Novedades importantes

1 – AUMENTO DE ARANCELES INSTITUTOS EDUCATIVOS CON APORTE ESTATAL – PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Por Comunicación Nº 264/2018 de la DIEGEP se ha autorizado un incremento en los aranceles educativos a partir del mes de noviembre de 2018. Este incremento se hará en base a anticipos tal como fueron los incrementos autorizados para el mes de junio y agosto del corriente año. Se detalla a continuación el cuadro de incrementos máximos autorizados en la enseñanza curricular para institutos educativos que perciben diez cuotas mensuales en el año:

Tal como fue en las anteriores oportunidades aquellos servicios educativos que se encuentren por encima de los topes establecidos en la resolución Nº 34/2017 y su modificación por resolución Nº 1686/2017 deberán reducir en un 10% (diez por ciento) el incremento autorizado por esta vía a efectos de proceder de acuerdo al punto 2b del Anexo IV de la Res. 34/2017, con excepción de los servicios encuadrados en el último párrafo del punto 2 del mencionado Anexo.

Recordamos asimismo que aquellos colegios que apliquen este aumento podrán percibir el retroactivo del mes de noviembre con la cuota del mes de diciembre.-

2 – NUEVOS TOPES ARANCELARIOS PARA EL AÑO 2019 – INSTITUTOS EDUCATIVOS CON APORTE ESTATAL – PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Por comunicación Nº 265/2018 de la DIEGEP y ad referéndum del acto administrativo respectivo (resolución de la DGC y E) se han autorizado los nuevos topes arancelarios aplicables a la primera cuota del año 2019, indicándose los montos a continuación:

Asimismo es importante señalar que:

a) Los servicios educativos cuyo arancel curricular de marzo de 2018 se encuentre por encima del tope arancelario establecido por la Res. 1686/2017 podrán incrementar, en relación al arancel curricular vigente a marzo 2018, como máximo el valor en pesos que surja de la diferencia entre el valor correspondiente a su nivel/modalidad y porcentaje de aporte del presente anexo y el establecido en el Anexo I de la Resolución 1686/2017. A esta diferencia habrá que deducirle el 10% (diez por ciento) atento lo establecido por el Anexo IV de la resolución Nº 34/2017. En ningún caso el nuevo arancel curricular producto de este cálculo podrá implicar una cuota curricular menor al tope arancelario correspondiente al nivel/modalidad y porcentaje de aporte estatal.- Recordar que en el caso de institutos educativos con aporte estatal del 100% deberán aplicar las pautas especiales también establecidas para los colegios de esta categoría de aporte en el Anexo IV de la resolución 34/2017.

b) Los servicios educativos cuyo arancel curricular de marzo 2018 se encontrare por debajo del tope arancelario establecido por la Res. 1686/2017, podrán incrementar – en relación al arancel curricular vigente a marzo 2018- como máximo el valor en pesos que surja de la diferencia entre el valor correspondiente a su nivel/modalidad y porcentaje de aporte del presente Anexo y el establecido en el Anexo I de la Resolución Nº 1686/2017. Estos establecimientos también podrán incorporar el 25% de la diferencia entre el valor del tope arancelario establecido por Res. 1686/2017 y el valor de la cuota curricular del mes de marzo 2018. Ese monto que no podrá superar el 15% del valor de la cuota curricular del mes de marzo 2018, se podrá agregar a la nueva cuota.- Asimismo bajo ningún aspecto el valor incrementado total podrá superar el nuevo tope arancelario.

c)Deberán tomar en cuenta que atento lo dispuesto por la última modificación de la Res. 34/2017 la cuota de equipamiento didáctico se equipara a la cuota de mantenimiento en cuanto a su valor. d) Además los montos de cuotas curriculares de todos las salas del nivel inicial (excepto jardín maternal), de todos los grados del nivel primario y de todos los años del nivel secundario deben ser iguales. En el caso que actualmente las cuotas sean diferentes, al hacer los cálculos deberá optarse por el menor valor de todas ellas.- Por supuesto las diferencias podrán producirse en lo relativo a la cantidad de unidades de enseñanza extracurricular que obviamente podrán variar dentro de un mismo nivel educativo.

3 – PRÓRROGA EN LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DE ARANCELES (F1) – COLEGIOS INCORPORADOS CON Y SIN APORTE ESTATAL – PCIA. DE BUENOS AIRES

Por Comunicación Nº 270/2018 de la DIEGEP se ha prorrogado la presentación de la declaración jurada de aranceles (F1) para el día 14 de diciembre de 2018.
Es importante señalar tres cosas:

a) La fecha indicada es la que corresponde al límite que tienen los establecimientos educativos para presentar la citada declaración jurada ante los inspectores, motivo por el cual ningún inspector podrá exigir la presentación antes de dicha fecha.- Esto es así porque la indicada declaración jurada deberá reservarse en Jefatura y no ser remitida a la DIEGEP, motivo por el cual la revisión de dicho formulario podrá ser realizada ex post de la fecha de presentación.

b) Aquellos institutos que por presión de los inspectores hubieran presentado, más allá de nuestro consejo de que no se hiciera, la citada declaración jurada sin los valores vigentes para el año 2019, indefectiblemente deberán presentar la rectificativa respectiva.

c) Lo planteado en el punto b) no será de aplicación para los institutos educativos sin aporte estatal, siempre y cuando hubieran declarado los valores que percibirán en el año 2019, dado que estos institutos no necesitaban ninguna norma especial para incrementar sus aranceles.-

SOE COMUNICA: Declaración Jurada de Aranceles correspondiente al ciclo escolar 2019

A las escuelas con Aporte Estatal Declaración Jurada de Aranceles:

Se recuerda a las escuelas con aporte gubernamental que deberán presentar, como todos los años, la Declaración Jurada de Aranceles correspondiente al ciclo escolar 2019. La obligatoriedad incluye también a aquellas escuelas con cuota 0 (cero), en cuyo caso la DDJJ deberá informar de tal situación, conjuntamente con una nota explicativa de los motivos por el cual la escuela no percibe aranceles.

La presentación deberá realizarse utilizando el aplicativo Web (SINIGEP) desarrollado para este fin, al cual las escuelas deben ingresar a efectos de confeccionar e imprimir los formularios establecidos por la Disposición Nº 528 – DGEGP – 2016.

Presentación:

Las escuelas deberán adjuntar:
– Nota de presentación o elevación que se imprime junto con la DDJJ (1º folio).
-Copia de la comunicación enviada a los padres / tutores, con las condiciones de matriculación para el período escolar 2019, importe de las cuotas correspondientes a marzo 2019 (Disposición 299/2018/DGEGP) con discriminación de enseñanza programática y extra programática, especificando la denominación de estas últimas actividades, si las hubiere.
-Copia de notificación a los padres en caso de haber aplicado los incrementos dispuestos en la Disposición mencionada en el párrafo anterior para los meses de noviembre y diciembre 2018.
-Copias, por muestreo, de algunos (un par) recibos o facturas de cada nivel correspondiente a aranceles cobrados en los últimos 2 meses del corriente año.
-Copia de la autorización por parte de la DGEGP, de los módulos extra programáticos para el ciclo lectivo 2019. Finalmente para las Escuelas de Enseñanza Especial, en cumplimiento de lo expuesto en la Disposición Nº 894 – DGEGP – 2008 en su Artículo 2º, deberá adjuntarse fotocopia de la documentación a través de la cual la escuela se encuentra categorizada (Categorías A, B o C del Nomenclador Nacional) y fotocopia de la Resolución Ministerial vigente desde la cual rigen los aranceles de las prestaciones dispuestas para el Nomenclador Nacional.

Recordamos que al confeccionar el Formulario se incluirá en la columna “Enseñanza Programática” el monto total correspondiente a la categoría en la que la escuela revista de acuerdo con el nomenclador nacional (Categorías A, B o C).

La documentación presentada debe estar firmada por el Representante/Apoderado Legal de la institución educativa. Se recuerda que la fecha tope de presentación es el 10 de diciembre de 2018, y debe efectuarse en la Mesa de Entradas de esta Dirección General en el horario de 10 a 14 hs.

Atentamente,
Lilian Suffert Nogueira
Coordinadora de Supervisión de Organización Escolar
Dirección General de Educación de Gestión Privada

Ley Accesibilidad para Todos

A todos los establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial:

Como es de conocimiento de todos Uds., la Ley 962, “Ley Accesibilidad para Todos”, está vigente desde el año 2003.

El Ministerio de Educación del GCBA, firmó un Acuerdo con la Fundación Acceso Ya, en el año 2012, como resultado del amparo iniciado por dicha ONG, para el cumplimiento de la Ley 962, en todas las Escuelas de la Ciudad de Buenos Aires.

Desde el año 2016, se designó a la Perito Oficial, Arquitecta Valeria Baudot, para la verificación de los avances logrados y del cumplimiento en las Escuelas de Gestión Privada en función de las intimaciones informadas en el expediente.

La Perito Arquitecta, verificó 100 Instituciones Educativas de Gestión Privada, que en su Declaración Jurada anual declararon cumplir con la Ley 962. Lamentablemente, muy poca de ellas realmente cumplen con la norma.

En las verificaciones realizadas durante 2016 y 2017, por la Perito, la misma detalló los incumplimientos y la Unidad intimó las correcciones. En el presente año se han verificado 20 de las 100 antes mencionadas y las correcciones “supuestamente realizadas” por las Instituciones, son incorrectas, por tanto aun NO cumplen la norma.

Es general la mala ejecución de los baños de discapacitados, de los laboratorios, de las rampas de acceso y circulación, etc., por tanto, una vez más la Unidad Ejecutora dará una capacitación dirigida a Profesionales o responsables de Instituciones Educativas, en la que se tratarán los siguientes temas:
– Accesibilidad, Inclusión y discriminación
– Condiciones básicas que debe cumplir una Institución, en función de su rubro, en relación a la accesibilidad. Qué servicios debe disponer.
– Qué es un Servicio de Salubridad Especial reglamentario y adaptado.
– Cómo se debe verificar las circulaciones de una silla de ruedas.
– Dónde y cómo se deben hacer rampas. Qué rampas son aceptables, en función de sus dimensiones (ancho, pendiente, largo, descanso, etc.)

La capacitación se realizará en el Auditorio Dotori de la DGEGP (Av. Santa Fe 4362 – entrepiso, frente), el día Lunes 10 de diciembre a las 10:00 hs.

Cabe aclarar que las vacantes son limitadas y por ello requiere de inscripción previa en es el siguiente link: http://www.sinigep.info/eventos/5237

Observación: Al momento de la Inscripción tenga en cuenta que los datos que se solicitan son: Apellido y Nombre – DNI – Institución y Claverama (ingresar su característica acompañado por la inicial del nivel, por ejemplo A-0S o número de registro acompañado por la letra R, por ejemplo 0R).

Atentamente,
Jorge Francisco Cañás Coordinador Ejecutivo –
Unidad Ejecutora Dirección General de Educación de Gestión Privada

Disposición N° 299/DGEGP/18 – Aranceles Ciclo Lectivo 2018 y 2019

DGEGP INFORMA N° 1801

A los Representantes y Apoderados Legales de las escuelas de todos los niveles con aporte gubernamental:

Les hacemos llegar la Disposición N ° 299/DGEGP/18, sobre aranceles máximos por categoría de las Escuelas Públicas de Gestión Privada que perciben aporte estatal para el ciclo lectivo 2018 y 2019.

Pueden ver la Disposición N ° 299/DGEGP/18 y sus Anexos haciendo click aquí.

Atentamente.
Lic. Beatriz Jáuregui
Directora General Dirección General de Educación de Gestión Privada

CARGA DE PREPOF 2019

DGEGP INFORMA N° 1800

A las entidades educativas que reciben aporte gubernamental:

La PREPOF busca relevar, con anterioridad y en forma estimativa, cuáles serán los requerimientos de financiamiento de la planta orgánica funcional de las escuelas aportadas para el ciclo lectivo 2019. Si bien no tiene carácter de declaración jurada la misma será confrontada por la DGEGP con la planta actual y la normativa vigente a los fines de evaluar la posibilidad de aporte de dichos requerimientos.

Esta presentación no asegura que los nuevos cargos serán financiados, sino que permitirán a este organismo contar con más datos para determinar, con anterioridad, las prioridades de política educativa a los fines de la aplicación presupuestaria, dentro de los parámetros establecidos por la normativa vigente.

Una vez aprobado el presupuesto educativo para el ejercicio 2019, esta estimación previa permitiría, proyectar el alcance del mismo a nuevos cargos una vez atendida la planta actualmente aportada e informar con anterioridad las posibilidades de financiamiento a los establecimientos educativos a los fines de que puedan tomar las decisiones institucionales correspondientes.

La carga de la PREPOF debe ser realizada antes del día 1 de diciembre de 2018 para aquellas instituciones educativas que cuenten con su POF 2018. En el caso de las instituciones que al día de la fecha no cuenten con su POF 2018 activa, deberán cargar su PREPOF dentro de los 15 (quince) días corridos de que dicha POF se encuentre disponible en el SINIGEP.

Atentamente
Lic. Beatriz Jáuregui
Directora General Dirección General de Educación de Gestión Privada

ESCUELAS SEGURAS – CAPACITACIÓN USO DE MATAFUEGO

Capacitación – Uso de Matafuego, 3/12 – 10hs

A las Escuelas Incorporadas a la Enseñanza Oficial y Jardines Educativos Asistenciales:

Continuando con las capacitaciones iniciadas en el año 2012, en el marco de las acciones de implementación del Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada; la Unidad Ejecutora brinda un nuevo curso de Capacitación en Uso de Matafuego, bajo una técnica de aprendizaje de realidad virtual. El mismo está dirigido no sólo a los Referentes de Seguridad de todos los Institutos Educativos de la Ciudad (incorporados a la Enseñanza Oficial y los pertenecientes al RIEA) sino también a todos aquellos interesados de las Instituciones Educativas (docentes y no docentes).

En esta oportunidad, la capacitación estará a cargo del Arq. Jorge Limonoff, Docente de la Facultad de Arquitectura de la Universidad de Buenos Aires. Dado que el curso será con la práctica propia de realidad virtual, a fin de que todos los participantes puedan experimentar dicha práctica, las vacantes son limitadas (20 en total) y serán asignadas de acuerdo al orden de inscripción por SINIGEP en es el siguiente link: http://www.sinigep.info/eventos/5229

Observación: Al momento de la Inscripción tenga en cuenta que los datos que se solicitan son: Apellido y Nombre – DNI – Institución y Claverama (ingresar su característica acompañado por la inicial del nivel, por ejemplo A-0S o número de registro acompañado por la letra R, por ejemplo 0R).

Fecha: 3 de diciembre de 2018, de 10 a 13hs
Lugar: Auditório “Prof. Eduardo Dottori” (DGEGP – Av. Santa Fe 4362 Entrepiso)

Se entregarán certificados asistencia.
Los esperamos.

Atentamente,
Prof. Baruj Zaidenknop – Director Pedagógico
Dirección General de Educación de Gestión Privada

CURRICULARES PBA PAUTAS SALARIALES AÑO 2018 – MECANIZADAS

Informamos a Uds. que se han recibido las mecanizadas de Alcance 2 Sueldos Septiembre, donde se han liquidado los retroactivos de enero a septiembre, y se ha descontado los anticipos otorgados a los largo del año 2018.-

Es importante tener en cuenta que dado que los anticipos fueron en su momento remunerativos, al descontarlos, deben tener el mismo carácter, es decir, descontarse como remunerativo. Si no se hiciere así se estarían pagando dos veces las cargas sociales. En los casos donde el anticipo fue mayor al retroactivo liquidado, la DIEGEP procedió a descontarlo todo de una vez, generando inclusive sueldos “negativos”.-

No obstante, consideramos, a modo de recomendación que en estos casos se proceda a descontar en cuotas, a fin de que el docente pueda cobrar al menos una parte de su salario y no se vea tan afectado por no percibir ninguna suma.-

Novedades varias

COMUNICACIÓNES N° 251 y 252 de DIEGEP

Las dos Comunicaciones de referencia, firmadas por el Dr. JUAN CRUZ RODRIGUEZ- Director y la Lic. MIRIAM N. LIZAUR Jefa del Departamento Liquidaciones, se encuentran disponibles en los siguientes enlaces:

Política salarial comunicación Nº 251

Asignaciones familiares comunicación Nº 252

 

CURRICULARES PBA PAUTAS SALARIALES AÑO 2018 – MODIFICACIÓN PARA MES DE OCTUBRE

Mediante el comunicado 251 de la DIEGEP se fijan las pautas salariales de los docentes curriculares, para el mes de 10/2018; al día de la fecha, sin norma que las avale.

OCTUBRE 2018

· Sueldo básico de preceptor (testigo, índice 1) pasa a $6391
· La bonificación remunerativa no bonificable establecida por el decreto 1145/18 art 4º cuyo código es 45.5 pasa a $3997
· La bonificación remunerativa no bonificable para los cargos con índice escalafonario 1.1, establecida por el art. 5º del Decreto 1145/18, con código 43.8 pasa a $1882
· La bonificación remunerativa por índice escalafonario para Directores y Vicedirectores, establecida por art. 6º Decreto 1145/18, código 45.6 pasa a $498
· La bonificación remunerativa por índice escalafonario para Secretarios y Prosecretarios, establecida por art. 7º Decreto 1145/18, código 66.8 pasa a $299
· Las garantías salariales que estaban vigentes al 31/07/2008 previstas en el artículo 8º del Decreto 2794/08 se incrementan en un 62.50% con relación a 12/2016. VER APARTADO “GARANTIA SALARIAL 2008”
· Recordamos sigue vigente el pago de la asignación “material didáctico” de $2520 de carácter no remunerativo, pagadero a razón de $210 al mes desde 01/2018 a 12/2018. Es proporcional a un cargo y en el caso de las horas cátedra y/o módulo el equivalente a un cargo (15 horas cátedra o 10 módulos) otorgándose en forma proporcional cuando la cantidad de horas cátedra o módulo sea inferior. – Se calcula bajo modalidad FONID

GARANTIA SALARIAL 2008

Las garantías salariales vigentes al 31/07/2008 se irán incrementando en ciertos % indicados para cada mes.

Dichas garantías no han modificado su forma de cálculo.

A estos efectos resulta conveniente recordar que el valor de la garantía salarial se debe calcular de acuerdo a lo establecido en el Decreto 527/2006 y Decreto 444/07 artículo 8; y teniendo en cuenta los valores salariales de 03/2008. Es decir que para determinar si se debe abonar dicha garantía, se debe realizar una liquidación “paralela” a valores anteriores, al sólo efecto del cálculo.

Dependiendo del sistema utilizado para la liquidación de haberes, podrá crearse ítems que realicen los cálculos previos, o deberá procederse al cálculo manual.

¿Qué ítems se tienen en cuenta para el cálculo de la garantía 2008?

1. Básico: se calcula multiplicando el índice escalafonario por el básico testigo de 03/2008 ($629)

2. Antigüedad sobre básico: Antigüedad sobre el ítem 1, con la escala vigente a 06/2013

3. Suma remunerativa establecida por el Decreto 444/2007 artículo 4º ($120 por cargo – código 44.5). Esta suma ya no existe, pero tenía la modalidad FONID, por lo tanto, se puede tomar como referencia la suma que actualmente se paga por código 45.5. Por lo tanto, si el docente se encuentra percibiendo por la bonificación 45.5 una suma inferior a la que corresponde por cargo completo, el cálculo debe hacerse siguiendo la misma proporción.

Por ejemplo: si el docente percibe por esta suma el 50% del valor para un cargo, para este cálculo auxiliar debe hacerse $120 x 50% = $60

4. Bonificaciones por tarea diferenciada. En estos casos se deben calcular los % vigentes a 03/2008 sobre el básico testigo a esa fecha ($629). Recordamos que los % vigentes a aquel momento eran:
§ Primaria e inicial 15%
§ Especial 30 %
§ Psicología 23%
§ Bonificación Preceptor tercer ciclo y polimodal $30
§ Bonificación directivo $100

5. Si de la suma de los ítems 1 a 4, se obtiene un valor inferior al valor de GARANTIA REMUNERATIVA 2008 (ver cuadro debajo), se debe agregar un ítem por la diferencia que será la garantía remunerativa y a este valor incrementarlo en el % indicado para cada mes.

6. Si de la suma de los ítems 1 a 5, luego de deducirles los descuentos (esto equivale a multiplicar por 0.81) se obtiene un valor inferior al valor de GARANTIA NO REMUNERATIVA 2008 (ver cuadro debajo), se debe agregar un ítem no remunerativo por la diferencia que será la garantía no remunerativa y a este valor incrementarlo en el % indicado para cada mes.

PAUTAS SALARIALES 2018 CURRICULARES. INCREMENTO SALARIAL. SUELDOS OCTUBRE/18

Hemos recibido el DGEGP informa Nº 1793 donde se plantea una rectificación de la información referida al aumento de salarios docentes curriculares de octubre.-

El incremento es de un 5% con relación a los salarios de 02/2018.- A los fines de una adecuada rendición, – para aquellos colegios subvencionados – serán extendidas las fechas para la presentación de dichas rendiciones, para que los establecimientos puedan realizar los cambios correspondientes y, de esta manera, recibir las diferencias en la transferencia del mes de Noviembre.

Por lo tanto aquellos establecimientos subvencionados, deben aplicar este aumento a pesar de lo tardío de la información.-

Se establece lo siguiente: Suma fija remunerativa no bonificable otorgada en septiembre 2018.
La misma queda sin efecto a partir del 1º de octubre.
Básico y suma fija
Se incrementa el valor índice monetario, pasando de $5.48 a $6.19 Se incrementa también el valor del Adicional Decreto 483/05 y modificatorias, quedando fijado en los siguientes valores:

Novedades Varias

1 – Unidad Ejecutora de Escuelas Seguras:  Informe periódico Nº 17 – Octubre 2018

Disposición 01-UERESGP/17 – Plan de Mitigación

La Disposición 01-UERESGP/18 prorroga los vencimientos de los plazos incluidos en el Anexo I de la Disposición 01-UERESGP/17. También se dejan sin efecto tiempos límites de evacuación, debiéndose cumplir como mínimo los tiempos del último ciclo lectivo. Se adjunta aquí la Disposición 01-UERESGP/18

Evacuaciones por denuncia de Bomba

Se adjunta aquí el Protocolo aprobado por Emergencias, a aplicar en los casos de denuncia de bomba.

En particular, debemos destacar que el mismo hace referencia a cómo proceder en los casos de denuncias de Bombas en Establecimientos Educativos.
En este sentido, la recomendación genérica es no evacuar y esperar a los Especialistas, siguiendo posteriormente las indicaciones de los mismos.

En los casos en que los Especialistas del Escuadrón Antibombas determinen la evacuación, en Instituciones Educativas, la misma se realizaría llevando los alumnos sus mochilas y pertenencias.

Atentamente,
Jorge Francisco Cañás
Coordinador Ejecutivo – Unidad Ejecutora – DGEGP

2- Feriado – 30/11 – DGEGP INFORMA N° 1790:

A todas las escuelas de gestión privada:

Se comunica que mediante de acuerdo con lo establecido por el el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 967/18 del Poder Ejecutivo Nacional, se ha establecido como feriado el día viernes 30 de noviembre de 2018 en el ámbito de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con motivo de la celebración de la Cumbre de Líderes del GRUPO DE LOS 20 (G20).

Atentamente,
Lic. Beatriz Jáuregui –
Directora General – Dirección General de Educación de Gestión Privada