AUMENTO SALARIAL DOCENTE DESDE SEPTIEMBRE DE 2020

DESTINATARIOS: Jefaturas de Región 1 a 25.-

PARA SU CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN A LOS SERVICIOS EDUCATIVOS
Se solicita a esa Jefatura de Región, comunicar el instructivo recibido en donde se informa la política salarial definida para el personal docente de la Ley N° 10.579 que regirá a partir del 1° de Septiembre de 2020 y 1º de Diciembre 2020.

1°. Fijar el sueldo básico del Preceptor, correspondiente al índice escalafonario 1, a partir del 1° de Septiembre de 2020, en pesos trece mil doscientos setenta ($13.270). Y a partir del 1º de Diciembre 2020 en pesos catorce mil seiscientos veinticinco ($14.625).

2°. Fijar la bonificación remunerativa no bonificable establecida en el artículo 4° inc. b del Decreto N° 1291/19 y Resol 235/2020 MHYFGP art. 1º b), a partir del 1° de Septiembre de 2020 (045.5), en pesos siete mil setecientos cuarenta y nueve ($7.749). Y a partir del 1º de Diciembre 2020 en pesos seis mil ochocientos cuarenta y nueve ($6.849).

3°. Establecer la bonificación remunerativa no bonificable para los cargos del índice escalafonario 1.10, prevista en el artículo 4° inc. c del Decreto N° 1291/19 y Resol 235/2020 MHYFGP art. 1º b), a partir del 1° de Septiembre de 2020 (043.8), en pesos tres mil quinientos treinta y nueve ($3.539). Y a partir del 1º de Diciembre 2020 en pesos cinco mil quinientos diecinueve ($5.519).

4°. Establecer la bonificación remunerativa para Preceptores, prevista en el artículo 5° del Decreto N° 1712/16 art 5º, a partir del 1° de Septiembre de 2020, en el valor nominal que surge de multiplicar el índice escalafonario 1 por un porcentaje de 71%. Y a partir del 1º de Diciembre 2020 en 7 3 %.

5°. Establecer la bonificación remunerativa prevista en el artículo 11° del Decreto N° 2271/15, para prestaciones en Horas Cátedra y/o Módulos, cargos no jerárquicos, de la Enseñanza Secundaria, Secundaria de Adultos y Formación Profesional, Artística y Superior, excluyendo a los Preceptores, a partir del 1° de Septiembre de 2020, en el valor nominal que surge de multiplicar el índice escalafonario 1 por un porcentaje de 30%. Y a partir de Diciembre de 2020 en 32%.

Dpto. Liquidaciones y Fiscalización de Aportes, 13 de Octubre de 2020.-

Miriam Lizaur
Jefa de Departamento
Subdirección de Liquidación de Aportes a la Ed

ASIGNACIONES FAMILIARES DESDE SEPTIEMBRE 2020

DESTINATARIOS: Jefaturas de Región 1 a 25.-
PARA SU CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN A LOS SERVICIOS EDUCATIVOS

Se solicita a esa Jefatura de Región, comunicar la información recibida de los montos fijados a partir del 1º de Septiembre de 2020 para las asignaciones familiares dispuesto por el Decreto Nº 1516/04.

PRESTACIÓN MONTO ASIGNACIÓN POR HIJO
→ Ingreso del grupo familiar entre $4095 y $35.621 $ 2.639
→ Ingreso del grupo familiar entre $35.621,01 y $52.247 $ 1.544
→ Ingreso del grupo familiar entre $52.247,01 y $60.320 $ 930
→ Ingreso del grupo familiar entre $60.320,01 y $155.328 $ 476

ASIGNACIÓN POR HIJO CON DISCAPACIDAD
→ Ingreso del grupo familiar hasta $35.621 $ 8.606
→ Ingreso del grupo familiar entre $35.621,01 y $52.247 $ 5.291
→ Ingreso del grupo familiar superior a $52.247 $ 3.336


Dpto. Liquidaciones y Fiscalización de Aportes, 13 de Octubre de 2020.-

Miriam Lizaur
Jefa de Departamento
Subdirección de Liquidación de Aportes a la Educación Privada
Dirección General de Cultura y Educación

ESPECIFICACIONES SOBRE EL PASAJE DE 7º GRADO A 1º AÑO

DGEGP INFORMA N° 2186

La Resolución N.° 2215/MEDGC/2020 ofrece el marco normativo para las acciones de evaluación, promoción y acreditación del ciclo lectivo 2020. Dado que dicho marco también influye sobre el próximo ciclo lectivo, se consideró necesario ofrecer mayores especificaciones sobre la articulación entre 7° grado y 1º año 2021.

Por ello les enviamos un documento que ofrece más detalle acerca de cómo se deberá organizar el pasaje de nivel y la acreditación de los aprendizajes, especialmente para los casos de los/as estudiantes que no los hayan acreditado en el mes de diciembre de 2020.

Quedamos a disposición ante cualquier inquietud.

Cordialmente – Cristina Carriego
Directora Pedagógica de Educación de Gestión Privada

ACTIVIDADES PRESENCIALES DEPORTIVAS RECREATIVAS LÚDICAS AL AIRE LIBRE

DGEGP INFORMA N° 2185

Les acercamos información acerca del plan de apertura gradual de actividades presenciales, en el marco de las actividades educativas deportivas recreativas lúdicas, de revinculación, orientación e intercambio, conforme la Resolución de Firma Conjunta N.° 4-GCABA-MEDGC/20 (comunicada en el DGEGP Informa N.° 2170) para los niveles Primario y Secundario, respetando las pautas de higiene y seguridad para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19.

En esta oportunidad priorizamos primer grado de primaria y primer año de secundaria, con el objetivo de acompañar y fortalecer las trayectorias educativas en el paso de nivel. De manera progresiva, cada establecimiento educativo podrá organizar propuestas educativas y de revinculación con foco en las actividades recreativas y deportivas que considere pertinentes.

La modalidad consistirá en grupos «burbuja» de hasta 10 personas, al aire libre. La duración de las actividades será de 1.30 horas como máximo por burbuja, con media hora entre turno y turno para limpieza y desinfección. La participación de los/as alumnos/as será voluntaria.

El «PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS RECREATIVAS LÚDICAS AL AIRE LIBRE» (descargar aquí) establece los procedimientos de actuación, cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

 Las instituciones que a la fecha no hayan solicitado la autorización a la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) para la apertura de actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar y otras) deberán seguir el procedimiento detallado en el DGEGP Informa N.° 2170.

 Para aquellas instituciones que a la fecha ya han enviado la correspondiente nota de solicitud para la apertura de actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar y otras), la misma será considerada como compromiso de cumplimiento de este protocolo específico.

Solicitamos a todas las instituciones informar a el/la supervisor/a del nivel el total de burbujas que están funcionando en todas las actividades abiertas hasta el momento en la escuela.

Las familias deberán completar la Ficha única de aptitud física (descargar aquí) para autorizar a que los/as alumnos/as realicen actividades físicas. En caso de padecer las enfermedades allí especificadas, el referente familiar y/o adulta/o responsable deberá comprometerse a informarlo a las
autoridades del establecimiento educativo, acompañando la certificación médica correspondiente que avale si el/la alumno/a se encuentra apto/a para realizar actividad física. Están exceptuados de completarla los/as estudiantes que han entregado su ficha médica completa según lo indicado por la Disposición N.° 335/19.

Les recordamos que están exceptuados de concurrir en esta nueva etapa aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

A partir de noviembre también trabajaremos paulatinamente en la organización de encuentros para realizar actividades físicas, artísticas, recreativas, para el resto de los grados de Nivel Primario y años de escuela secundaria, en función a las características particulares de cada institución.

Les recordamos que el Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de todos/as los/as docentes y auxiliares de portería que concurran a las escuelas de la Ciudad con motivo de las actividades presenciales, el testeo voluntario y gratuito para detectar COVID-19 hasta el 6 de noviembre inclusive. El resultado se entregará en 15 minutos. Quienes estén interesados/as en realizarse la prueba deberán ingresar para sacar un turno en: https://formulariosigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPrestacion=2944. Aquellas personas que tengan síntomas no deberán sacar turno, sino dirigirse a las unidades febriles de alguno de los hospitales de la Ciudad. Quienes hayan padecido de la COVID-19 no deberán realizarse el testeo.

El personal docente y no docente afectado a las actividades presenciales, de las instituciones educativas autorizadas por DGEGP, podrá tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19, ingresando en: www.argentina.gob.ar/circular. Asimismo, los/as alumnos/as que sean convocados para asistir a las actividades presenciales podrán usar el transporte público, junto con un/a acompañante adulta/o. Será necesario sacar el correspondiente permiso, previa carga de los datos de su tarjeta Sube, en ese mismo enlace.

Es muy importante seguir generando estas instancias de presencialidad cuidadas y seguras para que los/as estudiantes puedan reencontrarse con sus docentes y compañeros/as, y recuperar así sus espacios de pertenencia en la escuela.

Les agradecemos profundamente su compromiso y esfuerzo para seguir garantizando la continuidad pedagógica de los/as alumnos/as, en todos los contextos.

DGEGP – Ministerio de Educación – Ciudad de Buenos Aires.

COLEGIOS CON APORTE ESTATAL: AUMENTO DE CUOTAS

La Comisión de Aranceles de la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) de la Ciudad de Buenos Aires, ha autorizado un aumento a partir del 1° de marzo de 2021 sobre los topes arancelarios hasta ahora vigentes. Se adjunta la tabla de topes arancelarios para que puedan calcular la cuota para el mes de marzo 2021.

El aumento otorgado corresponde a los costos del año 2020, previéndose la eventual revisión en el caso que dichos costos sufrieran una variación antes de la fecha de vigencia de estos topes.

En el caso que se cobre la cuota de mantenimiento (art. 9° decreto 2542/91) la misma será igual al siguiente cálculo: (cuota curricular + cuota extracurricular). La misma deberá cobrarse como mínimo prorrateada en 9 cuotas, aunque nuestro consejo es que se perciba en la cantidad de cuotas que la institución tenga.

En aquellos casos donde existan proyectos optativos o similares, sugerimos incrementar los mismos en los porcentajes definidos en la presente para los topes arancelarios.

Obviamente los módulos de enseñanza extracurricular también tendrán incremento puesto que equivalen al 20% de la cuota curricular por cada módulo de 40 minutos.

Todas las escuelas deberán presentar ante la DGEGP la correspondiente declaración jurada de aranceles antes del 15 de diciembre de 2020 detallando los valores a ser cobrados a partir del 1° de marzo de 2021, acompañando copia de la respectiva comunicación a los padres.

Al respecto hacemos notar que la nota a los padres, por aplicación del decreto 2417/93 deberá ser remitida hasta el día 30 de octubre de 2020 o por lo menos en nota con esa fecha, si se remitiera a posteriori.

Volvemos a adjuntar un nuevo modelo de nota a los padres para que sea utilizada para esa comunicación.

Nos parece muy importante informar que todo cálculo de cuotas según los nuevos valores de topes arancelarios deberá hacerse sobre cuotas completas, es decir sin tomar en consideración las bonificaciones que por la pandemia de Covid 19 se hubieran llevado a cabo durante el año. Asimismo, se incluirán los conceptos que, por no haberse brindado, fueron también descontados durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO).

Descargar Bandas Arancelarias
Descargar Nota a Padres

PROGRAMA DE APOYO A LA PRIMERA INFANCIA II

DGEGP Informa 2183

Les informamos que por Resolución N.° 2304-GCABA-MEDGC/2020 y su Anexo se aprobó el Programa de Apoyo Económico a la Primera Infancia II (API II), para las salas de 45 días a 3 años de Instituciones Educativas de Gestión Privada de nivel inicial incorporadas a la enseñanza oficial -que no pertenezcan a instituciones con otros niveles incorporados- e Instituciones Privadas de carácter Educativo Asistencial no incorporadas a la enseñanza oficial (RIEA); registradas y supervisadas por esta Dirección General de Educación de Gestión Privada y que no cuenten con aporte estatal.

Este programa consiste en el otorgamiento por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de una asignación transitoria y excepcional a las instituciones educativas, que contribuya a solventar un
porcentaje de los aranceles mensuales correspondientes al ciclo 2020-2021 y matrícula 2021 que ya se encuentran bonificados o a bonificarse por parte de las mismas, de conformidad con lo establecido en la normativa mencionada. La asignación que brinda el Programa será otorgada de forma bimestral, sin renovación automática, y por un plazo máximo de 4 meses.

Mediante la Disposición N.° 149-DGEGP/2020, su Anexo I, Anexo II, Anexo III y Anexo IV se reglamenta y establece el procedimiento para la postulación y otorgamiento del beneficio previsto en el Programa API II.

La postulación deberá ser realizada por la institución educativa, cumpliendo estrictamente con la totalidad de los requerimientos y documentación solicitada, entre el 29 de octubre y el 6 de noviembre de 2020. Deberá realizarse desde SINIGEP, accediendo con el usuario correspondiente al nivel educativo por el cual se solicita el beneficio y completando la Declaración Jurada del Programa de Apoyo Económico a la Primera Infancia II de forma íntegra, sin campos vacíos, debidamente suscripta por su Representante Legal o Apoderado/a Legal.

Ante cualquier duda o consulta vinculada a los diferentes aspectos del programa, podrán contactarse con el/la Supervisor/a a cargo de la institución educativa.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

ACTIVIDADES PRESENCIALES PARA NIVEL SUPERIOR

Transcribimos el DGEGP Informa 2182 comunicando actividades presenciales para el nivel superior. En un nuevo paso dentro del plan progresivo de aperturas, les hacemos llegar información sobre cómo serán
las actividades educativas de orientación e intercambio y actividades presenciales de cierre del año lectivo para la Educación Técnica Superior, la Formación Profesional y la educación superior de Formación Docente. El objetivo es acompañar a estudiantes que se encuentren cursando la última
etapa de la educación superior y formación profesional, promoviendo la adquisición de los aprendizajes y contendidos establecidos para esa etapa.

Estas actividades se realizarán en las instituciones educativas en el marco del protocolo específico establecido a tal fin y respetando las pautas de higiene y seguridad previstas para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19.

El avance de las actividades será gradual y en complemento de la virtualidad. La modalidad será de grupos «burbuja» de hasta 10 personas. Se realizarán en turnos de hasta 4 veces por semana con una duración
máxima de 4 horas reloj, y media hora entre turno y turno para limpieza y desinfección. La participación de los/as estudiantes será voluntaria.

El “Protocolo de actividades educativas de orientación e intercambio y actividades presenciales de cierre del año lectivo para la educación técnica superior, formación profesional y la educación superior de formación docente», aprobado por Resolución de Firma Conjunta N.° 5 GCABAMEDGC/20 (descargar aquí) en el marco de la Resolución CFE N.° 370/2020, establece los procedimientos de actuación dentro de los establecimientos educativos, cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de
inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que integran cada grupo «burbuja». Ante casos sospechosos de COVID-19: se debe seguir el protocolo y dar aviso al 107 y al equipo de Epidemiología del Ministerio de Salud de la Ciudad para orientación y seguimiento de casos: 11 2825 3719.

Les recordamos que están exceptuados/as de concurrir en esta nueva etapa aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

El procedimiento para solicitar la autorización y apertura en esta nueva etapa es el siguiente, sin necesidad de que cada institución presente un protocolo específico:

 Las instituciones educativas deberán enviar la solicitud (descargar aquí modelo de nota a completar) al email del/de la supervisor/a del nivel desde la cuenta de correo electrónico declarada por el/la representante legal de la institución, firmada de manera ológrafa y escaneada.
 El/la supervisor/a responderá tomando conocimiento y autorizando la apertura por medio de una nota en un plazo no mayor a 48 horas.
 Es importante tener en cuenta que las instituciones educativas deberán contar con la correspondiente declaración de conocimiento y aceptación del protocolo citado, firmada por cada estudiante (descargar aquí modelo) que asista a las actividades presenciales.
 Conforme a las responsabilidades de la jurisdicción para acompañar a las instituciones y brindar recursos de capacitación, ponemos a disposición los siguientes, a modo de referencia, que podrán ser complementados con los materiales y actividades que las instituciones consideren pertinentes:
 Detalle de pautas para las actividades y medidas de higiene y seguridad (descargar aquí)
 Modelos de cartelería con recomendaciones: para ingreso al establecimiento (descargar aquí y aquí); para baños sobre el lavado de manos (descargar aquí); para espacios comunes de mayor circulación
como los pasillos en los distintos pisos (descargar aquí); sobre la limpieza de equipos electrónicos (descargar aquí).
 Cursos auto asistidos sobre el protocolo de limpieza e higiene: para equipos de conducción (ver aquí) y para personal auxiliar (ver aquí).

Asimismo, la Dirección General de Educación de Gestión Privada ofrecerá charlas virtuales de capacitación, que oportunamente serán informadas. La participación en las diferentes propuestas constituye una parte fundamental de la responsabilidad de los diferentes equipos para el cumplimiento de las pautas de prevención.

El Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de todos/as los/as docentes y auxiliares de portería que concurran a las instituciones educativas de la Ciudad con motivo de las actividades presenciales,
el testeo voluntario y gratuito para detectar COVID-19 hasta el 6 de noviembre inclusive. El resultado se entregará en 15 minutos. Los/as interesados/as en realizarse la prueba deberán ingresar para sacar un
turno en: https://formulario-sigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPrestacion=2944 Aquellas personas que tengan síntomas no deberán sacar turno, sino dirigirse a las unidades febriles de alguno de los hospitales de la Ciudad. Les recordamos que quienes hayan padecido de la COVID-19 no deberán realizarse el testeo.

El personal docente y no docente afectado a las actividades presenciales, de las instituciones educativas autorizadas por DGEGP, podrán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19, ingresando en: www.argentina.gob.ar/circular. Asimismo, los/as estudiantes que sean convocados para asistir a las actividades presenciales podrán usar el transporte público sacando el correspondiente permiso en ese mismo enlace.

La educación es nuestra prioridad, les agradecemos profundamente su compromiso y esfuerzo para seguir garantizando la continuidad pedagógica de los/as estudiantes, en todos los contextos.

DGEGP – Ministerio de Educación – Ciudad de Buenos Aires

ACTIVIDADES PRESENCIALES – SALA DE 5 AÑOS

En un nuevo paso dentro del plan progresivo de aperturas, les hacemos llegar información sobre cómo serán las actividades educativas de revinculación, orientación e intercambio para las salas de 5 años de establecimientos educativos de nivel inicial de gestión estatal y privada de la Ciudad. El objetivo es poder brindarles a los/as niños/as un espacio de cierre de nivel adecuado y acompañarlos/as en esta nueva etapa tan importante que es la transición hacia primer grado.

Estas actividades se realizarán en las instituciones educativas en el marco del protocolo específico establecido a tal fin y respetando las pautas de higiene y seguridad previstas para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19. El avance de las actividades será gradual y en complemento de la
virtualidad.

La modalidad será de grupos «burbuja» de hasta 10 personas (incluyendo estudiantes, docentes y acompañante personal no docente). Se realizarán en turnos de hasta 4 veces por semana de 1:30 a 3 horas, con media hora entre turno y turno para limpieza y desinfección. La participación de los/as alumnos/as será voluntaria.

El “PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS DE REVINCULACIÓN, ORIENTACIÓN E INTERCAMBIO PARA SALA DE 5 NIVEL INICIAL”, aprobado por Resolución de Firma Conjunta N.° 6-GCABA-MEDGC/20 (descargar aquí) en el marco de la Resolución CFE N.° 370/2020, establece los procedimientos de actuación dentro de los establecimientos educativos, cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que integran cada grupo «burbuja». Ante casos sospechosos de COVID-19: se debe seguir el protocolo y dar aviso al 107 y al equipo de Epidemiología del Ministerio de Salud de la Ciudad para orientación y seguimiento de casos: 11 2825 3719.

Les recordamos que están exceptuados/as de concurrir en esta nueva etapa aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

El procedimiento para solicitar la autorización y apertura en esta nueva etapa es el siguiente, sin necesidad de que cada institución presente un protocolo específico:

→ Las instituciones educativas deberán enviar la solicitud (descargar aquí modelo de nota a completar) al email del/de la supervisor/a del nivel desde la cuenta de correo electrónico declarada por el/la representante legal de la institución, firmada de manera ológrafa y escaneada.
→ El/la supervisor/a responderá tomando conocimiento y autorizando la apertura por medio de una nota en un plazo no mayor a 48 horas.

Es importante tener en cuenta que las instituciones educativas deberán contar con la correspondiente declaración de conocimiento y aceptación del protocolo citado, firmada por el/la responsable de cada alumno/a (descargar aquí modelo) que asista a las actividades presenciales.

→ Conforme a las responsabilidades de la jurisdicción para acompañar a las instituciones y brindar recursos de capacitación, ponemos a disposición los siguientes, que podrán ser complementados con los materiales y actividades que las escuelas consideren pertinentes:
→ Detalle de pautas para las actividades y medidas de higiene y seguridad (descargar aquí). Material con pautas de cuidado personal y de los demás, sugerido para ser enviado a las familias (descargar aquí).
→ Modelos de cartelería con recomendaciones: para ingreso al establecimiento (descargar aquí y aquí); para baños sobre el lavado de manos (descargar aquí); para espacios comunes de mayor circulación como la sala de docentes o los pasillos en los distintos pisos (descargar aquí); sobre la limpieza de equipos electrónicos (descargar aquí).
→ Cursos auto asistidos sobre el protocolo de limpieza e higiene: para equipos de conducción (ver aquí) y para personal auxiliar (ver aquí).

Asimismo, la Dirección General de Educación de Gestión Privada ofrecerá charlas virtuales de capacitación, que oportunamente serán informadas. La participación en las diferentes propuestas constituye una parte fundamental de la responsabilidad de los diferentes equipos para el cumplimiento de las pautas de prevención.

El Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de todos/as los/as docentes y auxiliares de portería que concurran a las escuelas de la Ciudad con motivo de las actividades presenciales, el testeo voluntario y gratuito para detectar COVID-19 hasta el 6 de noviembre inclusive. El resultado se entregará en 15 minutos. Quienes estén interesados/as en realizarse la prueba deberán ingresar para sacar un turno en: https://formulariosigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPrestacion=2944 Aquellas personas que tengan síntomas no deberán sacar turno, sino dirigirse a las unidades febriles de alguno de los hospitales de la Ciudad. Les recordamos que quienes hayan padecido de la COVID-19 no deberán realizarse el testeo.

El personal docente y no docente afectado a las actividades presenciales, de las instituciones educativas autorizadas por DGEGP, podrán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19, ingresando en: www.argentina.gob.ar/circular. Asimismo, los/as alumnos/as que sean convocados para asistir a las actividades presenciales podrán usar el transporte público, junto con un/a acompañante adulta/o. Será necesario sacar el correspondiente permiso, previa carga de los datos de su tarjeta Sube, en ese mismo enlace.

Estamos convencidos de que la escuela es el mejor lugar para que los/as alumnos/as estén junto a sus docentes, donde pueden aprender, jugar, hacer amigos e integrarse socialmente. Es el lugar que les permite imaginar mundos que, de otro modo, no serían posibles. La educación es nuestra prioridad, les agradecemos profundamente su compromiso y esfuerzo para seguir garantizando la continuidad pedagógica de niños y niñas, en todos los contextos.

DGEGP – Ministerio de Educación – Ciudad de Buenos Aires