El día 11-02-2022 fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 73/2022 que modifica el artículo 6to del ANEXO I del Decreto Nro 1169/1996 y su modificatorio, que regula el procedimiento de Conciliaciones Laborales Obligatorias ante el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria).
Los Colegios que sean requeridos ante el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria), por un reclamo de índole laboral serán notificados a través del sistema de notificaciones electrónicas del portal de AFIP (ventanilla electrónica constituida ante la AFIP).
En efecto, en dicha oportunidad se les notificará los datos del trabajador requirente, de su abogado, del Conciliador y fecha de la audiencia de conciliación. Se recomienda revisar con frecuencia las notificaciones de la página de AFIP a los fines de estar a tiempo notificados.