Fechas de presentación en línea de la declaración jurada de cursos y docentes 2020

DGEGP INFORMA 2079

A todas las instituciones educativas de gestión privada:

Les informamos que se encuentra disponible la Presentación en línea de la Declaración Jurada de Cursos y Docentes 2020. Asimismo, les recordamos que las fechas propuestas para esta presentación, según lo comunicado en el DGEGP INFORMA 2075, son:

  • 21/04: establecimientos educativos con aporte del 100% (incluye Cuota 0)
  • 22/04: establecimientos educativos con aporte del 80%
  • 23/04: establecimientos educativos con aporte del 70% – 60% – 50% – 40%
  • 24/04: establecimientos educativos sin aporte, incluyendo el RIEA

En atención al contexto de la emergencia sanitaria vigente, se considerarán las solicitudes de prórroga de las instituciones educativas que se vean imposibilitadas de realizar la Presentación en línea en las fechas propuestas. En ese caso, deberán enviar un correo electrónico a el/la supervisor/a solicitando la prórroga.

Asimismo, les recordamos que la Presentación de la Declaración Jurada de Cursos y Docentes resulta una tramitación indispensable para la validación de las POF pedagógicas y económicas.

Novedades 2020

  • La carga de la nómina de alumnos se realiza este año como una presentación independiente de la DJ de Cursos y Docentes. Se enviarán oportunamente las instrucciones para su presentación.
  • En la pantalla “Encabezado” se pueden ingresar dos entidades intermedias a las que adhiere el establecimiento.
  • La información consignada en el “Encabezado” será tomada como referencia para actualizar el Buscador de Establecimientos Educativos del Ministerio de Educación. Es importante que los datos estén completos y actualizados.
  • Se implementa la Presentación digital, que de ahora en más reemplazará a la presentación en papel.
  • Instrucciones para realizar la Presentación en línea de la Declaración Jurada Luego de completar toda la información solicitada -de la misma manera que lo venían realizando hasta ahora- podrán acceder a la pestaña “Presentación”.

En esa pantalla verán un resumen de la información básica ingresada y una ventana para realizar “Aclaraciones / Comentarios Finales”. No corresponde utilizar este espacio para hacer pedidos de aporte o cambios de plan de estudios, ni para informar cambios de autoridades o de domicilio. Para realizar estos pedidos deberán comunicarse con el/la supervisor/a, quien los orientará sobre los procedimientos vigentes en el contexto actual.

Una vez completa, la DJ deberá ser firmada y enviada por el Representante Legal o el Apoderado. Para esto, la autoridad legal deberá ingresar al SINIGEP con el usuario pedagógico.

Al final de la pantalla de “Presentación” verán un menú desplegable con los nombres de las autoridades legales del establecimiento. Luego de elegir el que corresponda y de hacer clic en el botón “Realizar la presentación digital de esta Declaración Jurada”, accederán al panel de firma electrónica. Al hacer clic en “Enviar”, la Mesa Virtual generará el número de Actuación. Podrán ver la Nota de elevación haciendo clic en “Imprimir comprobante”. Si presionan “Volver al inicio” y, desde allí, en “DJ de Cursos y Docentes 2020” visualizarán el documento presentado.

Les recomendamos leer el Instructivo con el nuevo procedimiento de Presentación en línea.

Ante cualquier duda, pueden contactarse a los siguientes correos electrónicos:

SINIGEP: sinigep@bue.edu.ar
Nivel Inicial: inicial.dgegp@bue.edu.ar
Nivel Primario y Adultos: sup_primaria.dgegp@bue.edu.ar
Nivel Secundario: secundario.dgegp@bue.edu.ar
Nivel Superior: superior.dgegp@bue.edu.ar Educación Especial: especial.dgegp@bue.edu.ar
RIEA: coordinacion_riea@buenosaires.gob.ar

 

Cordialmente,

Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

SITUACION DE LAS CUOTAS DE LOS COLEGIOS PRIVADOS EN EPOCAS DE AISLAMIENTO OBLIGATORIO

Tal como habíamos remitido en una información anterior denominada “El aislamiento obligatorio y el pago de las cuotas” quedaba claro que los padres debían abonar la cuota mensual ya que el colegio proseguía brindando el servicio de enseñanza aprendizaje aún en forma virtual. Solo se podía contemplar eliminar cargos como comedor y viandas porque eran servicios que no se estaban brindando.

Por otro lado, habrá que pensar en eliminar aquellas materias extracurriculares optativas tales como talleres y similares.

En el día de hoy la CONFEDERACION ARGENTINA DE INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA PRIVADA (CAIEP), entidad madre de la Asociación de Entidades Educativas Privadas Argentinas (ADEEPRA) mantuvo una reunión con el Sr Ministro de Educación de la Nación, Lic. Nicolás Trotta, con el objeto de intercambiar opiniones respecto al pago de los aranceles educativos en esta situación extraordinaria que estamos atravesando.

En esa reunión se le informó al Sr. Ministro que la mayor parte de los costos de una institución educativa son costos laborales motivo por el cual los institutos debían sí o sí percibir sus cuotas.

Que, sin embargo, las familias a las cuales le brindamos el servicio también están sufriendo las consecuencias económicas de este aislamiento y probablemente algunas no cuenten con el dinero para poder pagar las cuotas aun cuando quisieran hacerlo.

En consecuencia, hay que actuar muy prudentemente atendiendo las realidades de cada familia, pero a la vez ser inflexibles con aquellos que aprovechándose de la situación soliciten descuentos, quitas o planteen no pagar la cuota, aun pudiendo hacerlo.

Este es el delicado equilibrio que le proponemos en estas líneas.

De la reunión citada quedó acordado lo siguiente:

  • Los institutos educativos eliminarán de la cuota los conceptos: comedores, vianda, y aquellos ítems que por la situación actual no se estén brindando. – Esto excluye a los cargos por seguros y/o atención médica. – Aquellos conceptos que se pudieran haber incorporado a la factura del mes de abril deberán ser descontados en la cuota del mes de mayo.
  • Cada institución educativa establecerá un porcentaje del total del arancel facturado cuyo pago pueda ser diferido para más adelante ya sea percibiendo esas bonificaciones en algún mes donde no haya cobro de cuotas (por ejemplo, algunas entidades no cobran cuota en diciembre) o distribuyéndolas entre las cuotas a cobrar en los meses posteriores al inicio de las clases presenciales. Aquellas instituciones educativas que a la fecha posean bonificaciones especiales podrán utilizar aquellas para el cumplimiento de este acuerdo. No se ha establecido un porcentaje mínimo, pero entendemos que todos deberemos hacer los máximos esfuerzos para que ese porcentaje sea satisfactorio para todas las partes. Tomen en cuenta que no es un importe perdido, sino que se recuperará más adelante. – Ello, sin embargo, no puede dejar de recordarnos que los montos a percibir deben ser los suficientes para poder pagar los sueldos de nuestro personal
  • Se aceptarán pagos parciales del arancel educativo y siempre que esos pagos parciales se lleven a cabo dentro del mes facturado, no tendrán intereses.
  • Aquellos pagos que se hagan fuera del mes facturado podrán o no ser pasibles de recargos por mora o incluso estos podrían diferirse para más adelante a opción del establecimiento.
  • No deberá aplicarse ninguna medida restrictiva al acceso a las herramientas de aprendizaje por cuestiones vinculadas al pago de los aranceles
  • Aún por encima de estas medidas, las instituciones educativas atenderán las situaciones familiares especiales, ampliando el ya existente porcentaje de becas y ayudas transitorias que se encuentren vigentes en cada institución educativa.

Sobre estos puntos, en el día de mañana el Ministerio de Educación sacará un comunicado con los puntos acordados en la reunión incluyendo una apelación a los padres para que paguen los aranceles educativos puesto que caso contrario podrían poner en riesgo la continuidad de un porcentaje muy elevado de escuelas y obviamente un daño enorme a la educación argentina.

Asimismo, se le solicitó la inclusión de los institutos privados en un punto específico del DNU Nº 332/2020 el cual es la disminución significativa de los aportes patronales que abonan los institutos educativos. – Estamos trabajando para cuantificar esos montos y llegar a un acuerdo sobre el tema. Le recordamos que el DNU Nº 332/2020 excluía a los institutos educativos, en la medida que estos no cumplían con una de las disposiciones de la norma.

Como lo expresamos, en el día de mañana se brindará información oficial desde el Ministerio de Educación al respecto. Mientras tanto, acercamos a nuestros afiliados este anticipo para que reúnan herramientas que les permitan gestionar la cobranza del mes de abril en las mejores condiciones posibles.

PAGO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES AL IPS

Informamos a nuestros afiliados que hemos presentado, en conjunto con las demás asociaciones representativas de los colegios de DIEGEP, el PEDIDO DE PRORROGA EN EL VENCIMIENTO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES al IPS, que operaría en el día de mañana. Tenemos conocimiento que la solicitud ha llegado al máximo nivel del organismo y aguardamos una respuesta que contemple la difícil situación por la que atraviesa nuestro sector.

Por tanto, queremos destacar que queda a criterio de cada empleador esperar una respuesta favorable del organismo para cumplir entonces con sus obligaciones previsionales, o hacerlas efectivas sin más en el día de mañana.

IPS – NUEVO SISTEMA DE PAGO

COMUNICADO 02-04-2020
PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS

Dada la situación epidemiológica de público conocimiento, y en el marco del Decreto 325/20, que dispone la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 12 de abril del corriente, la Dirección Provincial de Prestaciones y Recursos – Dirección de Recaudación y Fiscalización – Departamento Recursos Entes No Oficiales, informan:

  • Las oficinas del Departamento RENO, ubicadas en calle 5 Nº 729, permanecerán cerradas para la atención al público hasta la citada fecha.
  • Nueva metodología transitoria de pago

El pago de las obligaciones mensuales de aportes y contribuciones, se realizará mediante transferencia bancaria, a la cuenta corriente del IPS:

N° 20000001386
CBU 0140999801200000013861
CUIT 33-63317800-9

Una vez efectuado el pago, cada establecimiento deberá enviar escaneado el comprobante de la transferencia y la declaración jurada mensual SICEEP generada, que coincida con el depósito, al mail: transferencias_eep@ips.gba.gov.ar

Las consultas deberán realizarse al mail de la MESA de AYUDA reno@ips.gba.gov.ar

Todas las novedades que surjan, se comunicarán en nuestra página web www.ips.gba.gov.ar/EMPLEADORES

ACLARACIÓN SOBRE EL ALCANCE DEL ART. 2 DE LA RESFC N° 2-GCABA-SSCDOC/2020

A todas las instituciones educativas de gestión privada:

En relación a la aplicación de la Resolución Conjunta N° 2-GCABA-SSCDOC/2020 (descargar aquí), publicada en el Boletín Oficial N° 5840 el pasado 2 de abril, cabe aclarar que para el caso de las instituciones educativas de gestión privada lo normado en el Art. 2 estará condicionado a la incorporación al listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria por el Gobierno Nacional y en la medida que las Instituciones educativas de gestión privada obtengan el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC) – Emergencia COVID-19 (https://www.argentina.gob.ar/solicitar-certificado-unicohabilitante-para-circulacion-emergencia-covid-19).

 

Cordialmente
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

RENDICIÓN – SUELDOS, FONID, MATERIAL DIDÁCTICO MARZO 2020 Y SUMA FIJA EXTRAORDINARIA NACIONAL 2020

Dado que desde el 1 de abril del corriente tienen disponibles en sus respectivas cuentas bancarias los fondos para atender los sueldos de marzo 2020, y los correspondientes al FONID, Material Didáctico, Suma Fija Extraordinaria Nacional 2020, respectivamente, informamos a continuación las fechas de rendición de estos aportes gubernamentales:

  • Depósito de excedentes y cierre rendición digital: 13 de abril 2020
  • Solicitud de faltantes: El procedimiento para el Formulario de Faltante se realiza de manera habitual, el establecimiento deberá generarlo una vez cerrada la rendición mensual. La presentación en papel será reemplazada por una tramitación a distancia vía SINIGEP con fecha límite: 13 de abril 2020
  • Rendición: La presentación que hasta el momento se realizaba en papel será reemplazada por una tramitación a distancia vía SINIGEP, junto con la rendición del mes de febrero para aquellos colegios que no pudieron presentarla en formato papel. Las fechas de entrega serán informadas a la brevedad junto con las indicaciones del procedimiento.

En lo que respecta a la rendición digital de la Paritaria 2020, informamos:
El concepto Suma RNB Paritaria 2020 se informa en la columna 26.
El concepto Suma NR NB Paritaria 2020 se informa en la columna 49.
El concepto Suma Fija Extraordinaria Nación 2020 se informa en la columna 39.

A partir de este mes, tanto la Suma Fija Extraordinaria Nación, como el concepto Material Didáctico Nacional, se verán diferenciados en el formulario 106 por corresponder a fondos girados por el Ministerio de Educación de la Nación.

Por otra parte, les informamos que el otorgamiento de aportes ante la necesidad de cobertura de cargos / horas en calidad de suplentes, solo procederá una vez finalizado el período de aislamiento preventivo, social y obligatorio previsto en el DNU 297/20.

Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

REPORTE DE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19) VÍA SINIGEP

A todas las instituciones educativas de gestión privada:

Les recordamos que es necesario que carguen a través de SINIGEP toda vez que algún directivo, docente, no docente o estudiante de la institución educativa sea diagnosticado como caso confirmado o caso sospechoso de coronavirus (COVID-19), más allá de que haya sido reportado a las autoridades sanitarias.

Pueden hacerlo ingresando con el usuario pedagógico y la correspondiente contraseña a http://sinigep.info/ y luego haciendo clic en el trámite que aparece resaltado en primer lugar (a la izquierda de la pantalla de inicio): “Para realizar una denuncia de Coronavirus (COVID-19)”.

En el formulario que se abre, deberán completar los datos solicitados y adjuntar una imagen del certificado médico que da cuenta del “caso sospechoso” o “caso confirmado” de COVID-19 (imagen que hayan obtenido vía comunicación virtual con la persona con presencia o presunción de coronavirus, o sus familiares).

 

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

RECOMENDACIONES COMUNES PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GESTIÓN PRIVADA EN LA EMERGENCIA POR CORONAVIRUS

Compartimos con Uds. el documento Recomendaciones comunes para instituciones educativas de gestión privada en la emergencia por el COVID-19, que adjuntamos aquí, distribuido por el Ministerio de Educación Nacional y producido en reunión mantenida el 02/04/20 por el Ministro de Educación Nicolás Trotta con el Consejo Federal de Educación: Ministros y Ministras de las 24 jurisdicciones; por CAIEP Rodolfo DE VINCENCI; por COORDIEP Norberto BALOIRA; por CONSUDEC José ÁLVAREZ; y por AIEPBA/JUNEP Martín.

El documento expresa que se abordó La realidad de cada una de las 24 jurisdicciones, y el interior de de cada una, destacando que la de las escuelas de gestión privada y su comunidad educativa es diferente, presenta particularidades, y demanda enfoques diferenciados para atender las necesidades de las familias, de los docentes y no docentes y de las propias instituciones educativas”, arribándose a una serie de acuerdos para atender las distintas necesidades en la emergencia por el COVID-19.

El Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratifican que continuarán adoptando medidas que acompañen en la crisis al sector, tales como las de carácter general ya dispuestas, y otras de impacto directo en el sector educativo de gestión privada.

Postergación de la aplicación del certificado único habilitante para la circulación

El Gobierno de la Ciudad postergó al 6-2020 (por las dificultades de acceso en la web) la aplicación del certificado único habilitante para la circulación por emergencia COVID -19.

El Certificado tiene carácter personal e intransferible y deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar. (Resolución 48/2020 del Ministerio del Interior de la Nación). Para mayor información les adjuntamos en el siguiente link