabilidades primarias hasta el nivel de Direcciones Generales;
Que oportunamente esta Dirección General se ha determinado la organización interna de esta dependencia, la cual refleja la forma en que se encuentra organizado el trabajo del organismo hasta su aprobación definitiva por la norma correspondiente;
Que, asimismo, cuando así ha sido necesario se ha procedido a la asignando de personal a las funciones de coordinación de cada uno de estos espacios;
Que mediante Disposición Nº 449-DGEGP/16 se han establecido las funciones a cargo de los coordinadores de supervisión de este organismo;
Que recientemente la Profesora PENA, Claudia Marcela, se ha acogido al beneficio jubilatorio quedando vacante la función de Coordinación de Supervisión Técnico Pedagógica;
Que resulta necesario asignar las funciones correspondientes a los fines de posibilitar la continuidad del servicio que presta esta dependencia. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA DISPONE

Artículo 1°. – Desígnase a partir de la fecha al Prof. MARTÍNEZ WALTOS, Fernando Marcelo, DNI 16.492.470 como Coordinador de Supervisión Técnico Pedagógica en reemplazo de la Prof. PENA, Claudia Marcela.
Artículo 2°. – La presente disposición no implican mayor erogación presupuestaria.
Artículo 3°. – Comuníquese a todas las áreas de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, notifíquese por medio electrónicos a las instituciones educativas de gestión privada en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Lic. Beatriz Jáuregui – Directora General
D.G. DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA (SSCPEE)

Incremento de los aranceles de los institutos educativos privados con aporte estatal

Nos dirigimos a Uds. con el objeto de informarles que la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires ha dispuesto un incremento en el valor de los aranceles máximos autorizados a percibir por cada uno de los institutos educativos que reciben aporte estatal.- Este incremento será del 14.50% (catorce coma cincuenta centésimos por ciento) y será retroactivo al 1º de marzo de 2019 y se aplicará sobre los aranceles máximos vigentes a aquella fecha. Se remite Anexo I donde se podrán ver los aranceles máximos autorizados según porcentaje de aporte estatal y nivel educativo.-

Dado que a la fecha los institutos educativos han ya informado y/o percibido las cuotas con vencimiento en el mes de abril, deberán cobrar el retroactivo de marzo y abril. Aconsejamos que este valor sea distribuido entre las cuotas restantes hasta el final del presente año lectivo, a fin de evitar variaciones muy significativas de la cuota mensual.

La cuota de mantenimiento también deberá ser actualizada a partir del mes de mayo de 2019 bajo la siguiente fórmula: (nueva cuota curricular mensual + nueva cuota extracurricular mensual) / 9 o 10 según se hubiere percibido en marzo y abril. Recordamos que la aludida cuota de mantenimiento no podía percibirse en menos de nueve cuotas mensuales. Los institutos educativos deberán informar por nota a las familias indicando el valor de la nueva cuota, el valor de la cuota de mantenimiento y la forma en que percibirán los retroactivos de marzo y abril. Asimismo el Anexo I que se acompaña deberá ser puesto en la cartelera de la institución a disposición de los progenitores. En algunos días más remitiremos un proyecto de nota a los padres.

Hasta día 10 de mayo de 2019 los establecimientos educativos deberán presentar en la DGEGP la declaración jurada con los nuevos valores arancelarios y demás detalles de los mencionados en el párrafo anterior.

Aranceles Ciclo Lectivo 2019 – Disposición N° 81-DGEGP/19

A los Representantes y Apoderados Legales de las escuelas de todos los niveles con aporte gubernamental: Les hacemos llegar la Disposición N° 81-DGEGP/19, sobre aranceles máximos por categoría de las Escuelas Públicas de Gestión Privada que perciben aporte estatal para el ciclo lectivo 2019.

 DESCARGAR DISPOSICIÓN N° 81-DGEGP/19

Atentamente,
Lic. Beatriz Jáuregui – Directora General
Dirección General de Educación de Gestión Privada