Notificación listado provisorio 2018/2019 – Comisión Ad Hoc

Se comunica a todos los Docentes inscriptos en el listado de interinatos y suplencias para la cobertura de cargos de supervisión en la Dirección General de Educación de Gestión Privada, que deberán concurrir el día 23 de Abril, en el horario de 11:30hs, a 15:30hs, a la Sede de la Comisión Ad Hoc (Av. Santa Fe 4362, Oficina Comisión Ad Hoc, entrepiso), a fines de notificarse fehacientemente del listado provisorio 2018/2019. De no poder concurrir, enviar a alguien con una autorización firmada por el aspirante

Para más información o consultas: dgcdo.comisionadhoc@bue.edu.ar o al tel: 4773-2400 Int 111.

Atentamente,
Lic. Beatriz Jáuregui – Directora General
Dirección General de Educación de Gestión Privada

MODIFICACIÓN DE BASE IMPONIBLE PARA EL CALCULO DE APORTES JUBILATORIOS Y DE OBRAS SOCIALES. MÍNIMOS PARA EL USO DE OBRA SOCIAL

Informamos a Uds. que por medio de la RES ANSeS 74/2019 se han modificado las bases imponibles mínimas y máximas previstas en la ley de jubilaciones y pensiones.

Dicha modificación surte efecto a partir del devengado MARZO 2019 (Anteriormente la actualización era semestral – en marzo y DICIEMBRE – pero a partir de la ley 27426 de Reforma Previsional dichas actualizaciones son trimestrales)

A los fines del cálculo de los aportes y contribuciones correspondientes al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) las remuneraciones no podrán ser inferiores al importe equivalente a TRES MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO CON 04/100 ($ 3621.04)

 DESCARGAR NORMATIVAS Y ACLARACIONES

Estas normas no se aplicarán por el momento a los trabajadores docentes curriculares y extracurriculares. –

Aportes Gubernamentales MARZO 2019 y FONID

DGEGP INFORMA N° 1867

A todas las escuelas con aporte estatal:

Las Escuelas que perciben aportes gubernamentales tienen disponibles desde el miércoles 3 de Abril de 2019, en sus respectivas cuentas bancarias, los fondos correspondientes a los aportes gubernamentales para atender a los de sueldos de Marzo 2019.

También se procedió a girar la 2da. cuota del 4to. trimestre 2018 del FONID. Por lo tanto las fechas de los vencimientos de rendición de los fondos de Marzo 2019 serían las siguientes:

– Depósito de excedentes y cierre rendición digital (Disposición Nº 255/15) – 08 de Abril de 2019.
– Solicitud de faltantes (Disposición Nº 255/15) – 15 de Abril de 2019.
– Rendición en papel – 17 de Abril de 2019.

Atentamente,
Lic. Beatriz Jáuregui – Directora General
Dirección General de Educación de Gestión Privada

FE DE ERRATAS para el nivel de educación especial en la aplicación del acta paritaria docente

Informe de la DGEGP sobre el cambio de algunos índices de algunos cargos por horas cátedra a partir de 1 de febrero de 2019

FE DE ERRATAS

Modificación con cambios a aplicar a partir del 1 de febrero de 2019 para los cargos que se detallan a continuación o su equivalente en horas. Recordar que estos cargos se cumplen con horas reloj. El código 6508 “Hora de Maestro Materias Especiales” no tiene modificaciones, continúa con 56 índices porque son horas cátedra.

Supervisores que atenderán en el nivel los Distritos Escolares hasta la cobertura de cargos

Estimados Representantes Legales y Equipos Directivos:

Ante las jubilaciones de las supervisoras Patricia García y Patricia Valli y hasta que se hagan cargo los nuevos supervisores pedagógicos designados, detallamos a continuación los agentes encargados de cada distrito:

Distrito 3: Lic. Marcelo Impellizzieri
Distrito 4: Mg. René Presman
Distrito 5: Lic. Paula Olivetti
Distrito 11: Lic. Mercedes Quintana
Distrito 12: Lic. Silvina Larrea Saludos cordiales.

Eduardo Alfredo Silber
Coordinador- Supervisión de Nivel Primario y Primario de Adultos
Dirección General de Educación de Gestión Privada

Fechas para la 3° instancia de evaluación de alumnos con hasta 3 asignaturas pendientes

Estimadas Autoridades:

Nos acercamos a Uds. para precisar información acerca de fechas de Examen:

Ante diversas consultas recibidas, reenviamos por este medio, las fechas de la 3° instancia de evaluación para los alumnos que completan estudios y que adeuden hasta 3 asignaturas: 24, 25 y 26 de abril, sin suspensión de clases (las fechas que aparecen en Agenda Educativa 3, 4 y 5 de mayo, son erróneas, por tanto, quedan sin efecto).

PPI: Por otra parte, les informamos que, en el marco de la Resolución CFE N° 311/2016 y la Resolución N° 4513/MEGC/2017, deberán presentar ante esta Dirección General:

 Un listado de todos los alumnos con Proyecto Pedagógico Individual para la Inclusión -PPI- (nombre y apellido, curso).
 El informe síntesis de PPI, solamente, de los alumnos que posean adaptaciones curriculares (desfasaje con los contenidos del año que cursa).
Los Institutos deberán conservar en los legajos de los alumnos, el PPI de cada uno de los que figuren en el listado, presentado ante esta Dirección General.

Se adjuntan aquí textos de las Resoluciones y modelos de informe síntesis.

Atentamente,
Silvia Pérez Sbarbatti – Viviana Pintos Coordinadoras
Supervisión de Nivel Secundario
Dirección General de Educación de Gestión Privada

Resolución 346/CFE/2018 y Anexos I y II y los Instructivos III y IV para presentación de proyectos de Planes pedagógicos a distancia 2019

A las autoridades de los Institutos incorporados a la enseñanza oficial:

Se les informa el nuevo Acuerdo Marco de Educación a Distancia, Resolución 346/CFE/2018 y sus Anexos I y II. En virtud de la fecha de comunicación de la misma, se hace saber que las presentaciones de los proyectos de la convocatoria 2019 de esta opción pedagógica, podrán efectuarse regidos tanto por esta norma, como por la Resolución 32/CFE/07, aclarándose en cada caso, por cual norma se efectúa dicha presentación. Las propuestas se recibirán hasta el 29 de marzo. Cumplido este plazo sólo se aceptarán los proyectos de los Institutos que hayan presentado, en tiempo y forma, la nota de prórroga.

Atentamente,
Claudia Marcela Pena
Coordinadora de la Supervisión Técnico Pedagógica
Dirección General de Educación de Gestión Privada.

Resolución CFE Nº 346:18 Anexo 1

Resolución CFE 346:18 Anexo II

Modelos de cuadros para presentación institucional – DGEGP

INSTRUCTIVO 2019 PLANES DISTANCIA – DGEGP -2

 

SAEOEP: INCREMENTO SALARIAL PERSONAL NO DOCENTE (CCT 88/90)

Informamos que el 14/03/2019 se ha firmado un acta acuerdo para fijar la política salarial 2019 para el personal del Convenio Colectivo de Trabajo N° 88/90 (Personal no docente de Capital Federal y partidos del Conurbano Bonaerense enumerados en el convenio).

Cabe aclarar que si bien dicho aumento no ha sido homologado todavía, el mismo será presentado ante el Ministerio de Trabajo.

CLÁUSULA PRIMERA DEL ACUERDO: Que en el marco del CCT N 88/90 han llegado a un acuerdo salarial que consiste en un aumento que se hará efectivo en los términos concretos que se expresan en la siguiente planilla y que comprende todas las correcciones de escalas salariales anteriores a la fecha:

CLÁUSULA SEGUNDA DEL ACUERDO: Se reitera en todos sus términos la vigencia de la contribución empresaria sobre el salario de los trabajadores, establecidos en los acuerdos de los años 2006 a la fecha, y en cuanto a las modalidades de la misma, 3% para el mes de marzo de 2019, 3% para el mes de abril de 2019, 3% para el mes de mayo de 2019 y el 2% para el mes de Junio de 2019, el destino de dicha contribución a favor del SAEOEP se establece para Turismo, Recreación, Capacitación, Promoción, Publicidad, Acción Social, OPRENAR y salud.

CLÁUSULA TERCERA DEL ACUERDO: Se reitera en todos sus términos la vigencia del aporte solidario del 1% del salario de los trabajadores afiliados y no afiliados al SAEOEP a favor de dicha organización gremial, y en cuanto al destino de dichos aportes se establece para: Turismo, Recreación, Capacitación, Promoción, Publicidad, Acción Social, OPRENAR y salud. Se reitera que esta cláusula tiene vigencia hasta la expiración de este acuerdo

CLÁUSULA CUARTA DEL ACUERDO: Las planillas salariales acordadas en la cláusula “primera” exclusivamente, tienen vigencia hasta el 29 de febrero de 2020.

CLÁUSULA SEXTA DEL ACUERDO: Con respecto a los trabajadores que al 01 de Marzo de 2019 tengan salarios básicos superiores a los determinados en el presente o sumas a cuenta de dichos incrementos, los empleadores podrán absorber dicha diferencia respecto de las retribuciones básicas convenidas.

Diseño curricular educación inicial y Ley 15.061

1 – DISEÑO CURRICULAR EDUCACIÓN INICIAL:

Haciendo click aquí podrán descargar el Nuevo Diseño Curricular para la Educación Inicial (Segundo Ciclo: Jardín de Infantes).

2– Ley 15061: Prohibición de Retención de Documentación:

Transcribimos texto de la citada ley, que establece la prohibición, para los establecimientos privados de enseñanza de la provincia de Buenos Aires, de retener o no entregar documentación a los alumnos, sea cual fuere la situación administrativa de sus padres para con el colegio. Si bien aún no está reglamentada, se aconseja tenerla en cuenta, en el marco del principio de anualidad del contrato de matrícula, que en modo alguno queda invalidado con la presente:

Artículo 1°: Prohíbase a los establecimientos educativo públicos de gestión privada retener o no entregar boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y otra documentación oficial de aquellos alumnos que registren morosidad en el pago aranceles o cuotas.

Artículo 2°: Ningún alumno por falta de pago de aranceles o cuotas o mora en el pago de los mismos, será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general.

Artículo 3°: Los establecimientos educativos comprendidos en la presente ley deben abstenerse de hacer pública la deuda de aranceles y/o cuotas de su alumnado, como así también deben adoptar mecanismos que eviten que tanto docentes como alumnos sean involucrados en el cobro de los aranceles o cuotas.

Artículo 4°: El incumplimiento de la presente ley implicará las sanciones que determine la autoridad de aplicación.

Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la Ciudad de La Plata, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil dieciocho.