ACLARACIÓN DE DGEGP SOBRE TRATAMIENTO DE CASOS SOSPECHOSOS

DGEGP INFORMA N.° 2336

Nos comunicamos con relación al punto del «Protocolo para el desarrollo de clases presenciales» (RESFC N.° 6-GCABA-MEDGC/21), titulado «Protocolo
ante casos sospechosos y confirmados de COVID-19 en el establecimiento educativo y acciones en el establecimiento»,
vinculado al tratamiento de los casos sospechosos. Es importante aclarar que este punto debe ser leído en consonancia y sin apartarse de lo que establece el «Protocolo de manejo frente a casos sospechosos y confirmados de Coronavirus (COVID19)» del Ministerio de Salud del GCBA, al cual remite el protocolo educativo como referencia experta.

En este sentido, el protocolo de Salud expresa con la precisión necesaria cómo deben manejarse los casos de contacto estrecho y, consecuentemente, los tiempos de aislamiento y de reincorporación a la actividad:
Los contactos estrechos deberán cumplimentar 10 días de aislamiento domiciliario estricto pudiendo reducirse el mismo siempre y cuando la persona se realice un test de PCR con posterioridad al 7° día desde el último contacto con el caso confirmado, siendo su resultado no detectable. Ante la aparición de fiebre u otra sintomatología compatible con la definición de caso sospechoso, se procederá en consecuencia.

En suma, cumplidos los días de prescripción de aislamiento se consideran restablecidas las condiciones para la realización de actividades escolares sin la necesidad de presentar un test de PRC.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz – Directora General de Educación de Gestión

CAMBIOS EN EL SISTEMA DE PRESENTACIÓN DE MOVIMIENTOS

A través de la Providencia que se transcribe, la DGCyE ha informado que, a partir del 9 de agosto próximo, se pondrá en vigencia un nuevo sistema de elevación de movimientos, con carácter progresivo y gradual, comenzando por servicios de las regiones 1, 3, 6 y 9. A medida que obtengamos mayores
precisiones, iremos informando detalles de la puesta en marcha y utilización del nuevo sistema, sobre el que también realizaremos una reunión informativa la próxima semana, enviando fecha, horario y link de conexión respectivo en los próximos días.

Descargar Providencia
Descargar Manual del Usuario
Descargar Listado Región 1
Descargar Listado Región 3
Descargar Listado Región 6
Descargar Listado Región 9

A su vez, se transcribe el instructivo con el cual debe identificarse cada establecimiento cuando acceda al sistema Mesa de Entradas Digital, para la carga de movimientos, según lo establecido en el Informativo de ADEEPRA B-108/21, para los servicios de las regiones 1; 3; 6 y 9 allí detallados.

Adelantamos que los días 25 y 26 del corriente se llevará a cabo un taller de capacitación virtual sobre este y otros temas que hacen a la Dimensión Administrativa Organizacional de la Escuela Privada, dirigido a Secretarios, Administrativos y Representantes Legales.

PRESENTACIÓN F1 EN JEFATURA DE REGIÓN – SERVICIOS CON APORTE ESTATAL

Se transcribe Providencia de la Dirección de Liquidaciones en la que se informa de las sanciones que recaerán en los establecimientos del listado adjunto en el otro link, por falta de elevación de las Declaraciones Juradas de Aranceles (F1) oportunamente solicitadas.

Habiéndose detectado a la fecha, la no presentación por parte de algunos servicios educativos de la Declaración Jurada de Aranceles (F1), en formato digital (PDF) correspondiente a los meses de abril, julio y septiembre del ciclo lectivo 2021 en las Jefaturas Regionales de acuerdo al mecanismo alternativo establecido por PV-2021-12279901- GDEBA-SSAYRHDGCYE en el marco de la Resolución 34/2017 y modificatorias, se intima a todos aquellos establecimientos con aporte estatal que aún no hayan dado cumplimiento a dicha obligación, deberán hacerlo hasta el día viernes 06/08/21 inclusive.

Se adjunta archivo embebido con detalle de servicios educativos con aporte estatal que no presentaron el F1 digital web, debiendo tener en cuenta que de existir servicios educativos con aporte que -sin figurar en dicho listado- no hubieran presentado la declaración Jurada en Jefatura de Región deberán hacerlo en los términos de la presente.

El incumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la RESOC-2021-1509-GDEBA-DGCYE, habilitará a la DGCyE a aplicar lo previsto en los artículos 137 segundo párrafo y 141 de la Ley de Educación de la Provincia de Buenos Aires N°13.688

Las Jefaturas de Región deberán elevarán la nómina de colegios con aporte estatal que hayan incumplido la obligación de presentación antes del 13/08/2021 mediante PV dirigida a la Directora de la Direccion de Educación de Gestión Privada Marcela Cabadas y el Director de Liquidaciones, Retribuciones, Haberes y aportes a la Educación Privada Nicolas Garzo.

Nómina de Institutos que adeudan el F1

Ante algunas consultas recibidas se aclara que la obligatoriedad a que refiere la Pv recibida, tal como lo indica la misma, es en cuanto a la presentación de la declaración jurada F1 en Jefatura de Región (art. 9
Resolución 34/2017), que históricamente se entregaba en Jefatura de Región y a partir del 2020, dadas las condiciones aún vigentes, se presenta vía mail a la dirección de correo establecida por Jefatura a tal fin.
El formulario web no se encuentra ya disponible para su carga.

Atte.
Coordinación Administrativa
Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada

RELEVAMIENTO ANUAL 2021 – DGEGP INFORMA N° 2329

DGEGP INFORMA N° 2329
Estimados equipos directivos, les informamos que se encuentra activo el Sistema de carga del Relevamiento Anual (RA) 2021, el operativo que cada año captura datos para actualizar el padrón oficial de establecimientos educativos y sostener el sistema federal de estadísticas educativas.

Este año, y en función de las decisiones tomadas en el marco del Consejo Federal de Educación, el operativo ha sido demorado tres meses en todo el país, por tal motivo se requiere muy especialmente el apoyo y compromiso de cada institución educativa para lograr el objetivo de disponer de información en tiempo y forma

En este sentido, corresponderá cumplir con este operativo en los siguientes casos:
a. Que al día 30 de abril de 2021 el establecimiento haya funcionado con alumnos/as matriculados/as de manera virtual, y/o presencial.
b. Que al día 30 de abril de 2021 el establecimiento haya tenido una planta docente aprobada y designada, aunque no se hubieran registrado alumnos/as a esa fecha (ni de manera virtual ni de manera presencial). Es decir, una Planta pedagógica en el caso de las instituciones privadas. En esta situación, solo se completarán los cuadros referidos a docentes.
c. Importante: la información que se requiere por sección / división es la de alumnos/as matriculados/as en general en TODA la sección / división y NO debe ser discriminada por burbujas.

Asimismo, se recuerda que la Resolución N.° 53/UEICEE/2017 establece la obligatoriedad de brindar información estadística en tiempo y forma por parte de todos los establecimientos oficiales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y en caso contrario, faculta a la Coordinación de Estadística e Información Educativa de la UEICEE a la inactivación de la Clave Única de
Establecimiento (CUE).
→ Período de carga: hasta el 28 de agosto de 2021.
→ Acceso al Sistema: se debe ingresar a la página
web https://relevamientoanual.bue.edu.ar/ a través del navegador Mozilla. Allí deberán descargar y leer atentamente los instructivos correspondientes, los cuales resultarán imprescindibles al momento de resolver dudas. En la portada de la página se muestra el lugar del acceso.

Una vez completada la carga, se deberán confirmar y guardar digitalmente TODAS las declaraciones juradas que emite el programa, como comprobante de que se ha completado sin errores el relevamiento.

Ante cualquier duda o consulta, escribir a: relevamientos.estadisticaueicee@bue.edu.ar. Gracias desde ya por vuestra colaboración.

Saludos cordiales

SEGUNDA INSCRIPCIÓN AL PROGRAMA PROGRESAR

DGEGP INFORMA N.° 2330: Segunda inscripción al programa PROGRESAR

Les informamos que, a través de la Resolución N.° 2431/2021 del Ministerio de Educación de la Nación, se convoca a la segunda inscripción al «PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS» (PROGRESAR) hasta el 31 de agosto de 2021, incorporando a las instituciones educativas de gestión privada que cumplan con los siguientes requisitos:

→ Emitan títulos oficiales
→ Brinden un servicio gratuito u otorguen becas a sus alumnos/as o los/as subvencionen de manera que la cuota o contribución voluntaria a abonar no supere por todo concepto un monto anual equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil.
→ Estén localizadas en una zona donde no exista oferta equivalente en las instituciones educativas de gestión estatal.

Con respecto al último requisito, para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por “zona” se refiere a la comuna. Es decir que no debería haber otra escuela de gestión estatal en la misma comuna que ofrezca una oferta equivalente.

Para Nivel Primario y Nivel Secundario: las instituciones deberán postularse para que se incorporen en la oferta de inscripción de la plataforma Progresar y deberán ser aprobadas según cumplan los requisitos. Deberán enviar la información a: progresar.privadas@educacion.gob.ar.

Los requisitos que deben cumplir los/as estudiantes de Nivel Primario y Secundario que se postulen a la beca son:
→ Ser argentina/o nativa/o, por opción, o residente con una residencia legal en el país no inferior a cinco (5) años previos a la solicitud.
→ Tener entre dieciocho (18) y veinticuatro (24) años de edad al momento del cierre de la convocatoria a la beca. Para el caso de grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional, esta edad se extiende hasta treinta (30) años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria a la beca y, particularmente para las personas trans no se establece límite de edad.
→ Personas con discapacidad: no se establece límite de edad.
→ Ser alumno/a regular de una institución educativa.

La suma de los ingresos de la/el joven y los de su grupo familiar no debe ser superior a tres (3) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Para Nivel Superior: las instituciones deben contactarse al correo
electrónico progresar.privadas@educacion.gob.ar para que les indiquen la documentación a enviar.

Los requisitos para los/as estudiantes de Nivel Superior que se postulan a la beca son:
→ Ser argentina/o nativa/o o por opción. Tener al momento del cierre de la convocatoria, en el caso de alumnos/as ingresantes, entre dieciocho (18) y veinticuatro (24) años de edad cumplidos y para el caso de alumnos/as avanzados/as en la carrera, hasta treinta (30) años cumplidos. Para el caso de grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional, tanto ingresantes como avanzados/as, la edad se extiende hasta treinta y cinco (35) años y particularmente para las personas trans e integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios no se establece límite de edad. mujeres con hijos/as de hasta 18 años de edad que se encuentren a cargo de un hogar monoparental; b) Los/as integrantes de
las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios; c) Las personas trans

Por dudas o consultas, podrán escribir a: progresar.privadas@educacion.gob.ar

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz Directora General de Educación de Gestión Privada

INVITACIÓN AL CURSO SINIGEP

DGEGP INFORMA N.° 2328: Nos complace comunicarles que se encuentra abierta la inscripción al curso «SINIGEP: una herramienta de trabajo de los establecimientos de Gestión Privada».

El curso será dictado por profesionales del equipo SINIGEP y de la DGEGP, en el marco de la oferta de capacitación de Escuela de Maestros. Se realizará bajo la modalidad virtual y tendrá una duración de 7 encuentros semanales, a partir del 26 de agosto.
La propuesta de capacitación está dirigida exclusivamente a Secretarias/os o referentes de las instituciones educativas de gestión privada de todos los niveles y modalidades que utilizan SINIGEP para realizar trámites y consultar información.

El objetivo de la capacitación es profundizar el conocimiento de los distintos módulos y funcionalidades que contiene SINIGEP, poniendo el foco en la presentación de los trámites administrativos, como la Declaración Jurada de Cursos y Docentes. Es importante enfatizar que no se abordarán temas vinculados con rendiciones del aporte estatal ni con Escuelas Seguras. Para acreditar el curso será obligatorio participar de las videoconferencias de apertura y cierre, estudiar el material que se entregará semanalmente a través del Campus de Escuela de Maestros y resolver correctamente los ejercicios propuestos. Adicionalmente, se habilitará un simulador en el que los/as participantes deberán realizar actividades que emulan la presentación real de distintos trámites administrativo-pedagógicos.

La aprobación del curso implica el reconocimiento de 60 horas cátedra, acreditables como puntaje docente. Los interesados podrán inscribirse a través de SINIGEP, accediendo al siguiente enlace: https://sinigep.bue.edu.ar/eventos/5681 hasta el 13 de agosto, sin excepción. Los cupos son limitados.

¡Los esperamos!

PROTOCOLO ACTUALIZADO PARA CLASES PRESENCIALES – AGOSTO 2021

Protocolo Actualizado para las Clases Presenciales –agosto 2021 – Guía de Orientaciones Pedagógicas.

Damos difusión al nuevo protocolo para las clases presenciales –agosto 2021-Resolución Nº 6 –GCABA –MEDGC/21, y la guía con orientaciones pedagógicas para el desarrollo de las clases presenciales que dan encuadre a la presencialidad plena de aplicación progresiva que se inicia en los institutos de gestión estatal y privada de la Ciudad.

Resolución N.° 6-GCABA-MEDGC/21.
Guía de orientaciones pedagógicas para el desarrollo de las clases presenciales.

PAUTAS SALARIALES 2021 CURRICULARES – INCREMENTO SALARIAL CABA

El valor índice a partir del 1 de julio será de: $11,515.
SUMA DECRETO 483/05 (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)

Los valores serán los siguientes y será proporcionado por puntaje de cada cargo, teniendo en cuenta que dicha proporcionalidad está estipulada en 1135 puntos índice para cargos de JS (Cargo Testigo: Maestra de Grado JS) y 2070 para cargos de JC (Cargo Testigo: Maestra de Grado JC).

Se establece además un esquema de pisos para los cargos de JS y JC con menor puntaje tal como se describe a continuación:
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 7658.4
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 15316.8
→ Hora cátedra: $ 403.07 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 7466.94
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 14933.88
→ Tope por persona: $ 15316.8

SALARIO MÍNIMO DOCENTE (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE)
Incrementan los valores a:
→ Cargos J. Simple: $38387.00 (20 HC)
→ Cargos J. Completa: $76774.00
→ Hora cátedra: $1919.35 (Tope 40 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 22883.32
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 60842.00
→ Tope por persona: $ 76774.00

Adicional Especial
Incrementan los valores a:
→ Cargos J. Simple: $ 2570.00
→ Cargos J. Completa: $ 5140.00
→ Hora cátedra hasta nivel secundario: $ 171.33 (Tope 30 HC)
→ Hora cátedra hasta nivel superior: $ 214.17 (Tope 24 HC)
→ Tope por persona: $ 5140.00

MATERIAL DIDÁCTICO:
Se divide en dos ítems en función a la antigüedad del/la docente y tendrá, un sistema de pisos y proporcionalidad según los puntos índices del cargo y el tipo de jornada (simple o completa).

MATERIAL DIDÁCTICO (0 al 60% DE ANTIGÜEDAD) – (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG y complemento semestral)
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 9964.80
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 19929.60
→ Hora cátedra: $ 524.463 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 9715.68
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 19431.36
→ Tope por persona: $ 19929.60

Los docentes comprendidos/as en estos cargos recibirían una compensación semestral equivalente al 50% del último pago realizado de dicha suma, al final del primer y segundo semestre 2021, conforme a la cantidad de días trabajados en cada semestre y que se liquidará conjuntamente con el SAC en idéntica fecha de pago. Si el cese se produjera con anterioridad, esta compensación se liquidará al momento de producirse la baja.

MATERIAL DIDÁCTICO R (70 al 120% DE ANTIGÜEDAD) – (REMUNERATIVO – NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG)
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 12347.96
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 24695.91
→ Hora cátedra: $ 649.89 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 12039.26
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 24078.51
→ Tope por persona: $ 24695.91

AGOSTO 2021
SUELDO BÁSICO (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)

El valor índice a partir del 1 de AGOSTO será de: $ 11,99475

SUMA DECRETO 483/05 (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)
Los valores serán los siguientes y será proporcionado por puntaje de cada cargo, teniendo en cuenta que dicha proporcionalidad está estipulada en 1135 puntos índice para cargos de JS (Cargo Testigo: Maestra de Grado JS) y 2070 para cargos de JC (Cargo Testigo: Maestra de Grado JC).

Se establece además un esquema de pisos para los cargos de JS y JC con menor puntaje tal como se describe a continuación:
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 7980
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 15960
→ Hora cátedra: $ 420 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 7786.04
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 15572,08
→ Tope por persona: $ 15960

SALARIO MÍNIMO DOCENTE (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE)
Incrementan los valores a:

→ Cargos J. Simple: $40000 (20 HC)
→ Cargos J. Completa: $80000
→ Hora cátedra: $2000 (Tope 40 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 23869.67
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 63464.50
→ Tope por persona: $ 80000

Adicional Especial
Incrementan los valores a:

→ Cargos J. Simple: $ 2783.1
→ Cargos J. Completa: $ 5566.20
→ Hora cátedra hasta nivel secundario: $ 185.54 (Tope 30 HC)
→ Hora cátedra hasta nivel superior: $ 231.96 (Tope 24 HC)
→ Tope por persona: $ 5566.20

MATERIAL DIDÁCTICO:
Se divide en dos ítems en función a la antigüedad del/la docente y tendrá, un sistema de pisos y proporcionalidad según los puntos índices del cargo y el tipo de jornada (simple o completa).

MATERIAL DIDÁCTICO (0 al 60% DE ANTIGÜEDAD) – (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG y complemento semestral)
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 10380
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 20760
→ Hora cátedra: $ 546.26 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 10130.88
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 20261.76
→ Tope por persona: $ 20760

Los docentes comprendidos/as en estos cargos recibirían una compensación semestral equivalente al 50% del último pago realizado de dicha suma, al final del primer y segundo semestre 2021, conforme a la cantidad de días trabajados en cada semestre y que se liquidará conjuntamente con el SAC en idéntica fecha de pago. Si el cese se produjera con anterioridad, esta compensación se liquidará al momento de producirse la baja.

MATERIAL DIDÁCTICO R (70 al 120% DE ANTIGÜEDAD) – (REMUNERATIVO – NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG)
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 12862.45
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 25724.91
→ Hora cátedra: $ 676.97 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 12553.75
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 25107.71
→ Tope por persona: $ 25724.91

SEPTIEMBRE 2021

FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE (FONID) (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – no computa al cálculo CMG)

Incrementan los valores a:
→ Cargo J. Simple: $ 2830.00
→ Cargo J. Completa: $ 5660.00
→ Hora cátedra NIVEL MEDIO: $ 188.67 (Tope 30 HC)
→ Hora cátedra NIVEL SUPERIOR: $ 235.83 (Tope 24 HC)
→ Tope por persona: $ 5660.00

CONECTIVIDAD (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – no computa al cálculo CMG)
Incrementan los valores a:
→ Cargo J. Simple: $1000
→ Cargo J. Completa: $ 2000
→ Hora cátedra NIVEL MEDIO: $ 66.67 (Tope 30 HC)
→ Hora cátedra NIVEL SUPERIOR: $ 83.33 (Tope 24 HC)
→ Tope por persona: $ 2000

Ejemplo de Recibos:
VIGENCIA 01/09/2021
MAESTRO DE GRADO (845) / INICIAL (543)

OCTUBRE 2021
SUELDO BÁSICO (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)

El valor índice a partir del 1 de AGOSTO será de: $ 12,95433
SUMA DECRETO 483/05 (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)
Los valores serán los siguientes y será proporcionado por puntaje de cada cargo, teniendo en cuenta que dicha proporcionalidad está estipulada en 1135 puntos índice para cargos de JS (Cargo Testigo: Maestra de Grado JS) y 2070 para cargos de JC (Cargo Testigo: Maestra de Grado JC)

Se establece además un esquema de pisos para los cargos de JS y JC con menor puntaje tal como se describe a continuación:
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 9118,2
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 18236,4
→ Hora cátedra: $ 479,91 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 8328,51
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 16657,02
→ Tope por persona: $ 18236,4

SALARIO MÍNIMO DOCENTE (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE)
Incrementan los valores a:
→ Cargos J. Simple: $ 43360 (20 HC)
→ Cargos J. Completa: $ 86720
→ Hora cátedra: $2168 (Tope 40 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 25447,83
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 67660,5
→ Tope por persona: $ 86720

Adicional Especial
Incrementan los valores a:
→ Cargos J. Simple: $ 3124.05
→ Cargos J. Completa: $ 6248.1
→ Hora cátedra hasta nivel secundario: $ 208.27 (Tope 30 HC)
→ Hora cátedra hasta nivel superior: $ 260.34 (Tope 24 HC)
→ Tope por persona: $ 6248.1

MATERIAL DIDÁCTICO:
Se divide en dos ítems en función a la antigüedad del/la docente y tendrá, un sistema de pisos y proporcionalidad según los puntos índices del cargo y el tipo de jornada (simple o completa).

MATERIAL DIDÁCTICO (0 al 60% DE ANTIGÜEDAD) – (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG y complemento semestral)
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 11328.4
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 22656,8
→ Hora cátedra: $ 596,23 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 10836.72
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 21673.44
→ Tope por persona: $ 22656,8

Los docentes comprendidos/as en estos cargos recibirían una compensación
semestral equivalente al 50% del último pago realizado de dicha suma, al final del primer y segundo semestre 2021, conforme a la cantidad de días trabajados en cada semestre y que se liquidará conjuntamente con el SAC en idéntica fecha de pago. Si el cese se produjera con anterioridad, esta compensación se liquidará al momento de producirse la baja.

MATERIAL DIDÁCTICO R (70 al 120% DE ANTIGÜEDAD) – (REMUNERATIVO – NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG)
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 14037.67
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 28075.34
→ Hora cátedra: $ 738.82 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 13428.4
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 26856.8
→ Tope por persona: $ 28075.34

Ejemplo recibo:
VIGENCIA 01/10/2021
MAESTRO DE GRADO (845) / INICIAL (543)

Noviembre 2021
SUELDO BÁSICO (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)

El valor índice a partir del 1 de AGOSTO será de: $ 13,43412

SUMA DECRETO 483/05 (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)
Los valores serán los siguientes y será proporcionado por puntaje de cada cargo, teniendo en cuenta que dicha proporcionalidad está estipulada en 1135 puntos índice para cargos de JS (Cargo Testigo: Maestra de Grado JS) y 2070 para cargos de JC (Cargo Testigo: Maestra de Grado JC).

Se establece además un esquema de pisos para los cargos de JS y JC con menor puntaje tal como se describe a continuación:
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 9441,2
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 18882,4
→ Hora cátedra: $ 496,91 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 8647,61
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 17295,22
→ Tope por persona: $ 18882,4

SALARIO MÍNIMO DOCENTE (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE)
Incrementan los valores a:
→ Cargos J. Simple: $ 44960 (20 HC)
→ Cargos J. Completa: $ 89920
→ Hora cátedra: $2248 (Tope 40 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 26434,18
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 70283
→ Tope por persona: $ 89920

Adicional Especial
Incrementan los valores a:
→ Cargos J. Simple: $ 3337,2
→ Cargos J. Completa: $ 6674,4
→ Hora cátedra hasta nivel secundario: $ 222,48 (Tope 30 HC)
→ Hora cátedra hasta nivel superior: $ 278,1 (Tope 24 HC)
→ Tope por persona: $ 6674,4

MATERIAL DIDÁCTICO:
Se divide en dos ítems en función a la antigüedad del/la docente y tendrá, un sistema de pisos y proporcionalidad según los puntos índices del cargo y el tipo de jornada (simple o completa).

MATERIAL DIDÁCTICO (0 al 60% DE ANTIGÜEDAD) – (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG y complemento semestral)
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 11743,4
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 23486,8
→ Hora cátedra: $ 618,07 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 11251,92
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 22503,84
→ Tope por persona: $ 23486,8

Los docentes comprendidos/as en estos cargos recibirían una compensación semestral equivalente al 50% del último pago realizado de dicha suma, al final del primer y segundo semestre 2021, conforme a la cantidad de días trabajados en cada semestre y que se liquidará conjuntamente con el SAC en idéntica fecha de pago. Si el cese se produjera con anterioridad, esta compensación se liquidará al momento de producirse la baja

MATERIAL DIDÁCTICO R (70 al 120% DE ANTIGÜEDAD) – (REMUNERATIVO – NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG)
→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 14551,92
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 29103,86
→ Hora cátedra: $ 765,89 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 13942,90
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 27885,80
→ Tope por persona: $ 29103,86

Ejemplo recibo:
VIGENCIA 01/11/2021
MAESTRO DE GRADO (845) / INICIAL (543

Estos incrementos representan un aumento aproximando en el bolsillo del trabajador de:
→ Julio 7.88% respecto al mes anterior
→ Agosto 4.14% respecto al mes anterior
→ Septiembre 1.45% respecto al mes anterior
→ Octubre 8.60% respecto al mes anterior
→ Noviembre 3.60% respecto al mes anterior

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN – ACLARACIÓN SOBRE EXTENSIÓN DE JORNADA

1.- Información Requerida por las Subsecretarías: En el link adjunto podrán descargar el instructivo por el que se solicita a los establecimientos información sobre las modalidades de presencialidad adoptada y otros datos de interés, los que deben cargarse en una base de datos a la que se accede por el link indicado en el mismo.

Relevamiento sobre formas de organización de la escolarización en la vuelta a la presencialidad

2.- Aclaraciones sobre Extensión de la Jornada Escolar: Respecto de la Circular enviada en el día de ayer por Informativo B- 95/21, en la Reunión del Consejo Consultivo mantenida con la Subsecretaria de Educación se formularon algunas precisiones al respecto, entre las que destacamos:

→La prolongación de la jornada escolar no debe alterar la organización de las “burbujas” con la que se venía trabajando hasta ahora, evitándose en lo posible el intercambio de alumnos entre las mismas.

→También debe mantenerse la distancia social establecida en el Plan Provincial, de 1,5 metros entre los alumnos y 2 metros con el docente. Esto motiva que, de acuerdo al tamaño de las aulas, el número de alumnos que conforma cada “burbuja” pueda variar, no existiendo límites más allá de los señalados por la distancia mencionada.

→El comienzo de la nueva organización horaria puede iniciarse de inmediato, no siendo necesario elevar solicitud ni esperar autorización, siendo suficiente la circular publicada en el Informativo B-95/21.

→La organización de entradas y salidas deberá continuar con las pautas de seguridad establecidas en el protocolo provincial, lo mismo que los recreos, los que, de todos modos, podrán adecuarse según el tamaño de diversidad de espacios disponibles. Esto, teniendo en cuenta la progresiva normalización de horarios en el nivel secundario.

→Respecto de la citada normalización de cargas horarias en secundario, deberá tenerse presente que, no obstante, se continúa aplicando el Curriculum Prioritario en cuanto a la organización pedagógica, privilegiando los enfoques Areales y la evaluación de proceso.
(Resolución 1872 y RITE).

→En cuanto a Dispensas, se definirán próximamente nuevas pautas a nivel de todo el estado provincial, según el avance del plan de vacunación. Se mantiene, en ámbito de la educación de gestión privada la aplicación de la Res. 4/21 del Ministerio de Trabajo de laNación (Informativo T-40/21 de nuestra asociación).