SOEME – ACUERDO SUELDOS MARZO 2022 – CCT 318/99

Transcribimos Acta Acuerdo y Escala Salarial correspondiente al personal no docente agrupado en SOEME, a aplicar a partir del corriente mes de marzo 2022.

En la Ciudad de Buenos Aires a los 28 días del mes de Marzo de 2022, se reúnen en representación
del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA MINORIDAD Y LA EDUCACION (en adelante SOEME), el Dr. Julio Cesar Simón, designado mediante resolución de fecha 5 de mayo del 2020, mediante sentencia Interlocutoria Nro. 49160, dictada por la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en el expediente judicial caratulado “VELICH ALICIA MERCEDES Y OTROS c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION S/ MEDIDA CAUTELAR”, Expediente CNT. 41618/2019, de trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nro 31; en representación del Consejo Superior de Educación Católica (en adelante CONSUDEC), la Dra. Marylin Fueyo; en representación de la Asociación de Entidades Educativas Privadas de la República Argentina (en adelante ADEEPRA) el Dr. Fernando L. Ratti; y en representación de la Confederación Argentina de Instituciones Educativas Privadas (en adelante CAIEP), la Dra. Claudia Nelly Stringi, con el objeto de manifestar que han arribado al siguiente acuerdo

PRIMERO. Vigencia y alcance. El presente acuerdo resulta aplicable a todo el personal alcanzado por el ámbito personal y territorial de aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo 318/99, y abarca los salarios comprendidos desde el mes de marzo de 2022 hasta el mes de Junio de 2022, ambos incluidos, en el marco del periodo de negociación paritario en curso que abarca desde el mes de marzo de 2022 hasta el mes de febrero de 2023, ambos incluidos.

SEGUNDO. Salarios. Las partes acuerdan otorgar un incremento salarial porcentual del 25% (veinticinco por ciento) sobre los salarios básicos a partir de la remuneración del mes de marzo de 2022, tomándose como base de cálculo los salarios básicos del mes de febrero de 2022
Se agrega como Anexo I del presente acuerdo, las nuevas escalas salariales con detalle de las categorías y los meses en que se hacen efectivos

TERCERO: Las partes acuerdan volver a reunirse en el mes de Julio de 2022 a efectos de evaluar la situación de la economía general y de la actividad en particular, con la finalidad de retomar las conversaciones para acordar la recomposición salarial respectiva con respecto a los meses restantes dentro del presente periodo paritario en curso.

CUARTO: Siendo que las partes se encuentran discutiendo otras cuestiones no salariales y que no fueron comprendidas en el presente acuerdo, estas acuerdan reunirse en el mes de Abril de 2022 con miras a retomar las conversaciones al respecto.

QUINTO: Las partes acuerdan expresamente que las condiciones pactadas en las cláusulas precedentes serán aplicadas por todas las instituciones dentro del ámbito de aplicación del CCT 318/99, y en relación a todos los Trabajadores comprendidos por el mismo. Aun en el caso de que por cualquier causa se viera obstaculizada o demorada la homologación del presente acuerdo, las mismas honrarán las condiciones acordadas.

En prueba de conformidad, se firman 3 ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, acordándose expresamente que el mismo será ratificado por las partes ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, y que cualquiera de ellas se encuentra facultada para presentar el mismo por el sistema TAD para su homologación.

Los saludamos muy cordialmente

DGEGP INFORMA N° 2564: Ley N° 2681

La Ley N.° 2.681 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 10 de abril de 2008 establece que los establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial, en todos sus niveles, no podrán negar sin causa la matriculación o la rematriculación a un/a aspirante para el año o ciclo lectivo siguiente, y que las causas alegadas no deberán ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional y en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 1.° y 2.°)

Asimismo, en su Artículo 11.° establece la obligatoriedad de exhibir el texto completo de dicha ley y su reglamentación en las carteleras de los institutos. En caso de incumplimiento a dicha exhibición serán de aplicación las medidas previstas en el Artículo 9.° de la mencionada ley.

A fin de acreditar dicha exhibición, cada uno de los niveles de enseñanza deberá presentar antes del 29 de abril del corriente año, el formulario «DJ Ley 2681», ingresando con el usuario pedagógico a SINIGEP

La supervisión pedagógica constatará el cumplimento de esta obligación en cada una de las visitas de supervisión que realice a las instituciones.
Les recomendamos ingresar a la plataforma de SINIGEP a través del celular, para que puedan cargar fácilmente las fotos que hayan tomado. También podrán ingresar desde la PC o notebook, como de costumbre.

Podrán cargar una o más fotos para mostrar que el texto completo de la ley y su reglamentación se encuentra publicado en la cartelera del nivel. Las presentaciones deberán realizarse por nivel, aun cuando la cartelera sea compartida.
La/s foto/s deberán contener el nombre de la institución educativa y su característica, debiendo ser legibles.

Ante cualquier duda, los/as invitamos a leer el instructivo y, en caso de necesitar más ayuda, enviar un correo electrónico al/a supervisor/a o a la Mesa de ayuda de SINIGEP: sinigep@bue.edu.ar


Saludos,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

VENCIMIENTO DE PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA DE CURSOS Y DOCENTES 2022

Tal como fuera informado mediante DGEGP informa N.° 2441, de fecha 10 de marzo, se les recuerda que se encuentra habilitada la carga de la Declaración Jurada de Cursos y Docentes para el ciclo lectivo 2022, a través de SINIGEP, hasta el 29 de abril del corriente.

En ese sentido, se hace saber que la mencionada presentación es de carácter obligatorio, conforme la normativa vigente (Dto 371/64, Disposición N° 18-DGEGP/2010), por lo que se solicita tengan a bien completar la información requerida durante los próximos días, a los fines de dar cumplimiento.

Asimismo, les recordamos que con el propósito de fortalecer la comunicación con todas las instituciones educativas, a partir de este año se incorpora dentro de la Declaración Jurada la solicitud de teléfonos de contacto de representantes legales y directores/as, siendo su carga condición necesaria para su envío.

En caso de dudas, podrán ponerse en contacto con el/la supervisor/a a cargo de su establecimiento o con el equipo de SINIGEP (sinigep@bue.edu.ar).


Saludos,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

REFERENTES INSTITUCIONALES DE ESI

En el marco de la Ley N° 2.110 de Educación Sexual Integral y en función de lo que establece la Resolución 340/18, cada institución debe contar con un referente responsable de llevar adelante las siguientes acciones:

→ Fortalecer la inclusión de la ESI en el proyecto curricular de la Institución Educativa.
→ Propiciar espacios para la construcción de acuerdos didácticos para el desarrollo
transversal de la ESI.
→ Proponer espacios de reflexión entre colegas acerca de temáticas ESI.
→ Colaborar en la organización de las Jornadas sobre ESI pautadas por el Ministerio de
Educación de la Ciudad.
→ Generar espacios para que los/as estudiantes expresen necesidades sobre temáticas de ESI.
→ Colaborar en la organización de charlas de ESI a las familias.
→ Desarrollar estrategias para compartir actividades de ESI realizadas en el aula y a nivel institucional.

A pedido de la coordinación del Programa de ESI del Ministerio de Educación, les solicitamos que nos envíen el nombre del referente institucional completando el formulario que corresponda al nivel antes del 31 de marzo, a través de los siguientes enlaces:

RIEA
Nivel Inicial
Nivel Primario
Modalidad Especial
Nivel Secundario


Saludos cordiales,
Equipo Supervisores referentes Cristina Carriego
ESI Directora Pedagógica

EDUCACIÓN ESPECIAL: INFORMACIÓN SOBRE CIERRE DE REGISTROS

A la comunidad educativa de gestión privada:

Les hacemos llegar información de interés para completar la última hoja de los Registros de Asistencia 2021, y consignar las trayectorias pedagógicas de los/as alumnos/as cuya acreditación quedaba aún pendiente de resolver.

De acuerdo a los procesos individuales, al finalizar el período en el mes de febrero/marzo, se podrían presentar las siguientes variables:

FEBRERO (situación a febrero 2022)

→ Que el/la alumno/a hubiera PROMOVIDO.
→ Que el/la alumno/a hubiera PROMOVIDO CON PROMOCIÓN ACOMPAÑADA.
→ Que el/la alumno/a PASE a otra ESCUELA, con lo cual la promoción aún está sin definir en la escuela de origen

MARZO (situación a marzo 2022)
→ Que el/la alumno/a hubiera PROMOVIDO CON PROMOCIÓN ACOMPAÑADA.
→ Que el/la alumno/a NO PROMUEVA.

A partir de estas posibilidades, se completará la última hoja del registro según el modelo que se envía en este enlace.

BOLETÍN:
→ Si la promoción no está definida en la escuela de origen y se matricula en otra escuela, se consignará en el BOLETÍN, SÍNTESIS CONCEPTUAL: PASE A OTRA ESCUELA con P.A.
→ La nueva escuela resolverá la permanencia o no del estudiante.
→ En “Promovido A …” queda sin completar hasta que se defina el proceso de PA del/de el/la alumno/a.
→ Firma del/de la Director/a.

Nota: Cada Supervisor/a firmará la última hoja del registro cuando realice la visita a la escuela.

Por Firma de Certificados de Terminación de Estudios y/o Aprobación de Grado, deberán comunicarse con el Supervisor/a a cargo.

Quedamos atentos/as a sus inquietudes.
Saludos cordiales

Mariana Damonte Cristina Carriego
Coord. Supervisión Educación Especial Directora Pedagógica

DECLARACIÓN JURADA DE CURSOS Y DOCENTES 2022

DGEGP informa N° 2441

Les informamos que, a partir del lunes 14 de marzo, se encontrará habilitada la carga de la Declaración Jurada de Cursos y Docentes para el ciclo lectivo 2022. La misma deberá ser realizada hasta el 29 de abril, conforme lo establecido mediante Agenda Educativa 2022, a través de SINIGEP, ingresando con el usuario pedagógico de la institución (por ejemplo, A- 999P sin espacios) y la contraseña de acceso.

Recomendamos descargar el Instructivo general o el Instructivo RIEA, según corresponda y leerlo detalladamente antes de comenzar el proceso de carga.

Algunas consideraciones a tener en cuenta al momento de la carga de la información:
→ Se deberán declarar los/as docentes activos al 10 de marzo, sin considerar situaciones anteriores o posteriores.

→ Si bien los/as docentes que solicitaron dispensa no se encuentran haciendo uso de una
licencia, resulta fundamental conocer el/la docente que efectivamente se encuentra frente al curso. En este sentido, se solicita registrar como suplente al docente que esté reemplazando al docente dispensado.

→ Si en la pestaña Cursos solicitó EMA Económico, deberá justificar dicha solicitud ingresando en la pestaña Presentación y haciendo clic en el lápiz que aparece al lado de Justificación.

→ La información solicitada en el Legajo Único de Estudiantes forma parte de la DDJJ de cursos y docentes y mantiene la modalidad de carga anterior

Con el propósito de fortalecer la comunicación con todas las instituciones, a partir de este año se incorpora dentro de la Declaración Jurada la solicitud de teléfonos de contacto de representantes legales y directores, siendo su carga condición necesaria para su envío. Se deberá tener especial atención en la carga del domicilio, correo electrónico y teléfono de contacto institucional.

En caso de dudas, pueden ponerse en contacto con el/la supervisor/a a cargo de su establecimiento o con el equipo de SINIGEP (sinigep@bue.edu.ar).

Saludos,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

APLICACIÓN DEL ACTA PARITARIA DOCENTE MARZO 2022

A la comunidad educativa de gestión privada:

A continuación, se detallan las pautas para la implementación del aumento salarial docente para el mes de marzo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a lo dispuesto en ACTA SALARIAL firmada el 23 de febrero del corriente año.

1. SUELDO BÁSICO
El valor índice a partir del 1 de marzo es de: $15,93143.

2. SUMA FIJA DECRETO 483/05
A partir del 1 de marzo se regirá por los siguientes valores y será proporcionado por puntaje de cada cargo, teniendo en cuenta que dicha proporcionalidad está estipulada en 1.135 puntos índice para cargos de JS (Cargo Testigo: Maestra de Grado JS) y 2.070 para cargos de JC (Cargo Testigo: Maestra de Grado JC).

Se establece además un esquema de pisos para los cargos de JS y JC con menor puntaje, tal
como se describe a continuación:

A. Cargo J. Simple (1.135 puntos índice): $ 11.175,54

B. Cargo J. Completa (2.070 puntos índice): $ 22.351,09

-Hora cátedra: $ 588,19 (Tope 38 HC)
-Piso Cargos JS (Menos de 1.135 puntos): $ 10.266,88
-Piso Cargos JC (Menos de 2.070 puntos): $ 20.533,77
-Tope por persona: $ 22.351,08

3. PLUS DIFERENCIAL POR JERARQUIZACIÓN:
Sin modificaciones (15%).

4. MATERIAL DIDÁCTICO:
Recordar que este concepto se divide en dos ítems en función a la antigüedad del/la docente y
tiene —al igual que el Decreto 483/05— un sistema de pisos y proporcionalidad según los
puntos índices del cargo y el tipo de jornada (simple o completa).

4.1 MATERIAL DIDÁCTICO (0 al 60% DE ANTIGÜEDAD):
A partir del 1 de marzo se regirá por los siguientes valores:

Cargo J. Simple (1.135 puntos índice): $ 13.921,37
Cargo J. Completa (2.070 puntos índice): $ 27.842,74
Hora cátedra: $ 732,704 (Tope 38 HC)
Piso Cargos JS (Menos de 1.135 puntos): $ 13.358,85
Piso Cargos JC (Menos de 2.070 puntos): $ 26.717,70
Tope por persona: $ 27.842,74

IMPORTANTE: Se instituye para los/as docentes comprendidos/as en estos cargos una
compensación semestral equivalente al 50% del último pago realizado de dicha suma, al final
del primer y segundo semestre 2021, conforme a la cantidad de días trabajados en cada
semestre y que se liquidará conjuntamente con el SAC en idéntica fecha de pago. Si el cese se
produjera con anterioridad, esta compensación se liquidará al momento de producirse la baja.

4.2 MATERIAL DIDÁCTICO R (70 al 120% DE ANTIGÜEDAD):
A partir del 1 de marzo se regirá por los siguientes valores:

Cargo J. Simple (1.135 puntos índice): $ 17.250,77
Cargo J. Completa (2.070 puntos índice): $ 34.501,53
Hora cátedra: $ 907,94 (Tope 38 HC)
Piso Cargos JS (Menos de 1.135 puntos): $ 16,553,72
Piso Cargos JC (Menos de 2.070 puntos): $ 33.107,44
Tope por persona: $ 34.501,53

5. ADICIONAL ESPECIAL
A partir del 1 de marzo tendrá los siguientes valores:

Cargo J. Simple: $ 4.800,56
Cargo J. Completa: $ 9.601,12
Hora cátedra NIVEL MEDIO: $ 320,04 (Tope 30 HC)
Hora cátedra NIVEL SUPERIOR: $ 400,05 (Tope 24 HC)
El tope por persona queda establecido en $ 9.601,12

6. FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE (FONID)
A partir del 1 de marzo se regirá por los siguientes valores:

Cargo J. Simple: $ 3.907,00
Cargo J. Completa: $ 7.814,00
Hora cátedra NIVEL MEDIO: $ 260,47 (Tope 30 HC)
Hora cátedra NIVEL SUPERIOR: $ 325,58 (Tope 24 HC)
Tope por persona: $ 7.814,00

7. CONECTIVIDAD:
Sin modificaciones:

Cargo J. Simple: $2.250,00
Cargo J. Completa: $4.500,00
Hora cátedra NIVEL MEDIO: $150,00 (Tope 30 HC)
Hora cátedra NIVEL SUPERIOR: $187,50 (Tope 24 HC)
Tope por persona: $ 4.500,00

8. SALARIO MÍNIMO DOCENTE
El salario mínimo garantizado a partir del 1 de marzo tendrá los siguientes valores:
Cargo Testigo: Maestra de Grado Jornada Simple.

Base de cálculo: 20 horas cátedra.
J. Simple: $ 53.311,20 (1)
J. Completa: $ 106.622,40 (2)
Hora cátedra: $ 2.665,56 (tope 40 HC)

1. Para el cargo testigo de Maestra de Grado Jornada Simple o cargos con puntaje de 1.135 o más puntos y proporcional para los cargos con puntaje menor. Para los cargos de Jornada Simple con puntaje menor de 1.135 puntos, se asegura como piso de salario mínimo un monto de $ 31.396,51

2. Para el cargo testigo de Maestra de Grado Jornada Completa o cargos con puntaje de 2.070 o más puntos y proporcional para los cargos con puntaje menor. Para los cargos de Jornada Completa con puntaje menor de 2.070 puntos, se asegura como piso de salario mínimo un monto de $ 83.476,80.

Recordar que el Complemento Mínimo Garantizado es un concepto No Remunerativo y
No Bonificable.

9. ASIGNACIONES FAMILIARES
Recordar nuevos valores conforme a lo dispuesto en la Ley 6457/LCBA/2021 que rigen desde el 1 de enero 2022 y que fueron notificados por DGEGP informa N.° 2422 del 8 de febrero.

10. Las sumas proporcionales a puntos (Material Didáctico, Material Didáctico R, Decreto 483/05 y Sueldo Mínimo Garantizado) no deberán superar el valor tope según el tipo de jornada ni ser inferior al piso indicado para cada caso.

11. Ejemplo de Recibo de Maestra de Grado J. Simple con 40% de antigüedad para
marzo 2022

** Los descuentos corresponden a Jubilación (11%); Resolución 137/05 (2%); Ley 19032 (3%); Obra Social (3%) y Caja Complementaria (4,5%).

Saludos,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

NIVEL SUPERIOR: EQUIPO DE COORDINACIÓN

Nos ponemos en contacto para informarles que a partir del mes de Febrero del 2022 se ha
constituido un equipo de coordinación del Nivel Superior en reemplazo de la Prof. Cristina
Botana, quien a partir del primero de enero del 2022 se encuentra gozando del beneficio
jubilatorio. La nueva coordinación quedó conformada por los supervisores:

• Ruth Chavarría
• Claudia Hemsy
• Fabián Otero


Por último, aprovechamos la comunicación para agradecer el compromiso, la dedicación y el
profesionalismo de la Prof. Botana en la coordinación del nivel, deseando el mayor de los
éxitos en esta nueva etapa.

Saludos,
Equipo de coordinación de Supervisión de Educación Superior

BALANCE ANUAL DE CUENTAS 2021

DGEGP informa N° 2440:

Les informamos que se encuentra disponible la rendición del balance de cuentas 2021, cuyo vencimiento es el 31 de marzo. Dando cumplimiento de este modo a la Disposición N.º 55/2013.

La rendición debe ser generada desde SINIGEP. Al cliquear en el lápiz de la sección «Rendición de cuentas anual 2021» podrán ver el detalle de cada año. Luego, cada establecimiento podrá agregar comentarios y enviar la rendición digital.

Saludos,
Carla Zarza Constanza Ortiz
Gerente de Gestión Económica y Financiera Directora General

INSTITUCIONES CON APORTE ESTATAL TICKET GEP

Nos ponemos en contacto para presentarles Ticket GEP, una nueva herramienta informática cuya finalidad es simplificar y agilizar las comunicaciones entre las instituciones y la DGEGP en todo lo vinculado a la transferencia de aportes gubernamentales. Esta herramienta permitirá reducir los intercambios a través del correo electrónico favoreciendo mayor efectividad de seguimiento y respuesta.

A partir del 10 de marzo, cada institución deberá generar un usuario y contraseña para cada nivel aportado: Esto les permitirá ingresar al sistema y realizar, mediante tickets, aquellas consultas, dudas, reclamos y todo aquello relacionado a:
→ Mesa de ayuda SIDITAG.
→ Transferencias, Faltantes y Devoluciones – GOEF
→ Temas Normativos – Supervisión de Organización Escolar

Cada ticket ingresado tendrá asignado un número que les permitirá realizar un seguimiento de la comunicación y verificar su estado.

Para acceder a la plataforma será necesario ingresar a https://ticketgep.bue.edu.ar/login con el usuario y contraseña provisorios que se enviarán por correo electrónico, y se requerirá el cambio por una contraseña nueva en el primer ingreso. Luego se deberá generar el usuario correspondiente a cada nivel de la institución desde el cual se gestionarán las consultas.

En los próximos días, recibirán desde la casilla de “contable.dgegp@bue.edu.ar”, el usuario y contraseña provisorios para poder acceder al sistema. La fecha límite para la generación de usuario y contraseña es el 30 de marzo. A partir de dicha fecha, todas las comunicaciones a los sectores arriba mencionados, deberán realizarse exclusivamente por este medio.

Cordialmente,
Carla Zarza
Gerenta de Gestión Económica y Financiera