COMUNICADO NRO. 12 – EP – DIEGEP CERTIFICADO DE SEXTO AÑO 2020 – 2021

COMUNICADO N ° 12/2021
ASUNTO: Certificado de Sexto Año 2020 – 2021

A las Jefaturas de Región 1-25 (DIEGEP):

Se remite, mediante el presente, rectificativo del Comunicado Conjunto – Nº 05/2020, atento que por un error involuntario se adjuntó, en esa oportunidad, formulario que no corresponde a la Gestión Privada.

Los certificados que hubieran sido emitidos, deberán emitirse nuevamente con el formulario que se adjunta al presente.

Formulario Certificado Sexto Año 2020 – 2021

Desde ya, se solicita disculpas por el error.
Saludos cordiales.

VALERIA TRAJTENBERG
SUBDIRECTORA
DIEGEP

DOCUMENTO PARA EDUCACIÓN ESPECIAL

Comunicación Nº 8/20
La Plata 30 de marzo de 2021

Estudiantes de la modalidad que integran más de un grupo o concurren a más de una institución educativa. Procedimiento de actuación ante caso sospechoso o confirmado de COVID -19.

La Modalidad de Educación Especial garantiza las trayectorias educativas de sus estudiantes en transversalidad con niveles y modalidades.

Esta transversalidad supone recorridos que implican la concurrencia a más de un espacio educativo o a más de un agrupamiento dentro del mismo espacio: Contraturnos, trayectos curriculares compartidos, proyectos de inclusión en los niveles obligatorios que supongan asistencia a sede, son algunas de esas propuestas.

Hasta el momento las y los estudiantes habían iniciado la presencialidad en un solo espacio educativo, por ello resulta importante informar que las y los estudiantes podrán concurrir a las diversas propuestas en el mismo espacio escolar o en otras instituciones.

Hacemos llegar en adjunto, el procedimiento a realizar ante la aparición de casos confirmados o sospechosos de COVID -19 en el desarrollo de estas propuestas.

Atentos a las dudas e inquietudes que pudieran surgir ante la implementación, quedamos a entera disposición.

Equipo de trabajo
Dirección de Educación Especial.

PRÓRROGA PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA IPS

Transcribimos Resolución 208/2021-GDEBA-IPS.

LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 29 de Marzo de 2021
Referencia: Prórroga Plazos Presentación Documentación


VISTO, el expediente 2020-05547702-GDEBA-DPSYCTIPS, el Decreto Nacional Nº 297/2020 y Nº 168/2021, el Decreto Nº 132/2020, la situación epidemiológica del coronavirus (COVID-19), la Resolución HD Nº 672/2020, la Resolución HD Nº 430/2020 y

CONSIDERANDO
Que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto Nº 297/2020 dicta la medida de «aislamiento social, preventivo y obligatorio” y la consecuente prohibición de circular, en el marco de la declaración de pandemia emitida por la OMS, prorrogada sucesivamente por los Decretos N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N° 459/2020, N° 493/2020, N° 576/2020, N° 605/2020, N° 641/2020, N° 677/2020, N° 714/2020, N° 754/2020, N° 792/2020, N° 814/2020, N° 875/2020, N° 956/2020, N° 985/2020, N° 1033/2020, N° 4/2021, N° 67/2021, N° 125/2021, N° 167/2021 y N° 168/2021;

Que, en tal sentido, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires declara la emergencia sanitaria y la consecuente prohibición de circular mediante Decreto Nº 132/2020 ratificado por Ley Nº 15174 por el término de ciento ochenta (180) días a partir del 12 de marzo del corriente y prorrogado en su
vencimiento por Decretos Nº 180/2020, N° 255/2020, N° 282/2020, N° 433/2020, N° 498/2020, N° 583/2020, N° 604/2020, N° 689/2020, N° 701/2020, N° 771/2020, N° 774/2020, N° 884/2020, N° 944/2020, N°976/2020, N° 103/2020, N° 1231/2020, N° 40/2021 y N° 106/2021 sucesivamente;

Que por Resolución HD Nº 672/2020 este Organismo adhiere al Protocolo – Enfermedad por coronavirus 2019, producido por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, aprobando el Plan de Acción que garantice el funcionamiento del IPS y determinando en su Artículo 3º los plazos para la presentación de documentación inherente a las distintas prestaciones;

Que dicho Artículo 3º fue modificado oportunamente por Resolución HD Nº 430/2020 prorrogando los plazos allí establecidos hasta el 31 de Marzo del corriente año;

Que, teniendo en cuenta razones de estricta emergencia sanitaria, se extienden las medidas preventivas a nivel nacional como así también en ámbito del estado provincial a los efectos de evitar la propagación del virus que causa el COVID-19, resultando imperioso prorrogar los plazos determinados precedentemente;

Que el Honorable Directorio, según consta en Acta N° 3559 ha resuelto proceder al dictado de la presente en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 8587;

Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Modificar el Artículo 3º de la Resolución HD Nº 672/2020, modificado por Resolución Nº 430/2020 el cual quedará redactado en los siguientes términos: “ARTÍCULO 3º: Prorrogar los plazos para la presentación de Recursos, Declaraciones Juradas cuatrimestrales de presentación anual para los establecimientos educativos de gestión privada, Certificados de Supervivencia, Certificados de Estudios y Declaración
Jurada comprendidos en el artículo 37 del Decreto Ley Nº 9650/80 y Declaraciones Juradas de los beneficiarios de la Ley Nº 5675, comprendidas en el artículo 5º del Decreto-Ley Nº 8009/57 y Poderes para percibir al 30 de junio de 2021.”.

ARTÍCULO 2º: Registrar. Comunicar. Cumplido archivar.

Eduardo Santin Presidente
Instituto de Previsión Social

PROTOCOLO PARA LA VUELTA A LA PRESENCIALIDAD ÁREAS ESPECIALES

En los links adjuntos podrán consultarse los protocolos para la vuelta a la presencialidad en las aras especiales, lo que implica la consecuente autorización para el inicio de clases en las mismas observando las pautas aquí establecidas.

Protocolo para Educación Artística en el Nivel de Enseñanza Inicial y Primario
Protocolo para Centros Educativos Complementarios
Protocolo para Centros de Educación Física
Protocolo para Clases de Educación Física en el Sistema Educativo
Protocolo para Escuelas de Educación Estética
Protocolo para Escuelas Secundarias Especializadas en Arte, Escuelas Secundarias con Orientación en Arte y Escuelas Secundarias con asignaturas en Arte

PRESENCIALIDAD EN NIVEL SUPERIOR

COMUNICACIÓN CONJUNTA 3/21

Pautas de organización institucional para un regreso progresivo, cuidado y seguro a la presencialidad en acciones específicas en los ISFD – ISFDyT.
Hemos iniciado el año en un contexto esperanzador a partir del proceso de vacunación que la provincia viene llevando adelante.

Desde la DGCyE se han propiciado diferentes acciones de regreso progresivo, cuidado y seguro a la presencialidad en los niveles de enseñanza obligatorios. Las Direcciones de Educación de Gestión Privada y la de Formación Docente Inicial tienen el enorme desafío de proponer pautas para la organización institucional para la concreción e implementación de acciones específicas en los ISFD y los ISFDyT del nivel superior.

En la Comunicación 1/21 se expresa que “Sostendremos la modalidad de cursada no presencial hasta julio”, sin embargo, es posible habilitar la vuelta progresiva a la presencialidad en el nivel Superior siempre que estén garantizadas las medidas sanitarias establecidas por el Plan Jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires para el Regreso Seguro a las Clases Presenciales. Allí se establece que “El regreso a clases presenciales se realizará de manera progresiva, en etapas, en el momento y en los distritos que disponga el Gobierno de la provincia de Buenos Aires de acuerdo con la evaluación de riesgo epidemiológico que realicen las autoridades sanitarias y educativas competentes (…) a partir de los criterios sanitarios elaborados por la propia jurisdicción para atender las particularidades de las situaciones epidemiológicas de cada distrito desde una perspectiva regional”. Asimismo, la Resolución 387/21 del Consejo Federal de Educación establece tres posibles formas de escolarización: 1. Presencialidad completa, 2. Semipresencial o combinada y 3. Continuidad pedagógica no presencial.

A partir de lo expuesto es que se establecen condiciones y pautas para la organización institucional de algunas acciones específicas de la vuelta a la presencialidad progresiva, cuidada y segura. Para ello se deberán realizar acuerdos institucionales, con intervención de todos los órganos de participación institucional, para la elaboración del plan de acciones presenciales.

CONDICIONES
→ Toda acción presencial que ocurra en los Institutos deberá enmarcarse en el Plan Jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires para el Regreso Seguro a las Clases Presenciales (Res. conjunta 63/2020 y actualización 2021) bajo la supervisión de las y los Inspectores
→ Las actividades presenciales no podrán ser obligatorias para estudiantes, ni se tomará asistencia.
→ Se tendrá en cuenta para la organización de las actividades presenciales a las/os docentes que no están dispensados.

PAUTAS
→ Considerar la Comunicación Conjunta 1/21 que expresa la posibilidad de desarrollar de manera presencial las mesas de exámenes de febrero-marzo 2021 del Profesorado de Educación Física, en el marco del regreso progresivo y seguro a la presencialidad para aquellas materias y TFO que tienen como contenidos la natación, la gimnasia y los deportes.
→ Para las Carreras de Formación Técnica: “Priorizar para las actividades presenciales las prácticas profesionalizantes del último año, las actividades educativas que, por su naturaleza, requieran de alguna actividad eminentemente práctica y/o aquellas que requieran de un equipamiento o entorno formativo específico (ya sea en el edificio de la institución o fuera de ella)”. (COMUNICACIÓN Nº 02/2021 – DESFT)
→ Para las Carreras de Formación Docente: priorizar para las actividades presenciales las prácticas específicas de las unidades curriculares que por su naturaleza requieran de alguna actividad eminentemente práctica, y/o aquellas que requieran de un equipamiento o entorno formativo específico.
→ Priorizar el Trayecto Formativo Complementario, tutorías, entrega de materiales bibliográficos para soporte de cursadas virtuales, para favorecer el acompañamiento y sostenimiento de las trayectorias estudiantiles que durante 2020 fueron débiles o intermitentes.
→ Dar prioridad al taller inicial para fortalecer los procesos de afiliación de las y los ingresantes.
→ Acompañar el regreso progresivo a la presencialidad de las escuelas y jardines desde el Campo de la práctica sosteniendo que “Las prácticas ocurren donde ocurre la escuela”.
→ Organizar las situaciones de índole administrativa – solicitud y entrega de documental – que permitan facilitar el regreso seguro y cuidado a la presencialidad.

Esperamos que estas pautas sean el marco inicial dentro del cual organizar un regreso cuidado y progresivo de los Institutos a la presencialidad.

Asimismo, reafirmamos nuestro compromiso de acompañar y sostener las trayectorias formativas mientras este retorno se concreta. Sin otro particular, quedamos a su disposición ante cualquier duda o inquietud. Las y los saludamos atentamente,

Dirección de Formación Docente Inicial Dirección de Educación de Gestión Privada

ACTA ACUERDO SAEOEP SUELDOS MARZO 2021

ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 15 días del mes de marzo de dos mil veintiuno entre el SINDICATO ARGENTINO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA (SAEOEP) representado por el Sr. Aníbal LEIVA, por una parte y por la otra en representación del CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION CATOLICA (CONSUDEC) la Dra. María Alicia FUEYO, por la ASOCIACION DE INSTITUTOS DE ENSEÑANZA PRIVADA (ADIDEP) el Dr. Alfredo Horacio MUINELO y por la ASOCIACION DE INSTITUTOS DE ENSEÑANZA PRIVADA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (AIEPBA) la Prof. María del Carmen Mónica ESPINOSA, que en el marco del CCT 88/90 ACUERDAN:

PRIMERO: Que en el marco del CCT Nº 88/90 han llegado a un acuerdo salarial que consiste en lo siguientes términos:

SEGUNDO: Se reitera en todos sus términos la vigencia de la contribución de los empleadores sobre el salario bruto de los trabajadores, establecidos en los acuerdos de los años 2006 a la fecha, consistente en el 3% para el mes de marzo de 2021, 3% para el mes de abril de 2021, 3% para el mes de mayo de 2021 y el 2% para el mes Junio de 2021 a favor del SAEOEP a efectos de ser aplicados a los siguientes rubros Turismo, Recreación, Capacitación, Promoción, Publicidad, Acción Mutual y Salud.

TERCERO: Se reitera en todos sus términos la vigencia del aporte solidario del 1% del salario bruto de los trabajadores afiliados y no afiliados al SAEOEP a favor de dicha Organización Gremial y en cuanto al destino de dichos aportes se establece para Turismo, Recreación, Capacitación, Promoción, Publicidad, Acción Mutual y Salud.

CUARTO: Las Planillas Salariales acordadas en la cláusula “primera” exclusivamente tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2021 siendo las restantes clausulas hasta el 28 de febrero del 2022.

QUINTA: las partes que suscriben el presente acuerdo resuelven reunirse nuevamente durante el mes de Abril 2021 para analizar en forma conjunta la evolución de la situación económica del país a efectos de tomar las medidas pertinentes sobre el particular.

SEXTA: Con respecto a los trabajadores que al 1 de marzo de 2021 tuvieran salarios básicos superiores a los determinados en la presente o sumas a cuenta de dichos incrementos, los empleadores podrán absorber dicha diferencia respecto de las retribuciones básicas convenidas en esta Acta.

SEPTIMA: Las partes acuerdan constituir a las partes firmantes de la presente acta en Comisión Evaluadora de la ley 27.555 y su decreto reglamentario 27/2021 referente al contrato de teletrabajo.

OCTAVO: Las partes suscriben el presente acuerdo en tres ejemplares para su presentación ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y posterior homologación. ———

IPS: PRESENTACIÓN DDJJ 2019 Y 2020

«Se prorrogaría el vencimiento al 30/06/2021, para la presentación de carpetas 2019 y 2020. Una vez se oficialice la medida por Resolución IPS, se comunicará a los miembros del Consejo Consultivo y por la página oficial del IPS/NOVEDADES».

El resto de los trámites, continúan de manera virtual (Libre deudas, Planes de pago y transferencias bancarias), hasta nuevo aviso.
Próximamente informaremos al respecto.

Con referencia a las DDJJ 2019 que fueran presentadas el 29/12/20 en el IPS por nuestro intermedio, serán retiradas en la primera semana de Abril. Cuando obren en nuestro poder notificaremos a cada instituto para su retiro.

DÍAS POR VACUNACIÓN COVID-19

Adjuntamos, haciendo clic aquí, el instructivo recibido respecto de licencias por Vacunación COVID-19 a los docentes de Establecimientos Educativos.

Aclaración: Solo es pertinente para los establecimientos privados lo concerniente a la concesión de la licencia y la presentación de los comprobantes médicos, sin utilización, en modo alguno, del módulo «Mis Licencias», que es de uso exclusivo para educación estatal