ACTIVIDADES PRESENCIALES – SALAS HASTA 4 AÑOS

DGEGP INFORMA N° 2191

En un nuevo paso dentro del plan progresivo de aperturas, les hacemos llegar información sobre cómo serán las actividades habilitadas para las salas de 45 días a 2 años, por un lado, y para las salas de 3 y 4 años, por otro, de establecimientos educativos de nivel inicial de gestión estatal y privada de la Ciudad. El objetivo es poder brindarles a los/as niños/as espacios de estimulación y revinculación para acompañarlos/as en lo que resta del ciclo lectivo.

Estas actividades se realizarán en las instituciones educativas en el marco de los protocolos específicos establecidos a tal fin y respetando las pautas de higiene y seguridad previstas para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19:

• Salas de 45 días a 2 años: actividades de estimulación temprana para 1 niña/o con 1 adulta/o responsable más 1 docente

El avance de las actividades será gradual. La participación en este espacio será decisión de las familias de manera voluntaria. Cada establecimiento deberá contactarse con las familias para informar acerca de la habilitación de turnos de 45 minutos para actividades de estimulación. Solo se permitirá el ingreso del/a adulto/a acompañante con la niña o el niño en el día y horario asignado. Se destinarán 15 minutos entre turno y turno para limpieza y desinfección.

Esta propuesta es el resultado de la reiterada solicitud expresa del Ministerio de Educación para la realización de estas actividades para niños/as de salas de 45 días a 2 años, respondida el 6 de noviembre pasado por el Ministerio de Salud por Nota N.° 27000736-GCABASSPSGER/20 (descargar aquí). Teniendo en consideración la singularidad de este grupo
etario, el Ministerio de Salud homologó la aplicación para el desarrollo de las mismas al protocolo aprobado mediante Resolución de Firma Conjunta N.° 15-GCABA-MSGC/20 (descargar aquí), cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que concurran a las actividades de estimulación (niños/as y adulto/as responsables).

En atención a que el alcance del Protocolo aprobado por la Resolución Conjunta N.° 15-GCABA-MSGC/20 aplica a distintas áreas profesionales, respetando las pautas generales de higiene y seguridad y las pertinentes a la estimulación temprana, se adjunta el documento «Especificaciones de aplicación» (descargar aquí) que hace referencia a las especificaciones que deben considerarse para su aplicación en el caso de los jardines.

Las instituciones deberán contar con la correspondiente declaración a efectos de participar de las actividades de estimulación a desarrollarse en la institución, firmada por el/la adulto/a responsable de cada niño/a (descargar aquí modelo) que asista.

Salas de 3 y 4 años: actividades deportivas recreativas lúdicas al aire libre

El avance de las actividades será gradual y en complemento de la virtualidad. La modalidad será de grupos «burbuja» de hasta 8 niños/as (con un máximo de 10 personas entre alumnos/as y docentes) al aire libre. Se realizarán en turnos de hasta 4 veces por semana de 1:30 a 3 horas, con media hora entre turno y turno para limpieza y desinfección. La participación de los/as alumnos/as será voluntaria.

El «PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS RECREATIVAS LÚDICAS AL AIRE LIBRE» (Anexo II) aprobado por la Resolución de Firma Conjunta N.° 6-GCABAMEDGC/20 (descargar aquí), establece los procedimientos de actuación dentro de los establecimientos educativos, cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que integran cada grupo «burbuja». Solicitamos a todas las instituciones informar a el/la supervisor/a del nivel el total de burbujas que estarán funcionando en todas las actividades abiertas en la institución.

Las instituciones educativas deberán contar con la correspondiente declaración de conocimiento y aceptación del protocolo citado, firmada por el/la responsable de cada alumno/a (descargar aquí modelo) que asista a las actividades presenciales.

Las familias deberán completar la Ficha única de aptitud física (descargar aquí) para autorizar a que los/as alumnos/as realicen actividades físicas. En caso de padecer las enfermedades allí especificadas, el referente familiar y/o adulta/o responsable deberá comprometerse a informarlo a las autoridades del establecimiento educativo, acompañando la certificación médica correspondiente que avale si el/la alumno/a se encuentra apto/a para realizar actividad física. Están exceptuados de completarla los/as estudiantes que han entregado su ficha médica completa según lo indicado por la Disposición N.° 335/19.

El procedimiento para solicitar la autorización y apertura para ambos casos en esta nueva etapa es el siguiente, sin necesidad de que cada institución presente un protocolo específico:

• Las instituciones educativas deberán enviar la solicitud (descargar aquí modelo de nota a completar) al email del/de la supervisor/a del nivel desde la cuenta de correo electrónico declarada por el/la representante legal de la institución, firmada de manera ológrafa y escaneada.

• El/la supervisor/a responderá tomando conocimiento y autorizando la apertura por medio de una nota en un plazo no mayor a 48 horas.

Les recordamos que están exceptuados/as de concurrir en esta nueva etapa aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

Conforme a las responsabilidades de la jurisdicción para acompañar a las instituciones y brindar recursos de capacitación, ponemos a disposición los siguientes, a modo de referencia, que podrán ser complementados con los materiales y actividades que las instituciones consideren pertinentes:

• Detalle de pautas para las actividades de estimulación (salas de 45 días a 2 años) y medidas de higiene y seguridad (descargar aquí).
• Detalle de pautas para las actividades en salas de 3 y 4 años y medidas de higiene y seguridad (descargar aquí).
• Modelos de cartelería con recomendaciones: para ingreso al establecimiento (descargar aquí y aquí); para baños sobre el lavado de manos (descargar aquí) y para espacios comunes de mayor circulación (descargar aquí).
• Cursos autoasistidos sobre el protocolo de limpieza e higiene: para equipos de conducción (ver aquí) y para personal auxiliar (ver aquí).

Asimismo, la Dirección General de Educación de Gestión Privada ofrecerá charlas virtuales de capacitación, que oportunamente serán informadas. La participación en las diferentes propuestas constituye una parte fundamental de la responsabilidad de los diferentes equipos para el cumplimiento de las pautas de prevención.

Ante casos sospechosos de COVID-19: se debe seguir el protocolo y dar aviso al equipo de Epidemiología del Ministerio de Salud de la Ciudad para orientación y seguimiento de casos: 11 2825 3719.

El Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de todos/as los/as docentes y auxiliares de portería que concurran a las escuelas de la Ciudad con motivo de las actividades presenciales, el testeo voluntario y gratuito para detectar COVID-19 hasta el 27 de noviembre inclusive. El
resultado se entregará en 15 minutos. Quienes estén interesados/as en realizarse la prueba deberán ingresar para sacar un turno en: https://formulariosigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPrestacion=2944. Aquellas personas que tengan síntomas no deberán sacar turno, sino dirigirse a las unidades febriles de alguno de los hospitales de la Ciudad. Les recordamos que quienes hayan padecido de la COVID-19 no deberán realizarse el testeo.

El personal docente y no docente afectado a las actividades presenciales, de las instituciones educativas autorizadas por DGEGP, podrán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación Covid-19, ingresando en: www.argentina.gob.ar/circular. Asimismo, los/as alumnos/as que sean
convocados para asistir a las actividades presenciales podrán usar el transporte público con un/a acompañante adulta/o. Será necesario sacar el correspondiente permiso, previa carga de los datos de su tarjeta Sube, en ese mismo enlace.

La educación es nuestra prioridad, les agradecemos profundamente su compromiso y esfuerzo para seguir garantizando la continuidad pedagógica y el desarrollo integral de los/as niños y niñas, en todos los contextos.


DGEGP – Ministerio de Educación – Ciudad de Buenos Aires

AUTORIZACIÓN DE MATRÍCULA PARA PLANES DE ESTUDIO DE NIVEL SECUNDARIO Y SUPERIOR

DGEGP INFORMA N.° 2189

Les comunicamos que, hasta el 30 de noviembre del corriente, Mesa de entradas estará recibiendo solicitudes de autorización de matrícula para el ciclo lectivo 2021.

Los/as interesados/as deberán enviar un email a mesa.gestiondgegp@bue.edu.ar indicando en el asunto la Característica y el Nombre del establecimiento, seguido del texto “Autorización de matrícula”.
Asimismo, deberán adjuntar en formato PDF la nota cuyo modelo se pone a disposición aquí, firmada por el/la Representante o Apoderado/a Legal.

Por favor, tengan en cuenta que solo se caratularán expedientes para las presentaciones que cumplan estos requisitos. Una vez generado el expediente SADE, recibirán la notificación correspondiente.

Quedamos a disposición y los/as saludamos cordialmente,

Constanza Ortiz – Directora General
Silvina Alegre – Gerente de Registro, Evaluación y Seguimiento

RENDICIÓN – SUELDOS, FONID, MATERIAL DIDÁCTICO Y SUMA FIJA EXTRAORDINARIA NACIONAL – OCTUBRE 2020

DGEGP INFORMA N° 2188

Les comunicamos que desde el 4 de noviembre del corriente tienen disponibles en sus respectivas cuentas bancarias los fondos para atender los sueldos de octubre 2020, y los correspondientes al FONID (3° Cuota 2° Trimestre 2020), Material Didáctico, Suma Fija Extraordinaria Nacional 2020; en razón de ello informamos a continuación las fechas límite de rendición de sendos aportes gubernamentales:

→ Depósito de excedentes y cierre rendición digital: 11 de noviembre de 2020
→ Solicitud de faltantes: 13 de noviembre de 2020
→ Presentación en línea de la rendición vía SINIGEP (ex rendición papel): 19 de noviembre de 2020.

Aquellos establecimientos inscriptos en el Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), que obtuvieron el beneficio de prórroga en el ingreso de las contribuciones SIPA correspondiente al período devengado agosto, deberán presentar con esta rendición, el comprobante de pago o el comprobante de pago de la primera cuota del acogimiento al plan de facilidades de pago en los términos de la RG 4734 AFIP. Asimismo, en el punto “8d- otras notas”, deberán adjuntar copia de la pantalla del Sistema Registral con la caracterización “Sistema Registral” con el código “460 – Beneficio Dto. 332/2020 Postergación pago de contrib. S.S.”

De igual modo, si hubieran instituciones que hayan resultado alcanzadas por el beneficio de reducción de hasta el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), correspondientes al período devengado agosto de 2020, deberán adjuntar en el punto “8d- otras notas” copia de la pantalla del Sistema Registral con la caracterización “Sistema Registral” con el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”.

Se solicita que en la rendición adjunten en el mismo campo que el F 104/1, una nota en carácter de declaración jurada firmada por el representante o apoderado legal, con el detalle de los montos transferidos a las cuentas bancarias de los/as docentes en concepto de pago de haberes correspondientes al mes de octubre. En esta oportunidad, no será condición necesaria que la firma se encuentre certificada por entidad bancaria.

Reiteramos que todos los comprobantes adjuntados a la rendición deben ser presentados en formato PDF.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

ESPECIFICACIONES SOBRE EL PASAJE DE 7º GRADO A 1º AÑO

DGEGP INFORMA N° 2186

La Resolución N.° 2215/MEDGC/2020 ofrece el marco normativo para las acciones de evaluación, promoción y acreditación del ciclo lectivo 2020. Dado que dicho marco también influye sobre el próximo ciclo lectivo, se consideró necesario ofrecer mayores especificaciones sobre la articulación entre 7° grado y 1º año 2021.

Por ello les enviamos un documento que ofrece más detalle acerca de cómo se deberá organizar el pasaje de nivel y la acreditación de los aprendizajes, especialmente para los casos de los/as estudiantes que no los hayan acreditado en el mes de diciembre de 2020.

Quedamos a disposición ante cualquier inquietud.

Cordialmente – Cristina Carriego
Directora Pedagógica de Educación de Gestión Privada

ACTIVIDADES PRESENCIALES DEPORTIVAS RECREATIVAS LÚDICAS AL AIRE LIBRE

DGEGP INFORMA N° 2185

Les acercamos información acerca del plan de apertura gradual de actividades presenciales, en el marco de las actividades educativas deportivas recreativas lúdicas, de revinculación, orientación e intercambio, conforme la Resolución de Firma Conjunta N.° 4-GCABA-MEDGC/20 (comunicada en el DGEGP Informa N.° 2170) para los niveles Primario y Secundario, respetando las pautas de higiene y seguridad para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19.

En esta oportunidad priorizamos primer grado de primaria y primer año de secundaria, con el objetivo de acompañar y fortalecer las trayectorias educativas en el paso de nivel. De manera progresiva, cada establecimiento educativo podrá organizar propuestas educativas y de revinculación con foco en las actividades recreativas y deportivas que considere pertinentes.

La modalidad consistirá en grupos «burbuja» de hasta 10 personas, al aire libre. La duración de las actividades será de 1.30 horas como máximo por burbuja, con media hora entre turno y turno para limpieza y desinfección. La participación de los/as alumnos/as será voluntaria.

El «PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS RECREATIVAS LÚDICAS AL AIRE LIBRE» (descargar aquí) establece los procedimientos de actuación, cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

 Las instituciones que a la fecha no hayan solicitado la autorización a la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) para la apertura de actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar y otras) deberán seguir el procedimiento detallado en el DGEGP Informa N.° 2170.

 Para aquellas instituciones que a la fecha ya han enviado la correspondiente nota de solicitud para la apertura de actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar y otras), la misma será considerada como compromiso de cumplimiento de este protocolo específico.

Solicitamos a todas las instituciones informar a el/la supervisor/a del nivel el total de burbujas que están funcionando en todas las actividades abiertas hasta el momento en la escuela.

Las familias deberán completar la Ficha única de aptitud física (descargar aquí) para autorizar a que los/as alumnos/as realicen actividades físicas. En caso de padecer las enfermedades allí especificadas, el referente familiar y/o adulta/o responsable deberá comprometerse a informarlo a las
autoridades del establecimiento educativo, acompañando la certificación médica correspondiente que avale si el/la alumno/a se encuentra apto/a para realizar actividad física. Están exceptuados de completarla los/as estudiantes que han entregado su ficha médica completa según lo indicado por la Disposición N.° 335/19.

Les recordamos que están exceptuados de concurrir en esta nueva etapa aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

A partir de noviembre también trabajaremos paulatinamente en la organización de encuentros para realizar actividades físicas, artísticas, recreativas, para el resto de los grados de Nivel Primario y años de escuela secundaria, en función a las características particulares de cada institución.

Les recordamos que el Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de todos/as los/as docentes y auxiliares de portería que concurran a las escuelas de la Ciudad con motivo de las actividades presenciales, el testeo voluntario y gratuito para detectar COVID-19 hasta el 6 de noviembre inclusive. El resultado se entregará en 15 minutos. Quienes estén interesados/as en realizarse la prueba deberán ingresar para sacar un turno en: https://formulariosigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPrestacion=2944. Aquellas personas que tengan síntomas no deberán sacar turno, sino dirigirse a las unidades febriles de alguno de los hospitales de la Ciudad. Quienes hayan padecido de la COVID-19 no deberán realizarse el testeo.

El personal docente y no docente afectado a las actividades presenciales, de las instituciones educativas autorizadas por DGEGP, podrá tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19, ingresando en: www.argentina.gob.ar/circular. Asimismo, los/as alumnos/as que sean convocados para asistir a las actividades presenciales podrán usar el transporte público, junto con un/a acompañante adulta/o. Será necesario sacar el correspondiente permiso, previa carga de los datos de su tarjeta Sube, en ese mismo enlace.

Es muy importante seguir generando estas instancias de presencialidad cuidadas y seguras para que los/as estudiantes puedan reencontrarse con sus docentes y compañeros/as, y recuperar así sus espacios de pertenencia en la escuela.

Les agradecemos profundamente su compromiso y esfuerzo para seguir garantizando la continuidad pedagógica de los/as alumnos/as, en todos los contextos.

DGEGP – Ministerio de Educación – Ciudad de Buenos Aires.

COLEGIOS CON APORTE ESTATAL: AUMENTO DE CUOTAS

La Comisión de Aranceles de la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP) de la Ciudad de Buenos Aires, ha autorizado un aumento a partir del 1° de marzo de 2021 sobre los topes arancelarios hasta ahora vigentes. Se adjunta la tabla de topes arancelarios para que puedan calcular la cuota para el mes de marzo 2021.

El aumento otorgado corresponde a los costos del año 2020, previéndose la eventual revisión en el caso que dichos costos sufrieran una variación antes de la fecha de vigencia de estos topes.

En el caso que se cobre la cuota de mantenimiento (art. 9° decreto 2542/91) la misma será igual al siguiente cálculo: (cuota curricular + cuota extracurricular). La misma deberá cobrarse como mínimo prorrateada en 9 cuotas, aunque nuestro consejo es que se perciba en la cantidad de cuotas que la institución tenga.

En aquellos casos donde existan proyectos optativos o similares, sugerimos incrementar los mismos en los porcentajes definidos en la presente para los topes arancelarios.

Obviamente los módulos de enseñanza extracurricular también tendrán incremento puesto que equivalen al 20% de la cuota curricular por cada módulo de 40 minutos.

Todas las escuelas deberán presentar ante la DGEGP la correspondiente declaración jurada de aranceles antes del 15 de diciembre de 2020 detallando los valores a ser cobrados a partir del 1° de marzo de 2021, acompañando copia de la respectiva comunicación a los padres.

Al respecto hacemos notar que la nota a los padres, por aplicación del decreto 2417/93 deberá ser remitida hasta el día 30 de octubre de 2020 o por lo menos en nota con esa fecha, si se remitiera a posteriori.

Volvemos a adjuntar un nuevo modelo de nota a los padres para que sea utilizada para esa comunicación.

Nos parece muy importante informar que todo cálculo de cuotas según los nuevos valores de topes arancelarios deberá hacerse sobre cuotas completas, es decir sin tomar en consideración las bonificaciones que por la pandemia de Covid 19 se hubieran llevado a cabo durante el año. Asimismo, se incluirán los conceptos que, por no haberse brindado, fueron también descontados durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO).

Descargar Bandas Arancelarias
Descargar Nota a Padres

PROGRAMA DE APOYO A LA PRIMERA INFANCIA II

DGEGP Informa 2183

Les informamos que por Resolución N.° 2304-GCABA-MEDGC/2020 y su Anexo se aprobó el Programa de Apoyo Económico a la Primera Infancia II (API II), para las salas de 45 días a 3 años de Instituciones Educativas de Gestión Privada de nivel inicial incorporadas a la enseñanza oficial -que no pertenezcan a instituciones con otros niveles incorporados- e Instituciones Privadas de carácter Educativo Asistencial no incorporadas a la enseñanza oficial (RIEA); registradas y supervisadas por esta Dirección General de Educación de Gestión Privada y que no cuenten con aporte estatal.

Este programa consiste en el otorgamiento por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de una asignación transitoria y excepcional a las instituciones educativas, que contribuya a solventar un
porcentaje de los aranceles mensuales correspondientes al ciclo 2020-2021 y matrícula 2021 que ya se encuentran bonificados o a bonificarse por parte de las mismas, de conformidad con lo establecido en la normativa mencionada. La asignación que brinda el Programa será otorgada de forma bimestral, sin renovación automática, y por un plazo máximo de 4 meses.

Mediante la Disposición N.° 149-DGEGP/2020, su Anexo I, Anexo II, Anexo III y Anexo IV se reglamenta y establece el procedimiento para la postulación y otorgamiento del beneficio previsto en el Programa API II.

La postulación deberá ser realizada por la institución educativa, cumpliendo estrictamente con la totalidad de los requerimientos y documentación solicitada, entre el 29 de octubre y el 6 de noviembre de 2020. Deberá realizarse desde SINIGEP, accediendo con el usuario correspondiente al nivel educativo por el cual se solicita el beneficio y completando la Declaración Jurada del Programa de Apoyo Económico a la Primera Infancia II de forma íntegra, sin campos vacíos, debidamente suscripta por su Representante Legal o Apoderado/a Legal.

Ante cualquier duda o consulta vinculada a los diferentes aspectos del programa, podrán contactarse con el/la Supervisor/a a cargo de la institución educativa.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

ACTIVIDADES PRESENCIALES PARA NIVEL SUPERIOR

Transcribimos el DGEGP Informa 2182 comunicando actividades presenciales para el nivel superior. En un nuevo paso dentro del plan progresivo de aperturas, les hacemos llegar información sobre cómo serán
las actividades educativas de orientación e intercambio y actividades presenciales de cierre del año lectivo para la Educación Técnica Superior, la Formación Profesional y la educación superior de Formación Docente. El objetivo es acompañar a estudiantes que se encuentren cursando la última
etapa de la educación superior y formación profesional, promoviendo la adquisición de los aprendizajes y contendidos establecidos para esa etapa.

Estas actividades se realizarán en las instituciones educativas en el marco del protocolo específico establecido a tal fin y respetando las pautas de higiene y seguridad previstas para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19.

El avance de las actividades será gradual y en complemento de la virtualidad. La modalidad será de grupos «burbuja» de hasta 10 personas. Se realizarán en turnos de hasta 4 veces por semana con una duración
máxima de 4 horas reloj, y media hora entre turno y turno para limpieza y desinfección. La participación de los/as estudiantes será voluntaria.

El “Protocolo de actividades educativas de orientación e intercambio y actividades presenciales de cierre del año lectivo para la educación técnica superior, formación profesional y la educación superior de formación docente», aprobado por Resolución de Firma Conjunta N.° 5 GCABAMEDGC/20 (descargar aquí) en el marco de la Resolución CFE N.° 370/2020, establece los procedimientos de actuación dentro de los establecimientos educativos, cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de
inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que integran cada grupo «burbuja». Ante casos sospechosos de COVID-19: se debe seguir el protocolo y dar aviso al 107 y al equipo de Epidemiología del Ministerio de Salud de la Ciudad para orientación y seguimiento de casos: 11 2825 3719.

Les recordamos que están exceptuados/as de concurrir en esta nueva etapa aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

El procedimiento para solicitar la autorización y apertura en esta nueva etapa es el siguiente, sin necesidad de que cada institución presente un protocolo específico:

 Las instituciones educativas deberán enviar la solicitud (descargar aquí modelo de nota a completar) al email del/de la supervisor/a del nivel desde la cuenta de correo electrónico declarada por el/la representante legal de la institución, firmada de manera ológrafa y escaneada.
 El/la supervisor/a responderá tomando conocimiento y autorizando la apertura por medio de una nota en un plazo no mayor a 48 horas.
 Es importante tener en cuenta que las instituciones educativas deberán contar con la correspondiente declaración de conocimiento y aceptación del protocolo citado, firmada por cada estudiante (descargar aquí modelo) que asista a las actividades presenciales.
 Conforme a las responsabilidades de la jurisdicción para acompañar a las instituciones y brindar recursos de capacitación, ponemos a disposición los siguientes, a modo de referencia, que podrán ser complementados con los materiales y actividades que las instituciones consideren pertinentes:
 Detalle de pautas para las actividades y medidas de higiene y seguridad (descargar aquí)
 Modelos de cartelería con recomendaciones: para ingreso al establecimiento (descargar aquí y aquí); para baños sobre el lavado de manos (descargar aquí); para espacios comunes de mayor circulación
como los pasillos en los distintos pisos (descargar aquí); sobre la limpieza de equipos electrónicos (descargar aquí).
 Cursos auto asistidos sobre el protocolo de limpieza e higiene: para equipos de conducción (ver aquí) y para personal auxiliar (ver aquí).

Asimismo, la Dirección General de Educación de Gestión Privada ofrecerá charlas virtuales de capacitación, que oportunamente serán informadas. La participación en las diferentes propuestas constituye una parte fundamental de la responsabilidad de los diferentes equipos para el cumplimiento de las pautas de prevención.

El Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de todos/as los/as docentes y auxiliares de portería que concurran a las instituciones educativas de la Ciudad con motivo de las actividades presenciales,
el testeo voluntario y gratuito para detectar COVID-19 hasta el 6 de noviembre inclusive. El resultado se entregará en 15 minutos. Los/as interesados/as en realizarse la prueba deberán ingresar para sacar un
turno en: https://formulario-sigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPrestacion=2944 Aquellas personas que tengan síntomas no deberán sacar turno, sino dirigirse a las unidades febriles de alguno de los hospitales de la Ciudad. Les recordamos que quienes hayan padecido de la COVID-19 no deberán realizarse el testeo.

El personal docente y no docente afectado a las actividades presenciales, de las instituciones educativas autorizadas por DGEGP, podrán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19, ingresando en: www.argentina.gob.ar/circular. Asimismo, los/as estudiantes que sean convocados para asistir a las actividades presenciales podrán usar el transporte público sacando el correspondiente permiso en ese mismo enlace.

La educación es nuestra prioridad, les agradecemos profundamente su compromiso y esfuerzo para seguir garantizando la continuidad pedagógica de los/as estudiantes, en todos los contextos.

DGEGP – Ministerio de Educación – Ciudad de Buenos Aires

ACTIVIDADES PRESENCIALES – SALA DE 5 AÑOS

En un nuevo paso dentro del plan progresivo de aperturas, les hacemos llegar información sobre cómo serán las actividades educativas de revinculación, orientación e intercambio para las salas de 5 años de establecimientos educativos de nivel inicial de gestión estatal y privada de la Ciudad. El objetivo es poder brindarles a los/as niños/as un espacio de cierre de nivel adecuado y acompañarlos/as en esta nueva etapa tan importante que es la transición hacia primer grado.

Estas actividades se realizarán en las instituciones educativas en el marco del protocolo específico establecido a tal fin y respetando las pautas de higiene y seguridad previstas para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19. El avance de las actividades será gradual y en complemento de la
virtualidad.

La modalidad será de grupos «burbuja» de hasta 10 personas (incluyendo estudiantes, docentes y acompañante personal no docente). Se realizarán en turnos de hasta 4 veces por semana de 1:30 a 3 horas, con media hora entre turno y turno para limpieza y desinfección. La participación de los/as alumnos/as será voluntaria.

El “PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS DE REVINCULACIÓN, ORIENTACIÓN E INTERCAMBIO PARA SALA DE 5 NIVEL INICIAL”, aprobado por Resolución de Firma Conjunta N.° 6-GCABA-MEDGC/20 (descargar aquí) en el marco de la Resolución CFE N.° 370/2020, establece los procedimientos de actuación dentro de los establecimientos educativos, cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que integran cada grupo «burbuja». Ante casos sospechosos de COVID-19: se debe seguir el protocolo y dar aviso al 107 y al equipo de Epidemiología del Ministerio de Salud de la Ciudad para orientación y seguimiento de casos: 11 2825 3719.

Les recordamos que están exceptuados/as de concurrir en esta nueva etapa aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

El procedimiento para solicitar la autorización y apertura en esta nueva etapa es el siguiente, sin necesidad de que cada institución presente un protocolo específico:

→ Las instituciones educativas deberán enviar la solicitud (descargar aquí modelo de nota a completar) al email del/de la supervisor/a del nivel desde la cuenta de correo electrónico declarada por el/la representante legal de la institución, firmada de manera ológrafa y escaneada.
→ El/la supervisor/a responderá tomando conocimiento y autorizando la apertura por medio de una nota en un plazo no mayor a 48 horas.

Es importante tener en cuenta que las instituciones educativas deberán contar con la correspondiente declaración de conocimiento y aceptación del protocolo citado, firmada por el/la responsable de cada alumno/a (descargar aquí modelo) que asista a las actividades presenciales.

→ Conforme a las responsabilidades de la jurisdicción para acompañar a las instituciones y brindar recursos de capacitación, ponemos a disposición los siguientes, que podrán ser complementados con los materiales y actividades que las escuelas consideren pertinentes:
→ Detalle de pautas para las actividades y medidas de higiene y seguridad (descargar aquí). Material con pautas de cuidado personal y de los demás, sugerido para ser enviado a las familias (descargar aquí).
→ Modelos de cartelería con recomendaciones: para ingreso al establecimiento (descargar aquí y aquí); para baños sobre el lavado de manos (descargar aquí); para espacios comunes de mayor circulación como la sala de docentes o los pasillos en los distintos pisos (descargar aquí); sobre la limpieza de equipos electrónicos (descargar aquí).
→ Cursos auto asistidos sobre el protocolo de limpieza e higiene: para equipos de conducción (ver aquí) y para personal auxiliar (ver aquí).

Asimismo, la Dirección General de Educación de Gestión Privada ofrecerá charlas virtuales de capacitación, que oportunamente serán informadas. La participación en las diferentes propuestas constituye una parte fundamental de la responsabilidad de los diferentes equipos para el cumplimiento de las pautas de prevención.

El Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de todos/as los/as docentes y auxiliares de portería que concurran a las escuelas de la Ciudad con motivo de las actividades presenciales, el testeo voluntario y gratuito para detectar COVID-19 hasta el 6 de noviembre inclusive. El resultado se entregará en 15 minutos. Quienes estén interesados/as en realizarse la prueba deberán ingresar para sacar un turno en: https://formulariosigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPrestacion=2944 Aquellas personas que tengan síntomas no deberán sacar turno, sino dirigirse a las unidades febriles de alguno de los hospitales de la Ciudad. Les recordamos que quienes hayan padecido de la COVID-19 no deberán realizarse el testeo.

El personal docente y no docente afectado a las actividades presenciales, de las instituciones educativas autorizadas por DGEGP, podrán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19, ingresando en: www.argentina.gob.ar/circular. Asimismo, los/as alumnos/as que sean convocados para asistir a las actividades presenciales podrán usar el transporte público, junto con un/a acompañante adulta/o. Será necesario sacar el correspondiente permiso, previa carga de los datos de su tarjeta Sube, en ese mismo enlace.

Estamos convencidos de que la escuela es el mejor lugar para que los/as alumnos/as estén junto a sus docentes, donde pueden aprender, jugar, hacer amigos e integrarse socialmente. Es el lugar que les permite imaginar mundos que, de otro modo, no serían posibles. La educación es nuestra prioridad, les agradecemos profundamente su compromiso y esfuerzo para seguir garantizando la continuidad pedagógica de niños y niñas, en todos los contextos.

DGEGP – Ministerio de Educación – Ciudad de Buenos Aires

TRAMITACIONES ANTE EL SECTOR DE REGISTRO

DGEGP INFORMA N° 2178

A las instituciones educativas de gestión privada:

Se informa que, a partir de la fecha, las siguientes tramitaciones ante el sector de Registro deberán ser presentadas a través de un correo electrónico dirigido a Mesa de Entradas de la DGEGP, que caratulará y dará curso al expediente.

→ Cambio de Entidad Propietaria
→ Cambio de Domicilio
→ Designación de Representante Legal y/o Apoderado/a Legal
Toda la documentación deberá ser enviada por correo electrónico a mesa.gestiondgegp@bue.edu.ar.
Puede utilizarse un correo electrónico institucional de la escuela, o el mail declarado en SINIGEP de la autoridad legal o pedagógica. Luego de caratular el expediente electrónico, Mesa de Entradas responderá el correo electrónico para informar el número de expediente asignado a la tramitación.
La presentación deberá realizarse tal como se indica a continuación. No se aceptarán presentaciones que no cumplan con estos requisitos.

A. Nota de elevación
En todos los casos, se deberá acompañar la documentación requerida para cada trámite, con una nota de elevación, en formato PDF, JPG, PNG (o cualquier otro que impida la modificación del texto) firmada por el/la Representante Legal o Apoderado/a Legal.
Se aceptarán firmas ológrafas digitales, es decir, documentos en los que se ha insertado la imagen de una firma hecha en papel o en una aplicación informática.
La nota deberá estar dirigida a la Directora General, María Constanza Ortiz, con la siguiente información en el encabezado:
→ Asunto:
→ Nombre del Instituto:
→ Característica / Registro:
→ Mail de contacto:
Asimismo, se deberá detallar la documentación que se adjunta en el correo electrónico.

B. Documentación específica requerida para cada trámite (deberá enviarse en formato PDF, JPG, PNG, o cualquier otro que impida la modificación del texto).

Cambio de Entidad Propietaria
→ Convenio de traspaso con firmas certificadas. Si la entidad propietaria original o cedente es una persona jurídica deberá presentar copia del Acta de asamblea por la cual se decide la transferencia.
→ Documentos que acrediten la personería jurídica del aceptante, debidamente legalizados (Contrato Social e inscripción en Inspección General de Justicia).
→ Solvencia económica de la nueva entidad:
• Si es Persona Física: presentar manifestación de bienes del propietario y balance proyectado de gastos y recursos por el trienio, con informe profesional, ambos con firma de contador/a público/a certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
• Si es Persona Jurídica: presentar últimos estados contables de la entidad propietaria y balance proyectado de gastos y recursos para el trienio, con informe profesional, ambos con firma de contador/a público/a certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
→ Antecedentes en la docencia o vinculación del solicitante con las actividades educativas.
→ Derecho a uso del local a favor de la nueva entidad propietaria por un término no menor de 3 años
(las firmas deberán estar certificadas).
→ Inicio de transferencia de Habilitación.

Cambio de Domicilio
→ Derecho a uso del local a favor de la nueva entidad propietaria por un término no menor de 3 años (las firmas deberán estar certificadas).
→ Habilitación del local escolar a nombre de la entidad propietaria (toda certificación hecha en otra jurisdicción deberá estar legalizada).
→ Plano visado por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos (DGHP) de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), correspondiente al Certificado de Habilitación.

Designación de Representante Legal y/o Apoderado/a Legal
→ Renuncia o comprobante de la separación del cargo del Representante Legal y/o Apoderado/a Legal.
→ Acta de comisión directiva designando al Representante Legal y/o Apoderado/a Legal. Se deberá aclarar que el/la designado/a cumplirá esas funciones en el instituto (indicar nombre y característica).
→ Poder ante escribano/a público/a a favor del nuevo Representante Legal y/o Apoderado/a Legal del instituto (indicar nombre y característica).
→ Nota del Representante Legal y/o Apoderado/a Legal del instituto, por la cual se acepta la nueva designación. En caso de que la entidad propietaria tenga carácter unipersonal, será suficiente una nota de designación firmada por la persona propietaria

Se recuerda que, en ningún caso la persona designada podrá poseer un cargo cuyo rango sea inferior a director/a o Rector/a en ninguno de los niveles de la misma institución.
Luego de ser aceptada la designación, el nuevo Representante Legal y/o Apoderado/a Legal deberá registrar su firma ante el sector de Registro de la DGEGP.
Para más información contactarse con r.dgegp@bue.edu.ar (sector de Registro).

Cordialmente,
Constanza Ortiz
Directora General

Silvina Alegre
Gerente de Registro, Evaluación y Seguimiento