Se transcribe a continuación el cuadro recibido de la DGCyE con el que se liquidarán los sueldos de referencia.

Se transcribe a continuación el cuadro recibido de la DGCyE con el que se liquidarán los sueldos de referencia.
Transcribimos la Resolución de Firma Conjunta de la DGCYE que aprueba los topes arancelarios diciembre 2021 y marzo 2022.
VISTO el EX 2021-31557875-GDEBA- SDCADDGCYE, y las resoluciones N° 34/2017 y RESFC2020-2631-GEDBA-DGCYE de esta Dirección General de Cultura y Educación,
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución N° 34/2017 establecieron en su Anexo I los topes arancelarios para la enseñanza curricular aplicables para los servicios educativos con aporte estatal;
Que, la RESFC-2017-1686-E-GEDBA-DGCYE modificó el Anexo I de la Resolución 34/2017 y adecuó los topes arancelarios de la enseñanza curricular para el Ciclo Lectivo 2018;
Que, por RESFC-2018-2381-E-GEDBA-DGCYE se modificó el artículo 2° de la Resolución 34/2017 a partir del Ciclo Lectivo 2019;
Que, la RESFC-2019-6701-GEDBA-DGCYE modificó el Anexo I de la Resolución 34/2017, modificado por RESFC-2017-1686-E-GDEBA-DGCYE y actualizó los topes arancelarios de la enseñanza curricular para el Ciclo Lectivo 2020;
Que, la RESFC-2020-2631-GEDBA-DGCYE modificó el Anexo I de la Resolución 34/2017 y sus modificatorias y actualizó los topes arancelarios de la enseñanza curricular para el Ciclo Lectivo 2021;
Que, finalmente, la RESFC-2021-1509-GEDBA-DGCYE actualizó los topes arancelarios de la enseñanza curricular para el Ciclo Lectivo 2021;
Que, resulta necesario actualizar los valores de los topes arancelarios para los meses de diciembre 2021 y marzo 2022, a los fines del sostenimiento de los establecimientos educativos;
Que, la actualización de los topes arancelarios tiene como referencia los incrementos paritarios del año 2021 y una estimación para el inicio del ciclo lectivo 2022;
Que, por el artículo 2 de la RESFC-2021-1509-GEDBA-DGCYE, los establecimientos educativos que reciben entre el CUARENTA POR CIENTO (40%) y el OCHENTA PORCIENTO (80%) de aporte estatal y cuyos aranceles de enseñanza curricular se encuentran por encima de los aranceles establecidos por la RESOC-2020-2631-GEDBA-DGCYE deben identificar en su recibos oficiales dicha diferencia bajo la denominación de “cuota residual”, manteniendo su valor nominal, no pudiendo incrementar esa diferencia respecto de la que resulte en marzo 2021, y
debiendo dicha diferencia ser absorbida por cada variación en el arancel de enseñanza curricular en un DIEZ PORCIENTO (10%) de la cuota residual;
Que, de acuerdo al considerando precedente, los servicios educativos mencionados deben haber absorbido un 10% del valor nominal de la “cuota residual” con cada uno de los incrementos autorizados a la fecha (abril 2021, julio 2021 y septiembre 2021), y deberán realizar la misma absorción con los incrementos que se autorizan por la presente medida (diciembre 2021 y marzo 2022)
Que, por el artículo 3 de la RESFC-2021-1509-GEDBA-DGCYE los establecimientos educativos que reciben el CIEN POR CIENTO (100%) de aporte estatal podrán mantener a sus valores nominales la “cuota residual especial” que haya resultado de la diferencia entre el tope para el arancel de enseñanza curricular establecido en el Anexo I de la Resolución Nº 34/2017 de la Dirección General de Cultura y Educación y el que se encontraban percibiendo a dicha fecha. Esta cuota deberá identificarse en el recibo oficial en forma separada bajo la denominación de “cuota residual especial”.
Que, a los fines de un adecuado seguimiento de la aplicación de la presente medida, los establecimientos educativos deberán informar antes del 20 de diciembre de 2021 el valor de sus aranceles para los períodos diciembre 2021 y marzo 2022 a través del procedimiento de comunicación que a tales efectos establezcan la Dirección de Liquidaciones Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada y la Dirección de Educación de Gestión Privada;
Que asimismo corresponde facultar a la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos, a través de la Dirección de Liquidaciones Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada, a fiscalizar el cumplimiento de la presente resolución y de lo dispuesto por la Resolución Nº 34/2017 de la Dirección General de Cultura y Educación;
Que, en orden 15 la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada manifestó que en el marco de lo Consejo Consultivo de Educación de Gestión
Privada se solicitó en el mes de octubre la convocatoria al Comisión de Aranceles a los fines de revisar los aranceles aplicables a partir del mes de diciembre de 2021, con el objetivo de adecuar los aranceles al incremento salarial;
Que de esa convocatoria y del análisis realizado por esa Dirección surgió la propuesta que se plasma en el presente acto administrativo;
Que en orden 5 la Subdirección Técnico Pedagógica manifestó que las Asociaciones ADEEPRA – AIEPBA – CEC- CECE- FECEABA y ACIDEPBA, quienes se encontraban presentes en la reunión llevada a cabo el día 1 de diciembre de 2021, brindaron conformidad en el Acta de la Reunión de Comisión de Aranceles.
Que en orden 6 se agregó la “Comunicación sobre incremento de aranceles para establecimientos educativos de gestión privada de la provincia de Buenos Aires que reciben aporte estatal de la Dirección General de Cultura y Educación
Que en orden 11 la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos propició el dictado de la presente medida;
Que en virtud de todo lo expuesto, resulta necesario adecuar los topes arancelarios aprobados por Resolución 34/17 y sus modificatorias para el fin del Ciclo Lectivo 2021 y comienzo del Ciclo Lectivo 2022;
Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 69° incisos c), e), f) y l) de la Ley de Educación Provincial N° 13.688, resulta procedente el dictado del presente acto administrativo;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Establecer a partir del 1º de diciembre del 2021 los topes arancelarios de la enseñanza curricular para el mes de diciembre del Ciclo Lectivo 2021 de acuerdo al Anexo I que como IF-2021-31658713-GDEBA-SSAYRHDGCYE se adjunta a la presente.
ARTÍCULO 2°. Establecer los topes arancelarios de la enseñanza curricular para el inicio del Ciclo Lectivo 2022 de acuerdo al Anexo II que como IF-2021-31658717-GDEBA- SSAYRHDGCYE se adjunta a la presente.
ARTÍCULO 3º. Continuar con los parámetros establecidos en el Artículo 2° de la RESOC-2021- 1509-GDEBA-DGCYE relativo a la “cuota residual” para los establecimientos educativos que reciben entre el CUARENTA POR CIENTO (40%) y el OCHENTA POR CIENTO (80%) de aporte estatal, que deberán realizar la absorción con los incrementos que se autorizan por la presente medida (diciembre 2021 y marzo 2022)
ARTÍCULO 4°. Continuar con los parámetros establecidos en el Artículo 3° de la RESOC-2021-1509-GDEBA-DGCYE relativo a la “cuota residual especial” para los establecimientos educativos que reciben el CIEN POR CIENTO (100%) de aporte estatal.
ARTICULO 5º. Establecer que en el caso que la matrícula para el Ciclo Lectivo 2022 ya hubiera sido abonada no podrán realizarse ajustes a la misma por los nuevos topes establecidos en los artículos 1º y 2º.
En el caso que la matrícula para el Ciclo Lectivo 2022 se encuentre en proceso de pago al 1º de diciembre de 2021, el establecimiento educativo podrá actualizar únicamente el saldo pendiente de pago tomando como tope para el cálculo de la misma el valor del arancel fijado para el mes de marzo de 2022.
ARTICULO 6º. Establecer que los establecimientos educativos deberán informar hasta el 23 de diciembre de 2021 en forma electrónica y, supletoriamente en sede de inspección regional, el valor de sus aranceles para el mes de diciembre de 2021 y para el mes de marzo 2022 a través del procedimiento de comunicación que a tales efectos establezcan la Dirección de Liquidaciones Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada y la Dirección de Educación de Gestión Privada.
ARTICULO 7º. Facultar a la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos, a través de la Dirección de Liquidaciones Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada a fiscalizar el cumplimiento de la presente resolución y de las disposiciones de la Resolución Nº 34/2017 de la Dirección General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 8º. La presente Resolución será refrendada por la Subsecretaria de Administración y Recursos Humanos y la Subsecretaría de Educación de este Organismo.
ARTÍCULO 9º. Registrar esta Resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Comunicar a la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos, a la Subsecretaría de Educación, al Consejo General de Cultura y Educación, a la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada, a la Dirección de Educación de Gestión Privada, a la Dirección de Inspección General, y por su intermedio a quien corresponda. Publicar en el Boletín Oficial y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
A continuación podrán acceder a la comunicación de referencia, con pautas para el cierre de
cursada y evaluaciones en ese nivel.
PARA SU CONOCIMIENTO Y URGENTE DIFUSIÓN A LOS SERVICIOS EDUCATIVOS CON APORTE ESTATAL.
La fecha de finalización del ciclo lectivo de los docentes con situación de revista suplente (al sólo efecto del Aporte Estatal) en los siguientes niveles:
CRONOGRAMA:
→ MATERNALES (INICIAL): 30/12/2021
→ INICIAL: 17/12/2021
→ PRIMARIA: 17/12/2021
→ SECUNDARIA: 30/12/2021
→ SUPERIOR: 30/12/2021
→ FORMACIÓN PROFESIONAL: 30/12/2021
→ ARTISTICA: 17/12/2021
→ ESPECIAL: 17/12/2021
→ PSICOLOGIA PRIMARIA: 17/12/2021
→ PSICOLOGIA SECUNDARIA: 17/12/2021
→ DIRECTIVOS DE TODOS LOS NIVELES: 30/12/2021
Subdirección de Liquidación de Aportes a la Educación Privada
PARA SU CONOCIMIENTO Y URGENTE DIFUSIÓN A LOS SERVICIOS EDUCATIVOS CON
APORTE ESTATAL.
Sírvase notificar fehacientemente a los Responsables de los servicios educativos con aporte estatal, que como todos los años la entrada correspondiente a los meses de noviembre y diciembre tendrán como fecha tope de ingreso, el día 24 de noviembre de 2021.
Así mismo si se produce alguna novedad, las Jefaturas recibirán los movimientos y los mismos deberán ser enviados como lo hacen habitualmente (hasta el 30/12/2021), quedando a consideración su pago.-
Departamento Liquidación y Fiscalización de Aportes.
Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada.-
Circular N° 7
Enseñanza y evaluación en el nivel inicial
Introducción
La Resolución del CFE No 397/2021, considera que “Que se hace necesario acordar un encuadre federal del trabajo institucional y pedagógico que permita un adecuado cierre de la unidad temporal 2020-2021 evitando profundizar las desigualdades preexistentes y toda acción estigmatizante en relación con las trayectorias escolares reales de las y los alumnas/os”. En función de eso, señala criterios para la organización institucional, pedagógica y administrativa del tramo final de la unidad temporal de los ciclos 2020/2021, entre los que se mencionan: Incrementar, según las posibilidades y condiciones epidemiológicas de cada jurisdicción, el tiempo escolar de trabajo pedagógico, enfatizando la labor institucional sobre las priorizaciones curriculares y las estrategias de enseñanza que oportunamente se hayan definido por ciclo y nivel, y dar relevancia estratégica al trabajo intrainstitucional e interinstitucional en los períodos de pasaje de ciclo y de niveles, que permita garantizar las progresiones de aprendizajes requeridas para un avance sostenido de las trayectorias reales.
Específicamente para el nivel inicial, la Resolución propone:
a) Llevar adelante acciones de intensificación pedagógica sobre la base de los contenidos priorizados con énfasis en la alfabetización destinada a las niñas y a los niños egresantes de sala de 5 años que inician el primer grado en 2022.
b) Promover actividades que propicien el abordaje de dimensiones socioafectivas con vistas a la inserción en la escuela primaria.
c) Sostener una estrategia comunicacional y territorial de amplio alcance para la escolarización efectiva de todas las niñas y todos los niños en la sala de 4 obligatoria.
Evaluar para reorientar la tarea de enseñanza
A partir de estos presupuestos, la DPEI acompaña el trabajo pedagógico institucional que llevan a cabo todos los establecimientos educativos provinciales, promoviendo una actitud responsable y reflexiva sobre los procesos de enseñanza llevados a cabo hasta ahora. Repensar la enseñanza y sus experiencias nos obliga a realizar procesos de evaluación para poder valorar positivamente avances realizados, pensar reajustes o replanteos y proyectar nuevas propuestas.
El informe medio previsto en calendario escolar permitió seguramente reconocer aprendizajes y enseñanzas y, en especial, recuperar los comentarios que las familias han realizado acerca de los avances de niñas y niños. A ellos se sumarán las evaluaciones sobre los procesos institucionales y administrativos de manera de tener un análisis más amplio y complejo sobre los procesos de escolarización y trayectorias reales en cada establecimiento educativo de nivel inicial.
Esta evaluación permitirá adecuar y reajustar la tarea a encarar en los meses siguientes a fin de asegurar que los contenidos prioritarios definidos por la jurisdicción se encuentran en proceso de adquisición. Asimismo, los procesos de evaluación al ser compartidos con las familias permitirán dimensionar la valoración de los esfuerzos realizados por ellas al sostener las modalidades adoptadas por las instituciones para la escolaridad de niñas y niños.
Reconocemos, tal como lo plantea la del CFE Nº 397/2021, que las trayectorias escolares han sido diversas y desiguales producto de condiciones objetivas (situación epidemiológica, problemáticas familiares, estado de las instituciones, personal docente dispensado, etc.) y simbólicas (expectativas de las familias, necesidades de niñas y niños, expectativas y capacidades institucionales para adecuar la propuesta educativa a las necesidades y requerimientos de la infancia, etc.).
Sin embargo, aún en las diversas modalidades que asumió la escolaridad infantil, se llevaron a cabo distintas propuestas educativas que hoy se torna necesario evaluar para recuperar esos procesos y, como se dijo, reorientarlos.
Se debe recordar que el nivel inicial no utilizó la clasificación de las trayectorias educativas utilizadas por los niveles primario y secundario. Sin embargo, eso no significa que no consideremos la situación de alumnas y alumnos que han tenido dificultades en la vinculación educativa con la institución. Esa información es central para organizar diferentes acciones que garanticen que niñas y niños vuelvan al jardín y recuperen su derecho a la educación, así como también reconocer cuáles son los principales problemas que persisten para sostener la presencialidad cuidada.
Como guía para esa evaluación y considerando los contenidos prioritarios, se retoman aspectos ya abordados en el documento del año 2020.
Vínculo educativo que se estableció con las familias, las niñas y los niños, el jardín y el equipo docente: de qué manera se sostuvo ese lazo. Cuáles fueron las estrategias utilizadas que permitieron iniciar o mantener e incrementar la relación afectiva con cada niña y niño y su familia. Cómo vivieron el regreso a las instituciones y el encuentro entre niñas y niños de la sala. Qué actividades se desarrollaron y cómo reaccionaron frente al protocolo establecido. Cuál fue el estado anímico de las niñas y niños y cómo se fue transformando a medida que transcurrían
los días. Analizar las formas en las cuales establecieron interacciones entre los miembros de los subgrupos. Qué aconteció con el uso de los espacios y de los materiales bajo las formas que adquirió la presencialidad cuidada.
En relación con las prácticas del lenguaje, analizar los avances en el desarrollo del lenguaje oral. En especial, su capacidad de comunicarse, los temas de conversación entre niñas y niños y con su docente, las preguntas que realizan, los diálogos que entablan durante el juego, los cuentos que inventan, etc. Registrar la estructuración del lenguaje, avances y dificultades en la organización del discurso, el uso del vocabulario, la pronunciación.
Con las niñas y niños de 4 y 5 años, importa registrar su interés por la escritura: si reconocen su nombre y el de algunos miembros del grupo, si lo escriben copiándolo o si ya lo pueden hacer sin apoyaturas en un modelo. Si se interesan por escribir por su cuenta (por ejemplo, durante el juego dramático, una receta, un cartel) y si, al hacerlo, usan letras o pseudo letras y cómo van avanzando en su proceso de adquisición de la escritura. También importa evaluar si pueden anticipar de qué trata un libro de cuentos a partir de las imágenes, y si reconocen por el formato
diferentes tipos de textos: diarios, revistas, enciclopedias, cuentos, etc. Asimismo, analizar los procesos de dictado al docente: si al hacerlo pueden tener en cuenta el tipo de texto que se trata: mensaje, carta, cuento, noticia, etc. Y si al escuchar lo que se dictó pueden hacer correcciones para que la lectora o lector comprenda el mensaje.
Acerca de matemática, se debe considerar si reconocen diferentes situaciones sociales donde se utilizan los números, qué parte de la serie numérica utilizan, si pueden contar, cómo registran las cantidades, si reconocen el antecesor y el sucesor de un número dado, si escriben números y los pueden leer, y si pueden resolver situaciones problemáticas cotidianas que impliquen el uso de cantidades o decisiones de orden para su resolución (más, menos, tantos como primero, segundo o antes, después)
En el área de la educación artística y, en particular, sobre literatura, registrar su interés por escuchar cuentos, poesías, novelas. Si tienen cuentos favoritos, si conversan sobre ellos, si se atreven a inventar algunos. Si pueden anticipar de qué se trata el cuento observando las imágenes y cómo creen que se llamará el mismo. En cuanto a la educación visual, analizar cómo evolucionaron las figuras, su distribución en el espacio, los elementos que incorporan en su composición, los detalles que agregan, el uso del color y la posibilidad de desarrollar producciones en la bi y en la tri dimensión. Así como también las observaciones que realizan de otras producciones, tanto de miembros del grupo como de artistas.
En relación con la música, el interés por escuchar diferentes melodías, si conoce y canta las canciones, si acompaña las mismas con movimientos corporales, así como también los procesos de exploración de objetos para producir sonidos utilizando diferentes acciones. Sobre la educación corporal, observar su disponibilidad corporal para expresarse a través del movimiento, la posibilidad de explorar diferentes movimientos con su cuerpo, el uso del espacio y de objetos acompañando estas acciones.
Acerca del juego, será importante evaluar su participación en los diferentes tipos de juego que han realizado y sus preferencias. Registrar los argumentos de los juegos dramáticos y de construcción, las acciones que realizan, la posibilidad de interactuar con otros miembros del grupo, si pudieron asumir un rol y sostenerlo, las posibilidades de organizar los juegos por su cuenta, de elegir elementos tanto para construir como para disfrazarse. En cuanto a los juegos con reglas convencionales, interesa si comprenden las reglas, si las pueden respetar, si crearon nuevas reglas, si aceptaron los resultados cuando perdieron.
En cuanto al ambiente natural y social, en algunos casos será posible recuperar las actividades que fueron realizando a partir de las propuestas organizadas por el equipo docente relacionadas con las huertas, los proyectos de radio, la verdulería, el supermercado, la carpintería, etc., entre tantas que fueron proponiendo, para analizar su participación, el entusiasmo por conocer, las preguntas y comentarios que van realizando, las relaciones que establecen. La realización de las nuevas experiencias alrededor del árbol de la memoria, la articulación con las Escuelas Técnicas Agrarias, la creación de invernaderos y espacios para mariposas, entre otras.
Sobre la ESI, importa conocer si las niñas y los niños pudieron expresar sus ideas, sentimientos, opiniones, inquietudes, preocupaciones, gustos y deseos. Desde sta misma perspectiva, también si han podido incluir referencias respecto del cuerpo -sea bajo la nominación que sea-, las posibilidades de su cuidado y autovalía (por ejemplo, registrar la dimensión corporal y construir decisiones respecto de cómo cuidarse). Si pudieron, además, en este contexto pensar el cuidado como una responsabilidad compartida: que cuidarse es cuidar a las y los demás. Asimismo, relevar en las producciones o diálogos mantenidos con las niñas y niños en qué medida han podido, por un lado, problematizar los estereotipos y las desigualdades de género, las ideas que expresan respecto de la distribución de las tareas domésticas y de cuidado, y por el otro, ponderar positivamente la diversidad de modos de ser y vivir. Esto puede verse en los diálogos que las niñas y los niños construyen alrededor de cuentos o desde los personajes que arman en los juegos y en el juego mismo.
Este informe requerirá establecer criterios comunes entre las y los docentes, las y los profesores de las modalidades, los equipos de orientación escolar y los equipos institucionales de las escuelas especiales, en el caso de las niñas y niños cuyas trayectorias son compartidas con dicha modalidad. En este último caso, es importante evaluar de manera conjunta y corresponsable entre docentes de ambas instituciones, estableciendo acuerdos, dado que el informe podría condicionar su continuidad en el nivel o en el nivel siguiente. Para ello, resulta necesario registrar no solamente aquellos aspectos relacionados a la evolución de los aprendizajes por parte de las niñas y los niños, sino también las propuestas de enseñanza ofrecidas y la diversidad de acercamientos a los contenidos propuestos: en qué tiempos, espacios y con qué estrategias, contemplando también la identificación de posibles barreras institucionales que podrían haber obstaculizado el aprendizaje.
Asimismo, entendemos que este informe será insumo para revisar y mejorar las propuestas y proyectos de articulación que se están llevando a cabo con las escuelas primarias, especialmente para las salas de cinco años, de manera de profundizar en dichas propuestas aquellos contenidos prioritarios que pueden fortalecer las trayectorias educativas de niñas y niños que egresen del nivel inicial.
El trabajo conjunto de las y los docentes de sala de 5 años con las y los docentes de primer año de primaria será fundamental para pensar secuencias e intervenciones que enriquezcan las experiencias de enseñanza orientadas a fortalecer los procesos de alfabetización inicial, el trabajo cooperativo, la comunicación, las prácticas del lenguaje, la indagación del mundo natural y social, el juego y la expresión a través de los distintos lenguajes, entre otros. Será central también atender la singularidad de cada niña y niño, los efectos que la experiencia escolar en pandemia ha dejado, la necesidad de establecer puentes pedagógicos entre ambos niveles que posibiliten un fluir en el pasaje que colabore y dialogue con el deseo de las y los alumnos de los jardines de infantes por acceder a primer año. En todos los casos, teniendo en cuenta a todas las niñas y niños con proyectos de inclusión en términos de las continuidades pedagógicas.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN INICIAL
Saludos Cordiales.
En el documento a continuación podrá accederse a una nueva versión de los Lineamientos para la Presencialidad en Establecimientos Educativos en Contexto de Covid 19, que se ha informado por Comunicado Diegep 198/21, y que registra modificaciones sobre el título V “Protocolo de actuación en el Establecimiento Educativo en Contexto de COVID19” ; apartados 4, 6 y 7.
A continuación, detallamos modelos y detalles de la liquidación de haberes de octubre y noviembre,
cuya grilla se incluyó en notas anteriores.
OCTUBRE 2021
→ Sueldo básico de preceptor (testigo, índice 1) pasa a $20285
→ La bonificación remunerativa no bonificable (bajo el concepto Decreto 1291/19 art. 4 inc. b) y Resolución 235/2020 MHYFGP art. 1°inc. b) y modificatorio en trámite), cuyo código es 45.5 pasa a $9849
→ Bonificación remunerativa no bonificable para los cargos de índice escalafonario 1.1 (código 43.8 Decreto 1291/19 art 4º inc. c y modificatorios) pasa a $7619
Estas modificaciones representan en promedio un aumento del 3.45% respecto al mes anterior
NOVIEMBRE 2021
→ Sueldo básico de preceptor (testigo, índice 1) pasa a $21510
→ La bonificación remunerativa no bonificable (bajo el concepto Decreto 1291/19 art. 4 inc b) y Resolución 235/2020 MHYFGP art. 1°inc. b) y modificatorio en trámite), cuyo código es 45.5 pasa a $9574
→ Bonificación remunerativa no bonificable para los cargos de índice escalafonario 1.1 (código 43.8 Decreto 1291/19 art 4º inc c y modificatorios) pasa a $8419
→ Bonificación remunerativa para directores y vicedirectores (código 45.6 Decreto 1291/19 art 4º inc d y modificatorios) pasa a $1000
→ Bonificación remunerativa no bonificable para secretarios y prosecretarios (código 66.8 Decreto 1291/19 art 4º inc e y modificatorios) pasa a $568
→ Bonificación remunerativa para preceptores (código 63.3 Decreto 1712/16 art 5º) pasa a 74.5%
Estas modificaciones representan en promedio un aumento del 4.90% respecto al mes anterior
ALGUNAS CONSIDERACIONES GENERALES
El incremento del básico testigo incide también en el cálculo de las bonificaciones por tarea diferenciada. (Se relacionan con el básico de preceptor)
Ejemplos:
A continuación podrán acceder al Documento enviado por la DGCyE , con pautas a tener en cuenta para el funcionamiento de los establecimientos en sus distintas áreas, niveles y dependencias.
Comunicamos el cuadro recibido de la DGCyE con el que se liquidarán los sueldos de referencia:
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