1 – LICENCIA POR VIOLENCIA DE GÉNERO:

COMUNICACIÓN DIEGEP N° 96/19

JEFATURAS DE REGIÓN 1 A 25 ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR

Se pone en su conocimiento las Notas NO-2019-12988454- GDEBA-SSEDGCYE y NO-2019-13498481- GDEBASSEDGCYE, ambas de la Subsecretaría de Educación, sobre Licencia Ley N° 14.893 y el acuerdo paritario 2019. Por consiguiente, corresponde a esta Dirección aclarar las probanzas documentales que deben acompañar las planillas de movimientos para su elevación por intermedio del Área Técnica a dicha Subsecretaría para su tratamiento.

Se acompañará a la Planilla de Movimiento, dirigida al Área Técnica, la denuncia ante la autoridad policial o judicial respectiva y/o toda orden judicial de la que se desprenda un plazo para dicha licencia en todos los casos con intervención de Inspección de Enseñanza, debiéndose resguardar la confidencialidad e intimidad de las mujeres que soliciten dicha licencia. La Jefatura de Región de Gestión Privada interviniente subirá al sistema GDEBA la documentación como Informe (IF Gráfico) y remitirá las actuaciones a esta Dirección.

La Plata, 18 de Junio de 2019
Firma: JUAN CRUZ ROSRIGUEZ – Director

2 – PLANILLAS DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL SUBVENCIONADO – NUEVA NORMATIVA:

COMUNICACIÓN DIEGEP N° 97/19

TODAS LAS JEFATURAS DE REGIÓN Y ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR:

Se informa que a partir del día de la fecha, a todas las planillas de novedades (movimientos) de personal docente subvencionado, deberá agregarse la siguiente documentación:

  • Fotocopia de DNI.
  • Constancia de CUIL. La solicitud se fundamenta en que el dato “CUIL” es un requisito del sistema SUNA. Así también, se deja constancia que a partir de Memorándum de esta Dirección de fecha 12/062019, se requerirá:
  • Para solicitar la subvención de la licencia por desempeño de cargo de Consejero Escolar, acompañar la renuncia expresa a la dieta o la opción a favor de la misma, suscripta por el electo y con recepción en el Consejo Escolar respectivo.
  • Para solicitar la subvención de un suplente de personal que se encuentre en una salida educativa o de representación institucional, acompañar el Anexo V de la Resolución N°378/17 en el que figuren los docentes acompañantes (con la debida intervención de la inspección actuante). Se recuerda que el movimiento que acompaña a esta documentación también estará firmado por Inspección.
  • Ante la designación de personal jerárquico (en todas las situaciones de revista), se acompañará Declaración Jurada actualizada, con la conformidad jerárquica y visada por la Inspección de Enseñanza.
  • Acreditación de Antigüedad en la Docencia (para la percepción de la bonificación del Art.34 del Estatuto): al movimiento de modificación de antigüedad, se le acompañará Formulario 354 y/o COULI (si proviene de gestión estatal, y cuya antigüedad se verificará según los registros informáticos de la DGCyE) y/o el Formulario de Certificación Digital (elaborado por el IPS en cumplimiento del Decreto N°241/18 bajo la leyenda “sin efectos previsionales”) más la declaración jurada prevista en el citado Artículo 34 del Estatuto.
  • En el marco de indicación dirigida al Departamento Establecimientos e Inspecciones, y en consonancia con el plexo normativo vigente de aplicación sobre Adopción, debe desestimarse la Observación consignada en la Disposición Nº 19/93 para la licencia con el beneficio del aporte estatal por adopción (artículo 114 d.2.1.1 y d.2.1.2) en cuanto a la edad del adoptado y la condición «fines de adopción».
  • Por último, recuérdese que por Comunicación N°96, se expusieron las probanzas documentales a acompañar frente a los casos de licencia Ley N°14893 (Violencia de Género).

Atentamente.
DIRECCIÓN DE EDUCACION DE GESTIÓN PRIVADA – Área Técnica 19/6/19.
LA PLATA, BUENOS AIRES
Firma: JUAN CRUZ RODRIGUEZ – Director