NIVEL SUPERIOR – LINEAMIENTOS COMPLEMENTARIOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN N° 1585/2020

Enviamos los lineamientos complementarios del Nivel Superior para la implementación de la Resolución N.° 1585/MEDGC/2020,-Anexo I (acceder en Link) que establece la elaboración de un “Plan Excepcional de Continuidad de la Formación en el Contexto de Emergencia Sanitaria” dados a conocer por DGEGP Informa Nº 2098, dónde se destaca:

 Qué tipo de espacios podrán ser dictados en forma remota y cuáles deberán esperar el momento de cursada presencial para poder ser acreditados,
 el modelo de formulario para la presentación del Plan Excepcional,
 la presentación y el procedimiento de aprobación del Plan por parte de la Supervisión, como también orientaciones didácticas para el desarrollo de las clases remotas.
 Establece hasta el 29 de mayo próximo para su presentación y de requerir más tiempo para la presentación del Plan Excepcional, pueden solicitarlo a el/la supervisor/a a cargo.

NIVEL SUPERIOR – FORMACIÓN PROFESIONAL-LINEAMIENTOS COMPLEMENTARIOS DE IMPLEMENTACIÓN RES. 1585/MEDGC/2020


Dr. Edgardo De Vincenzi
Presidente

PROTOCOLO PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GUARDIA MÍNIMA

DGEGP informa Nº 2097

A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GESTIÓN PRIVADA:

Como es de público conocimiento, por medio del Decreto N.° 459/2020 se prorroga hasta el 24 de mayo de 2020 inclusive el AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO establecido por DNU 297/2020 y modificatorias.

Informamos que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como consecuencia de su estatus epidemiológico, se autorizó a que se dispongan nuevas excepciones al “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, y a la prohibición de circular, a requerimiento del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la medida en que fueran aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros en su carácter de
Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”, con intervención del MINISTERIO DE SALUD de la Nación.

En razón de lo expuesto, a través del Anexo I de la Decisión Administrativa N.° 763-APN-JGM/2020, el Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación decidió exceptuar del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a establecimientos educativos de gestión privada en lo referente a guardias mínimas para actividad administrativa sin atención al público.

Para ello, deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria jurisdiccional y ordenar la implementación de un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva que contemple, como mínimo,
el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional. De esta manera, los/as empleadores/as deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado. Se
recomienda, en la medida de lo posible, evitar el uso de transporte público, y que los/as empleados/as puedan acceder al lugar de trabajo a través de algún otro medio de transporte individual.

Conforme lo expuesto, adjuntamos la RESOLUCIÓN N.°132-GCABA-MDEPGC/2020 (descargar aquí), por medio de la cual se aprueba el “PROTOCOLO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GUARDIA MÍNIMA
ADMINISTRATIVA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GESTIÓN PRIVADA” (descargar aquí).

Las personas afectadas a las guardias, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para CirculaciónCovid-19, ingresando en el siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/circular

A la brevedad les daremos a conocer la modalidad en la que las instituciones educativas deberán informar semanalmente a la Dirección General de Educación de Gestión Privada, la cantidad de trabajadores/as
afectados/as a la actividad, así como el porcentaje que representa respecto de la totalidad de trabajadores del establecimiento.

Cordialmente,
Mg. María Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

DGEGP INFORMA N° 2096: RENDICIÓN DE APORTES ABRIL 2020

A todas las instituciones educativas con aporte estatal:

El contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio que estamos atravesando imposibilita que los/as docentes cumplan con la firma del Formulario 104/1, por medio del cual brindan conformidad al cobro de su haber mensual.

En razón de ello, solicitamos a las instituciones educativas de gestión privada, que en oportunidad de efectuar la rendición de aportes gubernamentales correspondientes al mes de abril, adjunten en el mismo campo que el F 104/1, una nota en carácter de declaración jurada firmada por el representante o apoderado legal y certificada por entidad bancaria, con el detalle de los montos transferidos a las cuentas bancarias de los/as docentes en concepto de pago de haberes correspondientes al mes de abril.

Aquellos establecimientos que ya hayan presentado la rendición digital correspondiente al período aludido, se procederá a su rechazo, para que puedan adjuntar la documentación requerida en el presente.

Se recuerda que la documentación debe ser presentada en formato PDF.

Cordialmente,
Mg. María Constanza Ortiz

Edgardo N. De Vincenzi
Presidente

ANEXO DE DOCUMENTACION PARA ESTABLECIMIENTOS CON APORTE ESTATAL INSCRIPTOS EN PROGRAMA ATP

Informamos a Uds. que mediante DGEGP INFORMA N° 2091, se comunica que aquellos establecimientos con aporte estatal del Gobierno de la CABA, inscriptos en el Programa de Asistencia en Emergencia para el Trabajo
y la Producción (ATP), que hayan obtenido el beneficio de postergación por 60 días del componente SIPA, deberán presentar, al momento de la presentación en línea de la rendición vía SINIGEP (ex rendición papel),
cuyo vencimiento opera el próximo 22 de mayo, el formulario 931, donde conste el pago correspondiente alas cargas sociales que no están alcanzadas por dicho beneficio. En el punto “8d- otras notas”, deberán adjuntar la captura pantalla del apartado “caracterizaciones” del servicio de AFIP, “Sistema Registral” donde conste el/los otorgamientos del/los beneficio/s contemplados por el programa de asistencia mencionado.


Dr. Edgardo De Vincenzi
Presidente

PLAN EXCEPCIONAL DE CONTINUIDAD DE LA FORMACIÓN EN EL CONTEXTO DE EMERGENCIA SANITARIA

La Resolución N.° 1585/2020 y su anexo orientan la elaboración del «Plan Excepcional de Continuidad de la Formación en el » Nivel Superior y formación Profesional, dado en el Contexto de Emergencia Sanitaria. Ambos dados a conocer por DGEGP Informa Nº2095.

En su Artículo 1° Se indica que las autoridades educativas y personal docente de los establecimientos educativos de nivel superior y centros de formación profesional de gestión estatal y privada, … “elaborarán un
“plan excepcional de continuidad de la formación en el contexto de emergencia sanitaria, el que debe ser aprobado por la dirección de área o superior jerárquico correspondiente, debiendo comunicarse a los estudiantes”.

En su Artículo 2° Se aprueban los lineamientos generales para la elaboración del Plan excepcional de continuidad de la formación en el contexto de emergencia sanitaria, de conformidad con el Anexo.

DGEGP INFORMA N° 2095: Comunica lineamientos de elaboración del Plan Excepcional de Continuidad de la Formación para Educación de Nivel Superior y Formación Profesional.

Resolución N° 1585/GCBA/MEDGC/2020: Autoriza Plan Excepcional de Continuidad de la Formación por emergencia sanitaria con aprobación de Dirección de Área o superior jerárquico correspondiente.

ANEXO RES. Nº 1585: Lineamientos y criterios para elaboración del Plan y las condiciones para cursar, evaluar y acreditar los diferentes espacios curriculares.

RENDICIÓN SUELDOS, FONID, MATERIAL DIDÁCTICO ABRIL Y SUMA FIJA EXTRAORDINARIA NACIONAL 2020

DGEGP INFORMA N° 2091:

A todas las instituciones educativas con aporte estatal:

Dado que desde el 5 de mayo del corriente tienen disponibles en sus respectivas cuentas bancarias los fondos para atender los sueldos de abril 2020, incluyendo FONID, Material Didáctico y Suma Fija Extraordinaria Nacional 2020, informamos a continuación las fechas hasta las cuales deben rendir dichos aportes gubernamentales:

  1. Depósito de excedentes y cierre rendición digital: 12 de mayo 2020
  2. Solicitud de faltantes vía SINIGEP: 12 de mayo 2020
  3. Presentación en línea de la rendición vía SINIGEP (ex rendición papel): 22 de mayo
  4. Los comprobantes deben ser cargados en formato PDF.

Aquellos establecimientos inscriptos en el Programa de Asistencia en Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), que hayan obtenido el beneficio de postergación por 60 días del componente SIPA, deberán presentar el formulario 931, donde conste el pago correspondiente a las cargas sociales que no están alcanzadas por dicho beneficio. En el punto “8d- otras notas”, deberán adjuntar la captura pantalla del apartado “caracterizaciones” del servicio de AFIP, “Sistema Registral” donde conste el/los otorgamientos del/los beneficio/s contemplados por el programa de asistencia mencionado.

Por otra parte, les recordamos que no será otorgado el aporte gubernamental en aquellas suplencias cuya fecha de alta haya ocurrido con posterioridad al 16 de marzo y hasta tanto se extienda el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

EXCEPCIONALIDAD PARA LA REALIZACIÓN DE TRAMITACIONES REMOTAS

DGEGP INFORMA N° 2092:

Les informamos que por Disposición N.° 53-GCABA-DGEGP/2020 (descargar aquí) se autoriza, de manera excepcional y mientras se extienda la situación de emergencia sanitaria, la recepción remota de escritos y/o
documentación a ser presentados por el/la Representante y/o Apoderado/a Legal de los Establecimientos Educativos de Gestión Privada, en el Sistema de Información de Institutos de Gestión Privada (SINIGEP) y/o en los sistemas que esta Dirección General de Educación de Gestión Privada disponga en un futuro.

Por otra parte, se dispone que la cuenta de correo electrónico informada por el/la Representante y/o Apoderado/a Legal, que conste en los registros de la Dirección de Gestión Privada, se tomará como domicilio electrónico válido a los efectos de las notificaciones efectuadas en el marco de esta emergencia.

La Disposición se funda en virtud de la situación epidemiológica actual, en la que las Instituciones Privadas se ven impedidas de realizar trámites de manera presencial en la Dirección General de Educación de Gestión
Privada, resultando necesaria la adopción de medidas que permitan la continuidad de las actividades administrativas y de gestión de los establecimientos educativos.

Cordialmente,
Mg. María Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

MODIFICACIÓN AGENDA EDUCATIVA 2020

Comunicamos la Resolución Nº1577 /GCBA/MEDGC/2020 y el DGEGP Informa 2090, sobre modificación de la agenda educativa, el registro sistemático docente y la valoración de los aprendizajes que se realizará en este período de suspensión de clases presenciales en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades de la gestión estatal y privada de la Ciudad. Los puntos principales de la Resolución son:

  1. Deja sin efecto las fechas de cierre de bimestres que están previstas en la Agenda educativa para 2020.
  2. Establece que los docentes llevarán un registro sistemático de valoración del proceso pedagógico desarrollado en forma remota sin calificación.
  3. Establece un período cuatrimestral hasta el 30 de junio para informar a las familias y a los estudiantes. sobre la valoración del proceso pedagógico sin calificación.
  4. Se suspende durante el ciclo lectivo 2020 la realización de la evaluación FEPBA (primaria) y TESBA (secundaria).
  5. Establece que éste período sin clases presenciales, se complementará con instancias de evaluación al retomar la presencialidad.
  6. Se compromete desde el Ministerio, con la intervención de las diferentes áreas de competencia, el acompañamiento y seguimiento, la orientación y capacitación de los equipos de conducción y docentes de las instituciones educativas.
  7. Se amplía la funcionalidad de la plataforma “Mi escuela” y se extiende su uso a los Institutos de gestión privada, sus estudiantes y familias.

RESOLUCIÓN N° 1577/GCBA/MEDGC/2020

DGEGP INFORMA Nº 2090

PRESENTACIÓN VIRTUAL DE PROYECTOS PEDAGÓGICOS INDIVIDUALES

Estimados Equipo directivos:

Debido al aislamiento social, preventivo y obligatorio la presentación de las Síntesis de Proyectos Pedagógicos Individuales (PPI) se realizará de manera virtual. Deberán ser enviadas a los correos electrónicos del o de la supervisor/a pedagógico/a.

Es importante tener en cuenta que solo se elevan a esta Dirección General las síntesis de los PPI de los alumnos que tengan adecuaciones curriculares (no las metodológicas).


Para la formalización y entrega de PPI ante la DGEGP se realiza según la normativa vigente: Resolución N° 4513/2017.

No es necesario, en esta ocasión, que cuente con las firmas de los distintos actores quienes deberán ser notificados fehacientemente del PPI por alguna vía formal.


Sabemos que habrá casos de alumnos que no estarán en condiciones de realizar, en este momento, una síntesis del PPI. En esos casos, la presentación quedará pendiente, descontando que se está realizando con esos niños y niñas un trabajo adaptado a sus posibilidades de aprendizaje.

Desde ya agradecemos el trabajo que realizan cada uno/a de ustedes en pos de sostener los trayectos educativos de los/as alumnos/as, y sepan que nos encontramos a disposición ante consultas que puedan surgir.


Pueden descargar aquí la Síntesis de Proyecto Pedagógico Individual Nivel Inicial, (Resolución Nº 311/CFE/16).

Un cálido saludo,
Equipo de Supervisión Pedagógica de Nivel Inicial
Dirección General de Educación de Gestión Privada

PRORROGACIÓN PLAZO PARA INSTANCIAS DE EVALUACIÓN REMOTA

Adjuntamos la Disposición Nº 52 GCABA-DGEGP y su ANEXO I que prorroga al 30 de mayo el plazo para preparación de instancias de evaluación remota en los establecimientos de nivel secundario. A ese efecto, sustituye el ANEXO I de la DISPOSICIÓN N°47-DGEGP/2020.

El comunicado de la DGEGP aclara que, en caso de surgir alguna inquietud, en relación a la implementación, deben contactarse con el/la supervisor/a pedagógico/a asignado/a a la institución educativa.

Disposición Nª 52 GCABA-DGEGP

ANEXO I Disp. Nº 52 GCABA -DGEGP