La tasa de interés a aplicar a las cuotas vencidas se rige por la tasa de interés resarcitorio de la AFIP, y a partir del 1º de enero de 2020 la aludida tasa pasa a ser del 3.6% mensual -o sea del 0.12% diario-. Recordamos asimismo que por períodos anteriores rige la tasa de interés resarcitorio de la AFIP aplicable a cada uno de los períodos anteriores.
Provincia
JORNADA INSTITUCIONAL FEBRERO 2021 – REGRESO A LA PRESENCIALIDAD
CIRCULAR TÉCNICA N º 1 (Febrero de 2021)“Regreso a la Presencialidad” Nos convoca hoy un nuevo Ciclo Lectivo, y con este inicio dos días para el encuentro, la reflexión, la proyección y previsión de estrategias Leer más…