A los efectos informativos y consecuentes medidas de prevención y procedimentales en cada establecimiento, se adjunta el Acuerdo Paritario recientemente firmado por la DGCyE y el Frente Gremial Docente para encuadrar los temas de referencia.
ASIGNACIONES FAMILIARES PERSONAL CURRICULAR
Los topes salariales para el mes de Marzo 2023 serán los siguientes:
→ Tope mínimo $14908 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)
→ Tope máximo individual $404062
→ Tope máximo del grupo familiar $808124 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)
Por lo tanto, si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $404062 ese grupo familiar está excluido de la percepción de asignaciones, aun cuando la suma de sus ingresos conjuntos no supere el tope máximo de $808124
SALARIOS DOCENTES MARZO, MAYO Y JULIO 2023
Se transcribe la grilla salarial aprobada para los docentes bonaerenses que rige desde el presente mes. En base a los porcentajes de aumento, se fijarán nuevos topes arancelarios para el próximo mes de abril, para los colegios subvencionados.
(*) Se incorpora a los Aportes del Gobierno Nacional los incrementos acordados en la Paritaria Nacional Docente celebrada el día 17 de febrero de 2023:
1. Incremento del FONID a partir del primero de marzo de 2023 , fijando la suma de FONID TOTAL en PESOS QUINCE MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS ($15.186.-), que se componen de la siguiente
manera: FONID $ 10.436 + Conectividad/ Mat. Didáctico $ 4.750.
2. Incremento del FONID a partir del primero de julio de 2023 , fijando la suma de FONID TOTAL en
PESOS DIECISEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ($16.154.-), que se componen de la siguiente manera: FONID $ 11.404 + Conectividad/ Mat. Didáctico $ 4.750
AUTORIZACIÓN DE INCREMENTO DE ARANCELES
Se adjunta la comunicación oficial PV-2022-36652265-GDEBA-DLHRYAEPDGYE por la cual se legaliza definitivamente el aumento de aranceles aprobado para el mes de noviembre y el mes de diciembre del corriente año. Como elemento importante de la misma, podemos informar que los aranceles del mes de noviembre de 2022 deberán informarse por los canales habituales (F1) hasta el día 30 de noviembre. Próximamente informaremos el link para poder presentar en forma on line la información.
ASIGNACIONES FAMILIARES – PERSONAL CURRICULAR DOCENTE – SEPT/DIC 2022
Los topes salariales para el mes de septiembre serán los siguientes:
→ Tope mínimo $10090 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)
→ Tope máximo individual $158366
→ Tope máximo del grupo familiar $316731 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)
Por lo tanto, si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $158366.00 ese grupo familiar está excluido de la percepción de asignaciones, aun cuando la suma de sus ingresos conjuntos no supere el tope máximo de $316731.00
La tabla para el mes de septiembre será la siguiente:
Los topes salariales para el mes de octubre serán los siguientes:
→ Tope mínimo $10594 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)→ Tope máximo individual $158366
→ Tope máximo del grupo familiar $316731 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)
La nueva tabla para el mes de octubre será la siguiente:
Los topes salariales para el mes de noviembre serán los siguientes:
→ Tope mínimo $11099 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)
→ Tope máximo individual $158366
→ Tope máximo del grupo familiar $316731 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)
La nueva tabla para el mes de noviembre será la siguiente:
Los topes salariales para el mes de diciembre serán los siguientes:
→ Tope mínimo $11981 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)
→ Tope máximo individual $158366
→ Tope máximo del grupo familiar $316731 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)
La nueva tabla para el mes de diciembre será la siguiente:
INCREMENTO SALARIAL DOCENTE – PBA
Noviembre 2022
→ Sueldo básico de preceptor (testigo, índice 1) pasa a $40330
→ La bonificación remunerativa no bonificable (bajo el concepto Decreto 1291/19 art. 4 inc b) y Resolución 235/2020 MHYFGP art. 1°inc. b) y modificatorio en trámite), cuyo código es 45.5 pasa a $18921
→ Bonificación remunerativa no bonificable para los cargos de índice escalafonario 1.1 (código 43.8 Decreto 1291/19 art 4º inc c y modificatorios) pasa a $16737.
Estas modificaciones representan en promedio un aumento del 4.61% respecto al mes anterior
ALGUNAS CONSIDERACIONES GENERALES: El incremento del básico testigo incide
también en el cálculo de las bonificaciones por tarea diferenciada. (Se relacionan con el
básico de preceptor)
Ejemplo:
Diciembre 2022
→ Sueldo básico de preceptor (testigo, índice 1) pasa a $43520
→ La bonificación remunerativa no bonificable (bajo el concepto Decreto 1291/19 art. 4 inc
b) y Resolución 235/2020 MHYFGP art. 1°inc. b) y modificatorio en trámite), cuyo código es 45.5 pasa a $20291
→ Bonificación remunerativa no bonificable para los cargos de índice escalafonario 1.1 (código 43.8 Decreto 1291/19 art 4º inc c y modificatorios) pasa a $17187
→ Bonificación remunerativa no bonificable (Directores y Vicedirectores), cuyo código es 456 pasa a $2407
→ El FONID pasa a $6173
→ Bonificación para preceptores pasa a 75,5%
→ Bonificación extraordinaria Material Didáctico / Conectividad: se adiciona por única vez con salarios diciembre 2022 la suma de 1800
Estas modificaciones representan en promedio un aumento del 8.68% respecto al mes
anterior
ALGUNAS CONSIDERACIONES GENERALES: El incremento del básico testigo incide
también en el cálculo de las bonificaciones por tarea diferenciada. (Se relacionan con el
básico de preceptor)
Ejemplo:
PLAN DE PAGOS DEUDAS PREVISIONALES
En el marco de las tareas de verificación de la Dirección de Recaudación y Fiscalización, se detectan diversos incumplimientos por parte de los empleadores propietarios de EEP a sus obligaciones previsionales, algunas fundamentadas en los inconvenientes que trajo aparejada la situación sanitaria de público conocimiento y otras que resultan, no solo de no efectuar los pagos en tiempo y forma, sino también de atraso injustificado en la presentación de la documentación respaldatoria, conforme lo establecido en el Decreto-Ley 9650/80 y modificatorias, artículo 10 – OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR.
Este nuevo Plan de Pagos, pretende abordar las deudas de una manera integral, con beneficios de reducción que contemplan lo anteriormente indicado y opciones de cancelación que permitan a los EEP, tener al día, tanto el plan, como las obligaciones mensuales posteriores.
Este IPS, inicia acciones de recupero por la vía judicial a los niveles deudores, con las consecuentes costas judiciales, por lo que se solicita, dar amplia difusión a la presente información, para que aquellos colegios que se encuentran en situaciones de deuda, adhieran al presente plan y eviten inconvenientes a futuro.
1) DEUDA A REGULARIZAR
→ Aportes, contribuciones, intereses y/o multas, adeudados por los EEP.
→ Planes anteriores de cuota fija firmes, vigentes o decaídos.
→ Deuda reclamada mediante juicio de apremio (previa cancelación de honorarios y costas) o que se encuentre en etapa prejudicial y concursal.
2) PLAZO DE ADHESIÓN
→ Hasta el 31 de agosto de 2023, ante el Departamento Recursos Entes No Oficiales
3) DEDUCCIONES
La deuda calculada en concepto de reprogramación del plan establecido por Resolución HD
IPS 311/21 y su prórroga, tendrá un beneficio de reducción en los intereses del 70%.
4) CANCELACIÓN DE LA DEUDA
5) VENCIMIENTO DE LAS CUOTAS y PAGO
→ El pago de las cuotas operará los días 20 o hábil anterior y el pago será mediante débito directo.
6) DECAIMIENTO DEL PLAN
→ Cuando se verifique el incumplimiento total o parcial de 4 (cuatro) obligaciones mensuales normales posteriores al plan, y/o de 3 (tres) cuotas del plan.
7) FALTA DE ADHESIÓN
→ Se determinará la deuda de oficio.
→ Cobro ejecutivo por vía de apremio.
Vencido el plazo de adhesión, quedará el Plan establecido por Resolución HD IPS 311/21,
prorrogado por resolución 5792/22, como un Plan permanente.
→ Resolución 10980/2022 – GDEBA – IPS
→ Plan de Pagos Deudas Previsionales
La Plata, 20 de octubre de 2022
Rosana Etcheverry
Jefe Departamento Recursos Entes No Oficiales
Sin otro particular saludamos atentamente
ÍNDICE SALARIAL PERSONAL DOCENTE – LEY Nº 10.579
Se adjunta nuevos índices salariales acordados para personal curricular:
REGISTRO DE INSTITUCIONES DE ETP
En los links adjuntos podrá accederse a la Comunicación Conjunta 1/22 de las Direcciones de ETP, DIEGEP y otras, por la que se habilita el Registro de Instituciones de ETP, el que deberá llevarse a cabo según el Instructivo que se acompaña.
→ Comunicación Conjunta 1/22
→ Manual de Usuario
Sin otro particular saluda atentamente
PRESENTACIÓN DDJJ DE ARANCELES JULIO Y SEPTIEMBRE 2022
JEFATURAS DE REGIÓN 1 A 25 – GESTIÓN PRIVADA ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR
Para su conocimiento y difusión a los servicios educativos:
De acuerdo a la PV-2022-19865375-GDEBA-DLHRYAEPDGCYE, se instrumenta la presentación para los servicios educativos de gestión privada con aporte estatal de la Declaración Jurada de Aranceles (F1) correspondiente a los meses de julio y septiembre del ciclo lectivo 2022 en las Jefaturas Regionales, hasta el día 31 de julio del corriente año. La información vinculada al mes de diciembre se solicitará oportunamente.
Para ello deberá requerirse a los servicios educativos de todas las modalidades y niveles que remitan por correo electrónico la documentación habitual debidamente suscripta por el Representante Legal, pero en formato digital (PDF), legible y en archivo adjunto identificando la clave del establecimiento y el periodo correspondiente (por ejemplo el colegio de La Plata DIEGEP 0019 nombrará sus archivos: F1-4001PP0019-julio 2022 y F1-4001PP0019- septiembre 2022) al correo electrónico que cada Jefatura de Región determine (deberá informarse junto con esta comunicación). Asimismo, las entidades deben conservar en su poder la documentación en papel, la cual podrá ser requerida para regularizar el proceso habitual según lo establece la Resolución N° 34/17.
Se solicita a su vez completar los Formularios Digitales que se encuentran habilitados a tal fin. Deberá requerirse a los servicios educativos de todas las modalidades y niveles que accedan mediante los links https://forms.gle/ 5Yj4iEueGoKX919L7 para informar los aranceles vigentes
a partir de julio 2022, y https://forms.gle/ WMEsSxCJz4tURBXx6 para informar los aranceles vigentes a partir de septiembre 2022, a los efectos de completar los datos solicitados.
Una vez finalizado cada formulario recibirá una constancia del contenido del mismo al mail declarado; este mail deberá adjuntarse como PDF junto a la declaración jurada F1 enviada a las Jefaturas. Se aclara que este formulario on line NO reemplaza la presentación en formato PDF al correo electrónico de las Jefaturas de Región, sino que forma parte de la misma.
Se solicita a los servicios educativos que no cuenten con aporte estatal y aquellas modalidades y niveles no alcanzados por la Resolución N° 34/17 ingresen al link y efectúen la carga de los datos; de esta manera lograremos contar con información completa, oportuna y representativa específica del sector. En caso de existir dudas al respecto puede comunicarse al correo cooradmdipregep@abc.gob.ar
Saludos Cordiales.
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