SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN – ACLARACIÓN SOBRE EXTENSIÓN DE JORNADA

1.- Información Requerida por las Subsecretarías: En el link adjunto podrán descargar el instructivo por el que se solicita a los establecimientos información sobre las modalidades de presencialidad adoptada y otros datos de interés, los que deben cargarse en una base de datos a la que se accede por el link indicado en el mismo.

Relevamiento sobre formas de organización de la escolarización en la vuelta a la presencialidad

2.- Aclaraciones sobre Extensión de la Jornada Escolar: Respecto de la Circular enviada en el día de ayer por Informativo B- 95/21, en la Reunión del Consejo Consultivo mantenida con la Subsecretaria de Educación se formularon algunas precisiones al respecto, entre las que destacamos:

→La prolongación de la jornada escolar no debe alterar la organización de las “burbujas” con la que se venía trabajando hasta ahora, evitándose en lo posible el intercambio de alumnos entre las mismas.

→También debe mantenerse la distancia social establecida en el Plan Provincial, de 1,5 metros entre los alumnos y 2 metros con el docente. Esto motiva que, de acuerdo al tamaño de las aulas, el número de alumnos que conforma cada “burbuja” pueda variar, no existiendo límites más allá de los señalados por la distancia mencionada.

→El comienzo de la nueva organización horaria puede iniciarse de inmediato, no siendo necesario elevar solicitud ni esperar autorización, siendo suficiente la circular publicada en el Informativo B-95/21.

→La organización de entradas y salidas deberá continuar con las pautas de seguridad establecidas en el protocolo provincial, lo mismo que los recreos, los que, de todos modos, podrán adecuarse según el tamaño de diversidad de espacios disponibles. Esto, teniendo en cuenta la progresiva normalización de horarios en el nivel secundario.

→Respecto de la citada normalización de cargas horarias en secundario, deberá tenerse presente que, no obstante, se continúa aplicando el Curriculum Prioritario en cuanto a la organización pedagógica, privilegiando los enfoques Areales y la evaluación de proceso.
(Resolución 1872 y RITE).

→En cuanto a Dispensas, se definirán próximamente nuevas pautas a nivel de todo el estado provincial, según el avance del plan de vacunación. Se mantiene, en ámbito de la educación de gestión privada la aplicación de la Res. 4/21 del Ministerio de Trabajo de laNación (Informativo T-40/21 de nuestra asociación).

NUEVA METODOLOGÍA DE PAGO IPS – PROVINCIA NET – SUSPENSIÓN DE PAGO MEDIANTE TRANSFERENCIA

QUEDAN SUSPENDIDAS LAS TRANSFERENCIAS BANCARIAS A PARTIR DEL PRESENTE COMUNICADO

Se deberán realizar los pagos en un Banco, Bapro o mediante Provincia NET

NUEVO MECANISMO DE PAGO
Se encuentra habilitada la modalidad de pago Provincia NET Pagos – PAGOS ONLINE

Con Provincia NET Pagos Online puede abonar las obligaciones previsionales de forma simple, segura y gratuita sin necesidad de enviar al correo de transferencias_eep@ips.gba.gov.ar las DDJJ mensuales junto con sus pagos.

Ingresar a https://www.provincianet.com.ar

Asimismo, se informará en nuestra Página Web: www.ips.gba.gov.ar Empleadores > Establecimientos Educativos.

Se ruega proceder a su más amplia difusión, agradeciendo vuestra predisposición.

Cra. Rosana Etcheverry
Jefa Departamento Recursos Entes No Oficiales
Dirección de Recaudación y Fiscalización
Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires

PRORROGA PLAN DE REGULACIÓN DEUDAS PROVISIONALES ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS

Se transcribe resolución enviada por IPS.

VISTO, el EX-2021-10295334-DPSYCTIPS, la RESO-2021-311-GDEBA-IPS que aprueba el Plan de

Regularización de Deudas Previsionales para Empleadores aportantes del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires que no han regularizado las deudas que mantienen con este Organismo, y

CONSIDERANDO,
Que dicha Resolución establece un beneficio de exención de intereses compensatorios para los Establecimientos Educativos de Gestión Privada para deudas devengadas durante el período marzo de 2020 a diciembre de 2020, en virtud de la situación económica derivada de la pandemia originada en la propagación de la enfermedad Covid-19;

Que la norma establece un plazo de noventa (90) días corridos de adhesión para acogerse al beneficio implementado;

Que, a efectos de las adhesiones, los Establecimientos Educativos debían encontrarse en término respecto de las presentaciones de declaraciones juradas que requiere el Departamento Recursos Entes No Oficiales;

Que la situación derivada de la pandemia originó demoras en las presentaciones de las declaraciones juradas exigidas por el artículo 10 inciso e) del Decreto Ley Nº9650/80 (T.O. Decreto N° 600/94), necesarias a efectos de las pertinentes liquidaciones del devengado de obligaciones por
aportes y contribuciones, lo cual oportunamente llevó a prorrogar los plazos de presentación de las mismas;

Que dichas circunstancias han originado que el plazo de adhesión del beneficio mencionado, resulte insuficiente a efectos de lograr los fines de la implementación de la norma;

Que por tales motivos resultaría oportuno ampliar el plazo aludido por un término que resulte satisfactorio a los fines indicados;

Que el dictado de la presente se efectúa conforme lo normado en el artículo 7° inciso m) de la Ley Nº 8587 (Texto según Ley N° 12208) que faculta al Instituto de Previsión Social a establecer planes de regularización y de pago por los montos adeudados al Organismo de parte de los empleadores con obligaciones ante este sistema previsional;

Que el artículo 1° del Decreto-Ley N° 9650/80 (T.O. Decreto N° 600/94) y modificatorias, inviste a este Organismo como autoridad de aplicación del régimen que tal norma instituye;

Que el Honorable Directorio, en su reunión de fecha 7 de julio de 2021, según consta en Acta N° 3574, procede a dictar la presente medida;

Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DEBUENOS AIRES
RESUELVE

Artículo 1°. Prorrogar el plazo de adhesión al beneficio para deudas devengadas entre marzo de 2020 y diciembre de 2020, establecido en el punto 1.4 del Anexo IF-2021-10502178-GDEBA-IPS del “Plan de Regularización de Deudas Previsionales para los Empleadores del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires”, por el término de sesenta (60) días corridos desde el vencimiento del plazo establecido en el punto 2.2.2 del mismo Anexo.

Artículo 2°. Registrar. Pasar al Departamento Técnico Administrativo para su publicación en el Boletín Oficial y SINDMA. Cumplido, notificar a la Dirección Provincial de Prestaciones y Recursos y a la Dirección General de Administración y, por su intermedio, a sus dependencias. Hecho, remitir lo
actuado a la Dirección de Recaudación y Fiscalización. Cumplido, archivar.

Saludos Cordiales.

PAGO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES MENSUALES AL IPS

Recordamos a todos los establecimientos educativos, que el Instituto de Previsión Social de la Pcia de Bs As (IPS) a raíz de la pandemia COVID, había emitido un comunicado a los efectos que los establecimientos educativos pudieran hacer el depósito de los aportes y contribuciones con destino a este organismo, a través de una transferencia bancaria.

Hacemos notar en esta oportunidad que dicha modalidad de pago traía consigo la obligación del establecimiento, de remitir mediante email a transferencias_eep@ips.gba.gov.ar en forma inmediata posterior al pago, copia de la DDJJ SICEEP y la transferencia efectuada en formato .PDF, de tal
forma que el IPS pudiera efectuar la imputación del pago a cada nivel de DIEGEP correspondiente.

Trascribimos la parte pertinente del comunicado emitido oportunamente por el IPS:

El pago de las obligaciones mensuales de aportes y contribuciones, se realizará mediante transferencia bancaria, a la cuenta corriente del IPS Nº 20000001386

CBU 0140999801200000013861

CUIT 33-63317800-9

Una vez efectuado el pago, cada establecimiento deberá enviar escaneado el comprobante de la transferencia y la declaración jurada mensual SICEEP generada a través de una impresión digital, la que puede efectuarse desde el mismo SICEEP, con programas como BULLZIP PDF, PDF CREATOR, PRIMO PDF u otro de gestión de archivos PDF, con la finalidad de poder imputar la
información del pago a cada nivel educativo (no se enviar al citado mail, archivos en formato JPG, o fotos), que coincida con el depósito, al mail:
transferencias_eep@ips.gba.gov.ar

Hemos sido notificados por el IPS que el organismo tiene depósitos registrados, pero no individualizados, lo que implica que muchísimos establecimientos educativos figuran con deuda. Atento ello les solicitamos puedan verificar mes a mes si se ha cumplido con esta normativa y si no se hubiera cumplido hacerlo.

NUEVO ACUERDO SALARIAL CON GREMIOS DOCENTES DE LA CIUDAD

En los links adjuntos podrá consultarse el Acta Acuerdo que se firmara en el día de ayer con los gremios docentes de Ciudad fijando nuevas pautas salariales para los meses que restan del presente año, así como las tablas de valores y las especificaciones técnicas de las mismas.

Acta Acuerdo Salarial Docentes
Anexo Especificaciones Técnicas
Tabla de Valores con Incrementos Agosto Noviembre

DECLARACIÓN JURADA DE ARANCELES JULIO 2021

A partir del lunes 12 de julio está habilitada la carga de la Declaración Jurada de Aranceles correspondiente a julio 2021, para informar los aumentos establecidos en la Disposición 73-DGEGP-2021 y Anexos I y II que oportunamente comunicamos en ADEEPRA Informa C-34 – 29/03/21 Oficialización de incremento de topes arancelarios.

Para efectuar la carga de la DJA las autoridades indican los siguientes procedimientos y fechas:

→ Deberán completar el formulario con los nuevos importes, adjuntar la nota enviada a las familias con la notificación del aumento y copia de recibos de aranceles (uno por cada segmento arancelario informado).

→ En caso de no haber aplicado incremento alguno, de todas formas, deberán presentar la Declaración Jurada con los importes que están cobrando y en el enlace “Nota de elevación”, adjuntar la correspondiente nota explicando que las autoridades han decidido no modificar el valor de los aranceles.

→ El plazo para la presentación de esta Declaración Jurada vence el próximo viernes 6 de agosto.

TASA DE INTERÉS POR PAGOS FUERA DE TÉRMINO PBA TERCER TRIMESTRE 2021

INSTITUTOS EDUCATIVOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CON APORTE ESTATAL TASA DE INTERES APLICABLE EN EL TRIMESTRE JULIO-SEPTIEMBRE

De acuerdo a lo dispuesto por la AFIP, la tasa de interés resarcitorio por pagos fuera de término ascenderá en el trimestre julio-septiembre al 3,35% mensual o sea el 0,1117% diario.

Hacemos notar que de acuerdo a lo dispuesto por la Res. DGCYE N° 34/2017 y sus modificaciones, la aludida tasa de interés es el máximo que los institutos educativos privados con aporte estatal pueden percibir de las familias por cuotas fuera de término.

IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESCUELAS PROMOTORAS

Transcribimos Providencia de Firma Conjunta recibida de la Dirección de Educación de Gestión Privada Dirección General de Cultura y Educación.

Por medio de la presente, se comunica el proceso de implementación de Escuelas Promotoras 2021.

Para el ciclo lectivo 2021 la asignación de horas institucionales se aplicará únicamente para los 3ros años que aplicaron el programa en el año 2020 en 2do año.

Los movimientos deberán ser presentados (junto con los cuadros que se envían como archivos de trabajo) teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

Deberán realizarse altas nuevas, agrupando la cantidad total de horas del docente, con categoría DT (DOCENTE TRAYECTORIA). En las observaciones se discrimina la cantidad de horas correspondientes a PAT y a horas institucionales (HI) asignadas a cada materia.

Fecha de alta: 08/03/2021, o fecha posterior de toma efectiva de posesión, la que corresponda.

Deberán contar con aval del Inspector (quien verificará la confección de DDJJ de cargos de cada docente).

La asignación de los módulos institucionales no genera al docente incompatibilidad por acumulación de carga horaria

Se presentarán en un único cuerpo por establecimiento educativo, adjuntando los cuadros incluidos en la presente comunicación que deberán contar con el aval del contenido por parte del Inspector.

En el caso particular del docente suplente de las horas curriculares (horas DS) que accedan también a las HI, para que éstas sean subvencionadas deberán contar con la situación de revista de acuerdo al título (en observaciones se dejará constancia de los datos del titular suplido incluyendo DNI / secuencia). Dicho movimiento deberá ser presentado en coordinación administrativa con la copia del movimiento de las horas curriculares (DS) (colocando fecha de alta y baja si fuera anterior a la finalización del ciclo lectivo).

Se adjunta como archivo embebido el detalle de Escuelas Promotoras con continuidad autorizada confeccionado por DIEGEP, no pudiendo exceder los módulos incluidos en los movimientos la cantidad allí establecida. Se presentarán todas las altas en el Área Coordinación Administrativa, en formato digital según ME-2020-06996944-GDEBA-DLHRYAEPDGCYE al correo electrónico cooradmdipregep@abc.gob.ar , con una nota del correspondiente Jefe Regional avalando el contenido de los cuadros y los movimientos. Solo se recibirán los archivos enviados por LAS JEFATURAS DE REGIÓN y no desde los establecimientos.

No deberán colocar fecha de baja dado que se realizará en forma automática al cierre del ciclo lectivo (como se realiza habitualmente con los suplentes), excepto casos de renuncia o ceses anteriores al cierre del ciclo lectivo, en cuyos casos la sustitución se presentará en el Área correspondiente de acuerdo a la Disposición 1000.

Ante cualquier consulta pueden comunicarse a la siguiente dirección de correo electrónico: cooradmdipregep@abc.gob.ar

Marcela Haydee Cabadas Directora
Dirección de Educación de Gestión Privada
Dirección General de Cultura y Educación

Nicolas Santiago Garzo Director
Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y
Aportes a la Educación Privada
Dirección General de Cultura y Educación

INSCRIPCIÓN PLAN EGRESAR

El Plan Egresar está destinado a estudiantes que hayan terminado de cursar el nivel secundario entre 2016 y 2020 en establecimientos de Educación Común y secundarias Especializadas en Arte, de gestión estatal y privada y que, a la fecha, no hayan podido obtener el título porque aún tienen materias pendientes de aprobación. En este marco, hasta el 16 de julio inclusive está abierta la plataforma de inscripción habilitada por el Ministerio de Educación de la Nación. Las y los interesados podrán cursar hasta dos trayectos por cuatrimestre, que se desarrollarán a partir de agosto. Quienes se inscriban, además, podrán solicitar su inclusión a la Beca Egresar, que asciende a $5000 mensuales por cada cuatrimestre, en tanto cumplan con los requisitos socioeconómicos estipulados. Para más información: http://abc.gov.ar/comenzo-la-inscripcion-para-el-plan-egresar

En este escenario, desde la DGCyE se procura potenciar el alcance de este Plan tan relevante para garantizar la acreditación de la educación obligatoria.
Con este fin, se remite para cada establecimiento la nómina de estudiantes que cursaron el último año de nivel Secundario entre 2017 y 2020 registrados/as en la plataforma Mis Alumnos con condición de finalización de cursado con áreas pendientes, que a la fecha no se han titulado o no se encuentran con título en trámite.

En primer lugar, dado que algunos establecimientos no cargaron su información en Mis Alumnos en años anteriores y a que dicha plataforma no estaba vigente en 2016, se solicita que las y los estudiantes que no figuran en dicha nómina, pero que han cursado el último año del nivel entre 2016 y 2020 y a la fecha no han egresado, sean agregados al final de la misma.

En segundo lugar, se solicita a las escuelas contactar a las y los estudiantes en esta situación (sea que estén en el listado original o que sean adicionados al mismo por el establecimiento) para convocarlos/as a participar del Plan Egresar. Con este fin, se requiere que la escuela complete los últimos campos del registro enviado:

→ Egresó (Si/ No): completar por Sí o por No de acuerdo a la situación actual del estudiante. Si el/la estudiante se tituló, fin del registro (no se lo debe contactar).

→ Si no egresó: indicar si se contactaron de la escuela para informar sobre el plan Egresar (Si/ No – observaciones): para aquellos/as estudiantes que
actualmente se encuentren sin titulación, registrar si se pudo realizar el contacto e informar sobre el Plan Egresar. En caso de ser necesario completar el campo Observaciones.

→ Si contactó: indicar si le interesa inscribirse en el plan Egresar (Si/No): para aquellos/as estudiantes a los que se haya podido contactar, informar si manifiestan o no interés en inscribirse. En caso de ser necesario completar el campo Observaciones.

→ Una vez completada la nómina de estudiantes en condiciones potenciales de inscribirse al plan y de completar los campos sobre contacto e interés en
participar, se solicita remitir el listado completo al Inspector Areal, con fecha máxima LUNES 5 DE JULIO.

OBSERVACIÓN: CADA ESCUELA DEBE RECIBIR SÓLO EL ARCHIVO CORRESPONDIENTE A ESA INSTITUCIÓN.

Atentamente Secretaría Privada
Dirección Provincial de Educación Secundaria

PROTOCOLO PARA COMEDORES ESCOLARES

PROTOCOLO PARA LA APERTURA DE LAS COCINAS Y DE LOS SALONES COMEDORES EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE GESTIÓN ESTATAL Y DE GESTIÓN PRIVADA
El presente protocolo se enmarca en el PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES – ACTUALIZACIÓN PARA EL INICIO DE CLASES 2021.

OBJETO
El presente Protocolo tiene por finalidad establecer las pautas y recomendaciones de higiene y prevención a tener en cuenta para la apertura de las cocinas y de los salones comedores de los ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
Este protocolo se complementa con las pautas de ingreso y permanencia en el establecimiento educativo que establece el PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES – ACTUALIZACION PARA EL INICIO DE CLASES 2021.

DESTINATARIOS
Las y los destinatarios del presente protocolo son los equipos de conducción de los establecimientos educativos, auxiliares de limpieza, cocineros y cocineras, auxiliares de cocina, docentes, estudiantes beneficiarios del Servicio Alimentario Escolar (en adelante SAE) y las familias.
Los equipos de conducción deberán velar por que se cumplan las disposiciones de funcionamiento de las cocinas y de los salones comedores de acuerdo a las pautas aquí establecidas. Cualquier incumplimiento deberá ser notificado a la Jefatura de Inspección Distrital y al Consejo Escolar, a los fines de su intervención.

  1. ORGANIZACIÓN DE LAS PRESTACIONES ALIMENTARIAS EN EL AMBITO ESCOLAR.
    El presente protocolo regula la provisión en el establecimiento educativo de las prestaciones alimentarias.
    En aquellos establecimientos educativos con residencias o albergues estudiantiles corresponderá la aplicación del presente protocolo, en el marco de las prestaciones originales del SAE, consumiendo los y las estudiantes las prestaciones alimentarias dentro de los establecimientos educativos.
    En los restantes establecimientos educativos el presente protocolo será de aplicación cuando la DGCYE autorice las prestaciones alimentarias en el establecimiento en forma progresiva.

Los equipos de conducción verificarán que es posible respetar las pautas de cuidado, distanciamiento, limpieza e infraestructura establecidas en el presente protocolo para que sea posible la elaboración de los alimentos en las cocinas de los establecimientos educativos. Ello depende de: (a) el estado de la infraestructura de la cocina y (b) el estado, condiciones de ventilación y superficie del espacio común que será utilizado en comedor. Los elementos de limpieza y desinfección y aquellos de protección personal serán provistos por la DGCYE a través de los Consejos Escolares.
Cuando no sea posible elaborar alimentos dentro de las cocinas de los establecimientos educativos, podrán solicitar con carácter temporalmente acotado y por excepción la modalidad listo consumo, esto es la provisión de una comida tipo desayuno/merienda preparada y lista para ser consumida por las y los estudiantes.
Los equipos de conducción informarán esta circunstancia a la Jefatura de Inspección Distrital a los fines de que se comunique dicha situación a los entes ejecutores del SAE, los que deberán adecuar las compras a los requerimientos de cada establecimiento.
Asimismo, en caso de aplicar la modalidad de elaboración de alimentos dentro de los establecimientos educativos, deberán los equipos de conducción informar a los Consejos Escolares para analizar la planta de auxiliares del establecimiento y adecuarla, según normativa vigente, a tales fines.

  1. PAUTAS PARA LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO ALIMENTARIO ESCOLAR
    Para la implementación de las prestaciones del SAE dentro de los establecimientos educativos se establecen las siguientes pautas de cumplimiento obligatorio que cada equipo de conducción podrá
    considerar en función de las particularidades de cada institución.

2.1. Pautas para la organización del servicio
→ Grupos con distanciamiento social. Los grupos de las secciones de estudiantes que comparten el aula debe conservarse en los salones comedores y al momento del ingreso y egreso del mismo, para garantizar el cumplimiento del distanciamiento prescripto por la autoridad sanitaria
(2 metros en espacios comunes). Se deberá verificar que la densidad de ocupación de los salones comedores no sea inferior a 2.5 metros cuadrados por estudiante.

En caso que el espacio sea suficientemente amplio podrán asistir en forma simultánea dos (2) o más grupos siempre que entre grupos quede una superficie libre equivalente al 75% de la superficie que ocupa cada grupo.

En cada rotación de estudiantes en los espacios destinados al comedor, se debe garantizar un tiempo mínimo para desinfectar e higienizar las mesas y elementos de contacto frecuente.

En las cocinas, el personal deberá respetar la distancia de 2 metros entre sí y el uso de máscaras y barbijos mientras se preparan los alimentos.

→ Horarios de prestación. Los equipos de conducción deberán organizar los momentos para entregar y consumir las prestaciones, según su jornada institucional y la infraestructura disponible. Deberán respetarse las medidas de higiene, protección, limpieza y ventilación de los espacios. En caso de ser posible el uso de los salones comedores escolares, el ingreso y
egreso de los estudiantes será en horarios escalonados para evitar aglomeraciones.

→ Ventilación natural permanente. Las ventanas deberán permanecer abiertas al menos 5 centímetros para facilitar la ventilación natural permanente.

→ De la cartelería y señalética. Deberá colocarse cartelería que contenga información sobre el sentido de la circulación, lavado de manos, distanciamiento, prohibición de contacto físico, de compartir cubiertos, vasos u otros objetos personales.

2.2. Pautas de bioseguridad
Del personal auxiliar. El personal auxiliar deberá respetar las pautas de bioseguridad establecidas en el PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES – ACTUALIZACION PARA EL INICIO DE CLASES 2021.

→ De los y las estudiantes. Los estudiantes podrán retirarse el tapabocas (previa higiene de manos) para consumir los alimentos. Se tratará que sea un período breve de tiempo y que se coloquen el tapabocas nuevamente luego de consumir los alimentos.

→ Higiene personal. El lavado frecuente de manos y/o la limpieza de manos con alcohol en gel o alcohol al 70% deberá realizarse antes y después de comer; antes, durante y después de manipular alimentos; después de limpiar y desinfectar las cocinas y salones comedores.

→ Limpieza y desinfección. Se realizará la limpieza y desinfección de los espacios comunes conforme las pautas establecidas en el ANEXO III – Protocolo de Limpieza y desinfección para establecimientos educativos en contexto COVID-19. Las cocinas, las aulas y los salones comedores se limpian y desinfectan en los cambios de turno de uso.

2.3. Atención de los proveedores y del ingreso de mercadería
→ Se deberán establecer cronogramas de entregas de la mercadería con cada proveedor del SAE, el que no podrá coincidir con el ingreso, egreso o recreos de los y las estudiantes, evitando de esta manera la aglomeración de personas.

→ El proveedor que ingrese a descargar la mercadería deberá respetar las pautas de bioseguridad, utilizando correctamente tapaboca. Se deberá controlar su temperatura antes del ingreso. Se deberá mantener una distancia mayor a dos (2) metros con los proveedores.

2.4. Pautas para la elaboración de alimentos en el establecimiento educativo
→ Para su uso, la cocina debe tener instalación de agua y gas en correcto funcionamiento y ser un espacio con buena ventilación.

→ Las personas que trabajen en la cocina deberán procurar mantener una distancia de dos (2) metros entre sí en todo momento. Se deberá procurar que aquellos que no estén involucrados en la preparación de los alimentos no ingresen a la cocina y a los almacenes de alimentos.

→ El personal que realice la elaboración de alimentos deberá usar los elementos de protección personal: barbijos, cofia y/o cabello prolijo y recogido, ropa y/o uniforme reglamentario, protector facial (máscara).

→ Las zonas de lavado de manos y utensilios deberán estar abastecidos con cantidades suficientes de jabón desinfectante y papel secamanos.

→ Mantener en condiciones de salubridad de la totalidad de los productos alimenticios, destacando observar la preservación de la cadena de frio de los alimentos que lo requieran, conservarlos a temperatura y humedad segura, visar fechas de vencimientos y condiciones del empaque y del
producto en general, tomar las medidas necesarias para que no exista contaminación cruzada al momento de su guardado y conservación.

→ Lavar las frutas y las verduras bajo el chorro de agua, enteras y con la piel. Así evita que, al cortarlas, los microorganismos y otros contaminantes pasen al interior. Frotar la superficie de las frutas y las verduras bajo el agua corriente del grifo.

→ Cocinar los alimentos con temperaturas superiores a los 70°C.

→ Si se usan guantes, implementar correcto uso de cambio y desecho y realizar entre ambos el correcto lavado de manos. Deberán lavarán sus manos además entre la manipulación de alimentos crudos y cocidos.

→ Se recomienda lavar la vajilla y los elementos de cocción con detergente y agua caliente a temperatura superior a 80°C. Luego desinfectar con alcohol al 70%.

→ La tarea diaria comenzará con limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios, con solución de alcohol al 70% o mezclas de agua con lavandina, preparadas el mismo día y luego descartadas.

→ Las mesadas, los equipos, especialmente sus manijas de accionamiento y los utensilios empleados usualmente en las tareas de la cocina se lavarán usando agua y jabón, seguido de una desinfección con trapo limpio humedecido en una solución desinfectante de lavandina al 5%, o en otro producto de probada efectividad (alcohol al 70%).

→ También se deberán limpiar con un trapo humedecido con solución desinfectante las ventanas, puertas mobiliario existente en las cocinas.

2.5. Pautas para el consumo de alimentos en comedores y aulas
→ La prestación Desayuno/Merienda Completa (DMC) se consumirá en el aula en caso de no contar con salón comedor o que las capacidades de infraestructura del mismo no permitan su uso. El auxiliar traerá la infusión y la servirá a cada estudiante en su vaso plástico (sin tocar el vaso) y el o la estudiante tomará la colación en envase individual. Antes de tomar la colación la o el estudiante deberá higienizarse las manos.

→ La prestación comedora se consumirá preferentemente en espacios comunes destinados a comedor o al aire libre cuando el clima lo permita. Excepcionalmente se podrá consumir en las aulas, como última actividad de la jornada escolar, debiendo el estudiante tirar los desperdicios en un tacho con bolsa previo a retirarse.

→ En los espacios comunes que serán utilizado como comedor se requiere señalizar cantidad máxima de personas.

→ La disposición de mesas y sillas deberá garantizar la distancia de seguridad entre personas y grupos establecida.

→ En el acceso al comedor y en cada mesa se deberá colocar dispensadores de alcohol en gel, solución hidroalcohólica y/o sanitizantes a disposición de los y las estudiantes.

→ Las mesas, sillas y el piso deberán desinfectarse antes y después de que se retire cada grupo de estudiantes y siempre antes de que se siente un nuevo grupo al espacio común que será utilizado como comedor.

Se entiende por desinfección la aplicación de sustancias químicas microbicidas, diluidas en agua (las más comunes cloro o agua lavandina), sobre las superficies previamente limpiadas, a efectos de eliminar en un grado satisfactorio los microorganismos presentes.

→ Cambiar frecuentemente las pinzas, cucharas y otros utensilios utilizados para servir durante la comida.

→ Deberá hacerse uso de vajilla y utensilios en cantidad y calidad suficiente, de fácil limpieza e higienización, no podrán utilizarse elementos porosos y/o tablas de madera.

→ Evitar en la medida de lo posible el autoservicio de alimentos por parte de los y las estudiantes. La comida será servida en el plato de cada estudiante mediante el uso de pinzas, cucharas y otros utensilios por el personal de cocina.

→ Los equipos de conducción solicitarán a los responsables adultos de los beneficiarios del SAE que, en sus mochilas, agreguen una taza plástica o vaso plástico correctamente identificados a los fines de ser utilizado al momento de recibir la prestación.

→ El personal auxiliar deberá sanitizarse las manos antes y después de cada manipulación de los elementos que entrega a los y las estudiantes.

→ Para la limpieza y desinfección, deberán observarse las pautas establecidas en el ANEXO III PROTOCOLO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN CONTEXTO DE COVID-19 del PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES – ACTUALIZACION PARA EL INICIO DE CLASES 2021.

→Resolución N° 2185/21 – DGCyE